
Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
El 30 de junio es la fecha límite para que los empleadores paguen la prima de servicios a sus empleadas domésticas. Este derecho está reconocido desde 2016, cuando la Ley 1788 modificó el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo e incluyó al trabajo doméstico en las mismas condiciones que rigen para cualquier trabajador del sector formal.
¿De cuánto es la prima?
La prima equivale a un salario al año, dividido en dos cuotas: 15 días de salario en junio y 15 días en diciembre. Con el salario mínimo de 2026 fijado en COP 1.750.905, quien trabajó todo el semestre tiene derecho a COP 875.452.
- Para calcularlo, la fórmula es:
Salario mensual x días trabajados ÷ 360
Si la trabajadora doméstica trabajó los 180 días completos del semestre: COP 1.750.905 x 180 ÷ 360 = COP 875.452.
¿Qué pasa si no trabajó todo el semestre?
El pago se ajusta al tiempo trabajado. Si una trabajadora doméstica empezó a trabajar en marzo y acumula 90 días al corte de junio, el cálculo sería:
COP 1.750.905 x 90 ÷ 360 = COP 437.726.
¿Y si trabaja por días?
En estos casos, el valor base es el salario diario: COP 1.750.905 ÷ 30 = COP 58.363 por día trabajado. Con ese dato se suman los días efectivamente laborados durante el semestre y se aplica la misma fórmula proporcional.
Por ejemplo, si una empleada trabaja dos días a la semana y lleva 24 semanas en el semestre, habrá trabajado aproximadamente 48 días. Su ingreso semestral sería: COP 58.363 x 48 = COP 2.801.424.
Sobre ese valor se aplica la fórmula proporcional de la prima: COP 2.801.424 ÷ 2 = COP 1.400.712. Ese es el valor que le corresponde como prima de junio.
¿Qué pasa si no se paga la prima?
No pagar la prima es un incumplimiento de una obligación laboral establecida por ley. El trabajo doméstico lleva años siendo uno de los sectores con mayor informalidad en el país, y el pago de la prima históricamente ha sido una de las prestaciones menos cumplidas. La Ley 1788 de 2016 cerró ese vacío legal, pero cumplirla sigue siendo responsabilidad del empleador.
💰📈💱 ¿Ya se enteró de las últimas noticias económicas? Lo invitamos a verlas en El Espectador.