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Pañitos de agua tibia al debate sobre de Uber

La multinacional Uber dejó claro que dicha reglamentación del servicio de transporte de lujo versa sobre los taxis y no contempla otras categorías, como el servicio especial (carros blancos) y su app misma.

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Edwin Bohórquez Aya
31 de mayo de 2016 - 02:00 a. m.
Pañitos de agua tibia al debate sobre de Uber
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“Hemos cumplido. Después de concertación en seis mesas de trabajo, expedimos nueva reglamentación de servicio de lujo de transporte individual”. Con este mensaje y desde su cuenta de Twitter, el recién nombrado ministro de Transporte, Jorge Eduardo Rojas, anunció la esperada hoja de ruta para el sector en Colombia. “Derecho a la igualdad garantiza nueva resolución de transporte de lujo individual a prestadores del servicio. El usuario, el gran beneficiado”, acotó minutos más tarde.

Un documento que se delineó a partir de lo que aparecía en el Decreto 2297 de 2015, con el que se establecen los requisitos que deben cumplir las empresas propietarias de las plataformas tecnológicas, como herramientas para atender el servicio público de lujo. Detalló el Ministerio, cuando informó sobre el texto, que “los vehículos particulares no podrán prestar, bajo ninguna circunstancia, el servicio de transporte público de pasajeros” y pidió “a todas las personas que están en la modalidad del servicio especial que se abstengan de prestar el servicio individual con vehículos que no están habilitados para este servicio”.

Y recordó la reglamentación, lo que ya había establecido el decreto: “Los vehículos utilizados para la prestación en el nivel de lujo serán de color negro y deberán cumplir las especificaciones y características... como la franja a cuadros gris y negro que permitirá identificarlos”. Pero no se quedó sólo ahí. Fue hasta el ámbito que más ha tenido discusión y se metió en el tema de las aplicaciones digitales.

“Las plataformas tecnológicas serán el soporte de las empresas de transporte debidamente habilitadas que harán la gestión y atención del servicio. También deberán tener funcionalidades para calificar al conductor y al usuario, identificar el vehículo, garantizar el monitoreo y el control de la tarifa, así como la disponibilidad y el cumplimiento de los servicios requeridos por los usuarios”.

Rojas, en la misma red social, agregó: “Conductores deben estar certificados en competencias laborales para el transporte de pasajeros y capacitados en atención al usuario”. Y, además de eso, el Ministerio explicó: “Las tarifas serán fijadas por la autoridad local, garantizando la adecuada diferenciación tarifaria entre los mercados de los servicios autorizados en los niveles básico y de lujo”.

Esto, entre los pasillos del negocio del transporte de pasajeros, se aguardaba con ansias, pues los ataques por parte de algunos tradicionales taxistas contra conductores de vehículos blancos que trabajan con la aplicación Uber en un servicio catalogado por docenas de usuarios como “de alta calidad”, ya están pasando de castaño oscuro. Persecuciones y hasta grabaciones que han circulado por redes han dado cuenta de acuerdos entre conductores de vehículos amarillos para atacar el patrimonio ajeno de quienes les están haciendo competencia, para ellos, ilegal.

Sin embargo, y aunque esta reglamentación se avistaba como un punto a favor y la solución que todo el mundo esperaba, no pasaron dos horas del trino del ministro de Transporte y ya Uber estaba sentando una posición al respecto.

“Aunque la reglamentación de taxis de lujo, que define estándares para las empresas de taxi, es un paso inicial para nuevas formas de movilidad en Colombia, la naturaleza del decreto y su resolución reglamentaria restringen esta categoría a los actuales propietarios de taxis amarillos y al sistema de cupos existente. Por este motivo, ningún nuevo jugador puede ofrecer esta modalidad de lujo en las condiciones actuales, ya que los cupos se encuentran monopolizados por particulares y se transan en un mercado informal sin ningún control”.

Eso quiere decir, en otras palabras, que esta nueva hoja de ruta no incluyó a los vehículos blancos o de transporte especial y tampoco la plataforma que ellos representan y que ha sido objeto de discordia: Uber. Advierten que “la resolución no es más que un desarrollo reglamentario del Decreto 2297, que crea la modalidad de los taxis de lujo” en donde, precisamente, “no contempla otras categorías, como el servicio especial, ni promueve otras formas de movilidad que hagan un uso eficiente de los vehículos privados, como son los viajes compartidos (ridesharing o carpooling)”.

