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Las comisiones terceras de Cámara y Senado inician el miércoles la discusión del proyecto de Ley 138 de 2009 Senado - 004 de 2009 Cámara, "por la cual se modifica parcialmente la Ley 643 de 2001, que fija el régimen propio del monopolio rentístico de los juegos de suerte y azar".
La iniciativa contempla ajustes para contrarrestar el decrecimiento de algunas modalidades de juego, y a la vez reglamenta una nuevas modalidades que tienen demanda pero que no dispone de oferta; y con el fin de aumentar la captación de recursos para el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
La Representante María Violeta Niño, coordinadora ponente del proyecto, explicó que en la ponencia para primer debate, "acordamos aspectos tan importantes como darle herramientas a las loterías y a Etesa para suspender los juegos ilegales; fortalecer la función de vigilancia y control de la Superintendencia Nacional de Salud; ampliar los contratos de concesión entre cinco y ocho años; fijar un cinco por ciento de los derechos de explotación para gastos de administración, y cuando el juego sea operado por terceros; y autorizar la comercialización del billete de la lotería tradicional por medios electrónicos".
Explicó que se buscan incentivar "la asociación de loterías y se obliga a la de explotadores (departamentos y Distrito Capital), cuando la lotería se encuentre en causal de disolución, o tenga una mora superior de dos meses en los giros a los fondos de salud".
La parlamentaria indicó que los casinos solo podrán operar en establecimientos dedicados a esta actividad, y a una distancia mínima de los centros educativos. "Se cobrarán por los derechos de explotación de juegos localizados, un tres por ciento sobre los ingresos brutos; se fijan como juegos novedosos los que se operan en línea contentivos de las apuestas en eventos, las apuestas de los juegos de casino virtual, y las apuestas deportivas, a los que se les cobrará por derechos de explotación un tres por ciento de sus ingreso brutos", puntualizó.
Indicó que "los aportes parafiscales que se giran a Fondoazar para la seguridad social de los colocadores independientes, serán directamente administrados por una fiducia; y la rifa de los bomberos se incluyen dentro del régimen de juegos de suerte y azar, pero se faculta al Gobierno Nacional para que reglamente las condiciones específicas de las mismas".