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Panamá intercambiará información tributaria con Colombia

Nuestro país recibirá datos relacionados con cuentas financieras cuyos titulares o beneficiarios finales sean residentes fiscales colombianos.

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08 de julio de 2020 - 01:34 p. m.
Panamá intercambiará información con 64 jurisdicciones.
Panamá intercambiará información con 64 jurisdicciones.
Foto: Agencia Bloomberg
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El Gobierno de Panamá incluyó a Colombia en la lista de 64 jurisdicciones con las cuales se intercambiará información tributaria de manera automática a partir del segundo semestre. Así lo indica el decreto 343 del Ministerio de Economía y Finanzas del país vecino, que ya fue firmado por el presidente Laurentino Cortizo.

El decreto establece que las instituciones financieras panameñas deberán entregar información a la Dirección General de Ingresos de la República de Panamá sobre las cuentas financieras cuyos titulares o beneficiarios finales sean residentes fiscales colombianos. Las instituciones financieras panameñas sujetas a reportar información tienen plazo de hacerlo hasta el 30 de septiembre de 2020.

El presidente Iván Duque celebró la decisión este miércoles vía Twitter, asegurando que “esto nos permitirá trabajar con mayor transparencia fiscal y financiera a nivel internacional”.

La información proporcionada por Panamá se sumará a la información reportada por otras jurisdicciones a la Autoridad Tributaria, lo que permite a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) tener el conocimiento pleno de los activos y pasivos que se encuentren en el exterior de los residentes fiscales colombianos y el valor de los mismos.

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La institución recordó que está vigente el Acuerdo Multilateral entre Autoridades Tributarias (MCAA), del cual hace parte Colombia, y que le permite a la DIAN intercambiar de manera automática durante el 2020 información sobre cuentas financieras con 104 jurisdicciones.

Así mismo, la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal (MAC) también autoriza intercambiar información tributaria previa petición con 125 jurisdicciones, incluida Panamá.

La DIAN recordó que el 25 de septiembre se vence el plazo para que los residentes fiscales en Colombia declaren, liquiden y paguen el impuesto de normalización tributaria como impuesto complementario al impuesto sobre la renta y sobre el patrimonio, mediante el cual los contribuyentes que tengan activos omitidos, activos declarados inexactos o pasivos inexistentes a 1 de enero de 2020 pueden normalizar su situación fiscal.

“El código penal establece que la omisión de activos, activos declarados inexactos o inclusión de pasivos inexistentes puede traer como consecuencia la pena privativa de la libertad de 48 a 108 meses y una multa del 20 % del valor del activo omitido, del valor del activo declarado inexactamente o del valor del pasivo inexistente”, indicó la entidad.

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