¿Y entonces qué?

Como el decreto y su reglamentación hablan de la categoría de Servicio Público Individual de Pasajeros, que en el gremio comúnmente se le conoce como taxis amarillos, dicha hoja de ruta cobija un servicio de lujo dentro del mismo sector de los taxis. Y estas condiciones expuestas aplicarían entonces sólo para las plataformas que ya trabajan con las empresas de taxis, como Easy Taxi o Tappsi. No Uber o la más nueva del negocio que llegó al país, Cabify.

El debate entonces sigue abierto pues Uber, como plataforma tecnológica que no trabaja para ninguna empresa de taxis, no entraría en las normas de las que habla el Gobierno. Seguiría en el limbo y sin ninguna reglamentación clara. Es ahí donde nuevamente cobra vigencia la solicitud de regular por separado a las aplicaciones, a los taxis amarillos y a los vehículos de servicio especial para dejar el escenario claro y las cartas sobre la mesa. Organizaciones como la Comisión Antimonopolios de Alemania, el CADE en Brasil y la Comisión de Derechos Humanos de Ciudad de México así lo han solicitado.

Incluso la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) de México advirtió: “Las plataformas tecnológicas, como un nuevo producto que genera bienestar social, deben ser reconocidas como una nueva categoría o modalidad de transporte que se conoce como ERT (Empresas de Redes de Transporte)”.

Ya entrando en el detalle de la resolución, aparecen apartes como este: “No podrá iniciarse la operación de las plataformas tecnológicas de las que trata la presente resolución, hasta tanto no se obtenga la habilitación de la misma por parte del Ministerio de Transporte, a través de la acreditación del cumplimiento de los requisitos que en el presente acto y demás disposiciones legales y reglamentarias se establecen, incluyendo las condiciones de funcionamiento”.

Y a ese postulado la Cámara Colombiana de Comercio Electrónico ya le había hecho una lectura entre líneas para advertir que “si bien para prestar servicios de transporte se requiere habilitación por parte del Ministerio de Transporte, de conformidad con la Ley 105 de 1993, no ocurre lo mismo con los servicios de contenidos y aplicaciones (plataformas tecnológicas). La competencia legal del Ministerio de Transporte es exclusivamente sobre el transporte, tránsito y la infraestructura, no sobre las plataformas tecnológicas”.

Para sumar, a esta discusión también entró la Superintendencia de Industria y Comercio, que a su turno y durante la discusión de la reglamentación aportó algunas observaciones valiosas para que se hicieran alguno ajustes, como por ejemplo: ¿por qué se tiene que obligar al servicio de lujo, independientemente de que sea prestado por un taxi, a pagarse con tarjeta de crédito, si el usuario lo que porta es efectivo? Y un tema complejo, de acuerdo con lo que le dijo una alta fuente de la SIC a El Espectador: “En Colombia hay una sobredemanda del servicio de taxi, usted ve la dificultad que es conseguir un taxi libre en la calle. Tienen amarrados los cupos. Y si parte de esos carros van a terminar de color negros, pues habrá más falta de oferta de taxis amarillos en la calle. Eso se debe hacer, pero abriendo ese sistema de cupos”.

Por ahora, por el lado de Uber y de los usuarios de esa aplicación, la estrategia está puesta en el Proyecto de Ley de Transporte Privado Mediante Plataformas, que contempla que el servicio especial, taxis de lujo o carros particulares se pueden activar en una aplicación siempre y cuando cumplan con los requisitos de la Empresa de Red de Transporte (ERT). El Espectador supo también que hay una iniciativa ciudadana recogiendo firmas de apoyo a dicho proyecto de ley y ya van por el millón. Para el próximo 9 de junio está citada una audiencia pública y ahí se escucharán nuevamente los argumentos de todas las partes interesadas. Incluso de los usuarios, que con todo estos vericuetos jurídicos han sido los más afectados ante la ausencia de una reglamentación clara que les permita recibir un buen servicio a un precio justo.

Por Edwin Bohórquez Aya

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