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La Organización Mundial del Comercio (OMC) confirmó este miércoles, aunque con ciertos cambios con respecto a un dictamen anterior, que las medidas antidumping colombianas contra la importación de papas fritas de tres países de la Unión Europea son inconsistentes con las leyes comerciales internacionales.
El mecanismo de arbitraje solicitado por Colombia para recurrir la anterior decisión de un panel de la OMC confirmó la decisión y solicitó al país que modifique estas medidas, aplicadas a la importación de patatas procedentes de Países Bajos, Bélgica y Alemania.
Así las cosas, Colombia deberá rectificar algunos aspectos técnicos de las decisiones adoptadas y que derivaron en la imposición de los derechos antidumping, como “el uso de la base de datos DIAN para calcular los márgenes de dumping, el trato confidencial de cierta información presentada durante la investigación y aspectos técnicos del cálculo de los márgenes de dumping”.
Pese a ello, los miembros del mecanismo de arbitraje consideraron, a diferencia del anterior dictamen del panel, que el uso de información sobre precios en terceros países para determinar si había o no “dumping” en las exportaciones sí era una causa razonable para que Colombia iniciara sus investigaciones.
En junio de 2020, la UE inició la disputa formal ante la OMC por las medidas antidumping de Colombia, y un panel dictó en primera instancia que éstas no eran consistentes con las regulaciones internacionales, dando con ello la razón a Bruselas.
Colombia podía recurrir la decisión ante el procedimiento convencional de la OMC, cuya instancia máxima sería el Órgano de Apelación, pero éste se encuentra paralizado desde finales de 2019 por la negativa de EEUU a permitir la elección de nuevos jueces que lo conformen.
En consecuencia, Colombia optó por una vía alternativa, la del mecanismo de arbitraje, que hasta ahora se había utilizado sólo en dos ocasiones: en 2001, por una disputa entre EE. UU. y UE por derechos de autor, y en julio de este año en un contencioso de los Veintisiete con Turquía en torno al sector farmacéutico.
Tras la decisión, Mincomercio aseguró que “Colombia tenía la razón al iniciar el proceso de investigación que terminó en la imposición de derechos antidumping sobre las papas fritas congeladas procedentes de Bélgica, los Países Bajos y Alemania”.
Los árbitros, según la entidad, también le dieron la razón a Colombia en el sentido que el Acuerdo Anti-Dumping de la OMC permite que se tomen en cuenta las interpretaciones jurídicas de las autoridades que adelantan las investigaciones, antes de emitir la interpretación preferida de los tribunales.
“Con esta decisión arbitral se inclina la balanza a favor de Colombia frente a los resultados obtenidos en este pleito que se adelanta ante la OMC”.
El ministro de Comercio, Industria y Turismo, Germán Umaña Mendoza, manifestó su complacencia por la decisión y al mismo tiempo dijo que “Colombia es respetuosa del mecanismo de solución de controversias de la OMC, por lo que se adelantarán las gestiones pertinentes para implementar las consideraciones de los árbitros en un periodo razonable, atendiendo a los procesos propios de la legislación interna”.
Durante este periodo de tiempo razonable, la medida seguirá vigente. Según las normas de la OMC, toda modificación de la medida tendrá tan solo efecto prospectivo, incluyendo una eventual reducción en los derechos antidumping.
Según dijo Mincomercio, para el análisis de esta apelación se estrenó el acuerdo de arbitraje de apelación provisional multipartidista (conocido como MPIA), que reemplaza, de manera provisional, al Órgano de Apelación de la OMC.
“El MPIA es una estrategia exitosa de Colombia y otros países para mantener en función el sistema de solución de diferencias de la OMC, hasta que se resuelva el tema del nombramiento de los Miembros del Órgano de Apelación”, afirmó la entidad.
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La CE celebró victoria sobre Colombia por aranceles a papas fritas
La Comisión Europea (CE) celebró este miércoles la “victoria” sobre Colombia en el seno de la Organización Mundial del Comercio (OMC), que ha considerado ilegales los aranceles que ese país impuso a las importaciones de papas fritas congeladas procedentes de Bélgica, Alemania y Países Bajos.
La Comisión señaló que los árbitros de la OMC han fallado “en lo esencial” a favor de la UE en el primer recurso tramitado con arreglo al Acuerdo de Arbitraje Multilateral de Apelación Provisional, según un comunicado.
El laudo, definitivo y vinculante, dijo, “confirma” que los derechos antidumping impuestos por Colombia a las papas fritas congeladas procedentes de esos tres países comunitarios “infringen las normas de la OMC y restringen indebidamente el acceso al mercado colombiano”.
La CE señaló que la decisión es “una victoria” para los productores europeos, cuyas exportaciones a Colombia, por valor de más de 20 millones de euros, se vieron afectadas por los derechos colombianos.
”Envía una señal clara a cualquier país que esté pensando en restringir las exportaciones de la UE de que las investigaciones antidumping deben cumplir plenamente las normas de la OMC”, subrayó, y puso de relieve el papel del Acuerdo de Arbitraje Multilateral de Apelación Provisional.
Para Bruselas, este caso es también una “prueba clara” de que los litigios de la OMC pueden resolverse “con rapidez y eficacia, ya que el laudo final se dictó dentro del plazo de 90 días”.
Esto ha sido posible porque la UE y Colombia forman parte del acuerdo provisional de arbitraje, impulsado ante el bloqueo del Órgano de Apelación de la OMC.A continuación, Colombia deberá ajustarse a la sentencia, ya sea inmediatamente o dentro de un plazo acordado con la UE o fijado por un árbitro de la OMC.
Si Colombia no cumple con su parte, la UE puede obtener autorización de la OMC para adoptar contramedidas.
La UE inició este litigio contra Colombia en noviembre de 2019 y, en octubre de 2022, un panel de la OMC falló a favor de la Unión en una decisión que Bogotá apeló.
El laudo final y vinculante de los árbitros de apelación confirma que la investigación antidumping de Colombia fue defectuosa en varios aspectos, incluido el cálculo del margen de dumping y el análisis del perjuicio, señaló la Comisión.
Las exportaciones de papas fritas congeladas de los tres Estados miembros de la UE afectados a Colombia ascendieron a 23 millones de euros en 2016, de acuerdo a los datos ofrecidos por la Comisión Europea.
Colombia impuso derechos en noviembre de 2018 dirigidos a casi todas las exportaciones de patatas fritas congeladas de la UE a ese país (un 85 %, equivalente a 19,3 millones de euros).
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