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Las personas naturales residentes en Colombia para efectos tributarios, así como a las sociedades o entidades consideradas como nacionales para efectos tributarios y que poseían activos a 1° de enero de 2015 en el exterior, deberán presentar la declaración anual de activos en el exterior, informó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Dice el informe de prensa que los obligados a presentar esta declaración deben registrar la información de los activos de cualquier naturaleza poseídos en el exterior y que cumplan con los siguientes requisitos:
• Si el valor patrimonial del activo es superior a 3.580 UVT (Unidad de Valor Tributario), es decir $101.2 millones, debe declararlo de manera discriminada, informando su valor, la jurisdicción donde está ubicado y su naturaleza.
• Si la totalidad de activos es igual o inferior a 3.580 UVT, es decir $101’2 millones, debe declararlo de manera agregada por su valor patrimonial de acuerdo con la jurisdicción donde estén localizados.
Los plazos estipulados para cumplir con esta obligación dependiendo del último dígito del NIT (sin incluir dígito de verificación) son:
ÚLTIMO DÍGITO DEL NIT | HASTA EL |
1 | 08 de octubre de 2015 |
2 | 09 de octubre de 2015 |
3 | 13 de octubre de 2015 |
4 | 14 de octubre de 2015 |
5 | 15 de octubre de 2015 |
6 | 16 de octubre de 2015 |
7 | 19 de octubre de 2015 |
8 | 20 de octubre de 2015 |
9 | 21 de octubre de 2015 |
0 | 22 de octubre de 2015 |