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La reforma laboral ya fue aprobada por el Congreso y finalizó su discusión con la sesión del pasado martes 17 de junio. Sin embargo, todavía le falta un paso importante para pasar de ser un proyecto legislativo a ley: la conciliación entre los textos aprobados por la Cámara de Representantes y el Senado de la República.
Para las negociaciones de ambas reformas, por decirlo de algún modo, el Gobierno buscará que el resultado sea más parecido a lo definido por la Cámara. Pero todavía falta conocer el resultado de la conciliación.
El documento definitivo tendrá que regresar a las plenarias de ambas cámaras para ser votado este viernes. De aprobarse podrá pasar a la sanción presidencial y convertirse en ley.
¿Cuáles son los principales puntos de negociación de la reforma laboral?
Uno de los puntos en los que hay mayores presiones será en el contrato laboral que recibirán a partir de ahora los aprendices del SENA, incluido en el artículo 23.
De fondo, la diferencia entre contrato de aprendizaje y laboral era la ausencia, o presencia, de las primas. Y que se llamara de una u otra forma.
El artículo estipula que, durante la fase lectiva, el aprendiz reciba una remuneración mínima de 75 % del salario mínimo. Y en la parte práctica, “el apoyo del sostenimiento será equivalente al 100 % de un salario mínimo mensual legal vigente”. En eso no hay desacuerdo entre ambas partes.
También se eliminó en Senado el artículo que buscaba formalizar a los trabajadores del sector de transporte. Este fue uno de los acuerdos a los que se llegó durante el paro camionero de septiembre de 2024.
Ahora, el Gobierno buscará que sea incluido ese punto que sí fue aprobado en la Cámara de Representantes.
Otro asunto relevante es el de las licencias menstruantes incapacitantes. El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, resaltó que es relevante para la administración reconocer el derecho a las licencias laborales para las mujeres que tienen ciclos menstruales incapacitantes y las afecta en su desempeño laboral.
Finalmente, está el punto de los trabajadores agrarios y obreros asalariados. Lo que se busca es que tengan un contrato laboral y prestaciones sociales.
¿Cuándo aplicará la reforma laboral?
El grueso de las normas consagradas en la reforma comenzarán a regir tan pronto la ley esté en vigencia. Sin embargo, hay algunos puntos que tienen sus propios tiempos porque son graduales.
Un ejemplo son los recargos nocturnos que empezarán a contar desde las 7:00 p. m. Esta implementación tendrá un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigencia, así como la progresividad del recargo por trabajar en días de descanso que tendrán hasta 2027 para llegar al 100 %.
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