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Salario mínimo 2026: arranca formalmente la concertación entre empresarios y trabajadores

Las partes tienen hasta el 15 de diciembre para llegar a un acuerdo. Si no se logra, será el presidente Gustavo Petro quien defina el incremento. ¿Cómo están las apuestas?

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Diego Ojeda
01 de diciembre de 2025 - 12:00 p. m.
El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, acompaña la mesa de concertación.
El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, acompaña la mesa de concertación.
Foto: Ministerio de Trabajo
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Este lunes comienzan las negociaciones del salario mínimo, y todo indica que alcanzar un acuerdo será complejo.

En esta materia, este año desde septiembre se sentía que venía diciembre, pues fue en ese mes cuando el presidente de Fenalco, Jaime Alberto Cabal, anunció que no participaría en la mesa de concertación salarial y laboral, argumentando que no había condiciones para lograr un acuerdo.

Según Cabal, desde ese momento era evidente que el panorama apuntaba a que el Gobierno sería nuevamente el encargado de definir el aumento.

Lo que dice la Ley 278 de 1996 es que esa tarea le compete a la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, la cual está compuesta por tres actores principales: empresarios (representados por agremiaciones como la ANDI, Fenalco, ACOPI y la SAC), el Gobierno (que para este escenario ejerce su participación mediante el Ministerio del Trabajo) y los trabajadores (cuya presencia se da mediante centrales obreras como la CTC, la CUT y la CGT).

La ley les exige sentarse a concertar, es decir, a presentar sus argumentos y debatir cuál debería ser el aumento salarial más adecuado para el país. Por eso, las centrales obreras suelen plantear una propuesta y los empresarios otra. A partir de esas posiciones iniciales, se desarrollan los diálogos para intentar llegar a una cifra que resulte aceptable para ambas partes.

El Ministerio del Trabajo suele actuar como facilitador del diálogo, buscando acercar a estos actores para que logren un acuerdo. Por ejemplo, la anterior ministra, Gloria Inés Ramírez, realizó reuniones por separado con cada sector para escuchar sus posiciones y ayudar a encaminar la concertación.

En los últimos años este ha sido el panorama: una mesa llena de intentos fallidos por llegar a un acuerdo y, al final, un decreto presidencial que termina definiendo el aumento (que es lo que permite la ley si definitivamente no se logra un consenso).

¿Cómo se concierta el salario mínimo?

Además de empresarios, gobierno y centrales obreras, a la mesa de concertación también llegan expertos invitados por la comisión, como lo son representantes del DANE y el Banco de la República. Estos tienen el propósito de brindar datos macroeconómicos que enriquezcan el debate y permitan que tanto gremios como sindicatos saquen la calculadora y construyan una propuesta.

Por eso la discusión sobre el salario mínimo se da en diciembre y no antes, ya que solo hasta entonces se puede tener una idea más clara de cómo cerrará el año la inflación, cuánto se espera que suba en el siguiente, cuál será el balance del crecimiento económico y qué tan productivos fueron los trabajadores, entre otras variables.

Esa precisamente es la tarea que hará hoy el DANE al presentar los resultados del PIB con corte al tercer trimestre del año, las cuentas nacionales de transferencias y un reporte del mercado laboral colombiano.

De todas las variables, la inflación suele ser la más determinante, ya que una de las misiones que tiene la mesa de concertación es la de mantener el poder adquisitivo de los trabajadores que dependen del salario mínimo. Es aquí cuando se habla del llamado incremento real.

Si, por ejemplo, el salario mínimo solo aumenta en la misma proporción que la inflación, en la práctica el trabajador simplemente recupera lo que perdió de poder adquisitivo durante el año. El incremento real, en cambio, significa sumar algunos puntos porcentuales para que el salario quede un poco más protegido frente a la carestía que se sentirá en el próximo año.

Por eso, las mayores alzas del salario mínimo se miden en incrementos reales. No es lo mismo subirlo 10 % cuando la inflación fue de 8 % que cuando fue de 5 %. En el primer caso, el aumento real sería del 2 %, mientras que en el segundo alcanzaría el 5 %. Es decir, aunque el porcentaje nominal sea el mismo, el impacto en el bolsillo del trabajador es muy distinto.

Teniendo en cuenta la inflación con la que cerró cada año, estos han sido los incrementos reales que ha tenido el salario mínimo en los últimos años: 2022: 4,45 %; 2023: 2,88 %; 2024: 2,72 %; 2025: 4,3 %. El promedio es de 3,58 %.

Otra variable importante es la Productividad Total de los Factores (PTF) que, en términos simples, mide si el país está produciendo más o menos con los mismos recursos. Cuando esta aumenta, hay más espacio para elevar el salario mínimo sin afectar la competitividad. Pero si se estanca o disminuye, un aumento salarial muy alto puede generar presiones inflacionarias, ya que encarece los costos de producción y reduce la eficiencia del aparato productivo.

