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Nuevos reglamentos de la Superintendencia no obligan a reemplazar medidores en buen estado

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) aclaró que los nuevos reglamentos técnicos para medidores de agua, energía y gas solo aplican a equipos nuevos o reemplazos justificados. No hay obligación de cambio automático ni de instalar medidores inteligentes.

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01 de julio de 2026 - 01:50 p. m.
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Los medidores de agua, energía eléctrica y gas que funcionen correctamente no deben cambiarse de manera automática. Así lo confirmó la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), que se pronunció luego de que los nuevos reglamentos técnicos para los instrumentos de medición dejaran una duda en la ciudadanía: ¿sí o no deben cambiarse?

De acuerdo con la entidad, los nuevos reglamentos técnicos para los medidores “aplican únicamente a medidores nuevos, nuevas instalaciones y reemplazos técnicamente justificados”.

Las nuevas reglas para los medidores de energía eléctrica entraron en vigor el 5 de enero de 2026; el de agua, el 13 de enero de 2026, y el de gas, el 19 de junio.

“En consecuencia, los reglamentos técnicos expedidos por la SIC no ordenan el reemplazo automático de los medidores que actualmente se encuentran instalados y funcionando correctamente”, señala.

Las medidas fueron informadas hace un año, cuando la SIC informó que buscaba reducir errores de medición, mejorar la confianza en las facturas y evitar reclamos por cobros que no reflejan el consumo real.

Los nuevos contadores deberán cumplir niveles mínimos de exactitud, someterse a una evaluación técnica antes de ser puestos en el mercado y quedar registrados en el Sistema de Información de Metrología Legal (SIMEL), que permite hacerles seguimiento.

La entidad también señaló que habrá un periodo de transición de 12 meses, a partir de enero de 2026, para que fabricantes, importadores y distribuidores se ajusten a los nuevos requisitos.

En caso de un cambio, las reglas no imponen que los nuevos medidores sean inteligentes ni ajustes en las tarifas de los servicios públicos.

“Los programas de modernización, reposición tecnológica o cambio por vida útil que adelantan algunas empresas prestadoras corresponden a decisiones propias de dichos prestadores y no derivan automáticamente de los reglamentos técnicos expedidos por esta Superintendencia”, aclara.

La encargada de vigilar el medidor una vez esté instalado y en funcionamiento es la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, que vigilará los abusos en los procesos de revisiones técnicas o cambios de equipos.

La SIC recomienda a los usuarios verificar la causa y no dejarse confundir. Por un lado, si la empresa solicita cambio de medidor, pedir información clara sobre las razones técnicas específicas. Por otro, si considera que están vulnerando sus derechos, interponer una queja ante la Superservicios.

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