Sobre esta cifra debe haber un acuerdo en la mesa de concertación, ya que el DANE muestra varias expresiones para este indicador. Por ejemplo, el año pasado se informó que para los tres primeros trimestres de 2024, la PTF fue del 1,73 %; la Productividad laboral por horas fue del 3,43 % y la Productividad laboral por persona fue del 1,76 %.

Estas cifras, en su momento, fueron cuestionadas por la ANDI, ANIF y Fedesarrollo, que argumentaron que estas no eran precisas, pues no reflejaban la realidad macroeconómica que se había registrado en lo corrido del año. Como respuesta, el DANE insistió en que los datos publicados son fieles a la metodología que se ha empleado en los últimos años (la Klems, que es la que recomiendan organismos como la OCDE), y que los resultados se apegan a lo que reportan sus fuentes de información.

El año pasado no hubo acuerdo sobre esta cifra, lo que desde el principio marcó una fuerte distancia entre las partes y, como se sabe, terminó impidiendo la concertación del incremento del salario mínimo.

Para este año, la PTF que reportó el DANE es del 0,91 % (0,82 puntos porcentuales por debajo de la consolidada en 2024). La entidad también presentó el dato de productividad laboral por hora trabajada en volumen (0,57 %) y laboral por persona empleada (0,32 %).

Las dos orillas

Llegar a un acuerdo no es fácil porque, tradicionalmente, empresarios y trabajadores se paran sobre teorías económicas distantes.

Según lo han expresado en los últimos años los empresarios, subir demasiado el salario mínimo puede ser contraproducente, ya que aumenta los costos de contratación. Esto, a su vez, limita la capacidad de las empresas para vincular más personal o, en algunos casos, las lleva a reducir su planta. Además, advierten que, para compensar ese incremento en los costos, muchas veces se ven obligadas a subir los precios de sus productos y servicios, lo que termina alimentando la inflación.

Se espera que este año ese argumento tome más fuerza, ya que al aumento del salario mínimo se sumarán los costos que traerá la reforma laboral, como la ampliación de la jornada nocturna y el incremento en los recargos por trabajo en días de descanso.

Las centrales obreras, por su parte, señalan que un buen incremento del salario mínimo se traduce en empleados con un mayor poder adquisitivo, lo cual deriva en un crecimiento en el consumo y, por ende, más ventas e ingresos para las empresas que, para atender la creciente demanda, tendrán que contratar a más trabajadores.

Como lo ha plasmado en sus decretos, la postura del presidente Petro se alinea con la de los sindicatos. Recientemente destacó que, aún con las considerables alzas que ha tenido el mínimo en los últimos años, el desempleo ha retrocedido (en septiembre alcanzó la tasa más baja que se ha registrado para ese mes desde el año 2001, al consolidar un 8,2 %).

El gerente del Banco de la República, Leonardo Villar, mostró en la más reciente reunión de la junta una visión que parece conciliar entre ambas posturas. Por un lado reconoce que un incremento desmedido puede traer presiones inflacionarias, ya que la demanda superaría la oferta y, en ese desequilibrio, los precios suben. Por el otro coincide en que un acertado aumento en el poder adquisitivo puede traer ese círculo virtuoso del que hablan los sindicatos.

“El beneficio asociado a los ingresos de las personas que ganan el mínimo, y el de los que se puedan beneficiar del aumento de esa demanda agregada, también implica unos retos importantes para la consecución de la meta de inflación y, por lo tanto, esos retos que se generan y los beneficios que se generan deben compatibilizarse y buscar puntos de equilibrio que permitan resultados satisfactorios para el conjunto de la sociedad”, señaló luego de la más reciente reunión de tasas de interés de la entidad.

En palabras más coloquiales, ni tanto que queme al santo, ni tampoco que no lo alumbre. El alza del salario mínimo no puede ser una cifra tomada a la ligera, sino más bien el resultado de un cálculo minucioso.

Para este año, las centrales obreras han dicho que propondrán una cifra de dos dígitos, mientras que el Ministro del Interior, Armando Benedetti, señaló que el salario mínimo podría llegar a COP 1.800.000, lo que implicaría un incremento del 11 % si se tiene en cuenta el subsidio de transporte.

Las agremiaciones no han anunciado su propuesta (y no están presionadas a hacerlo aún, pues hasta hoy es que se comienzan a recibir las variables macroeconómicas para hacer este ejercicio).

La semana pasada, Fedesarrollo señaló que un aumento razonable para el salario mínimo sería del 6 % o del 6,5 %. La base técnica para esto es la suma de la inflación estimada para el cierre de este año, que es del 5,2 %, y la productividad que independiente de su medición fluctúa entre -0,3 % y +0,9 %.

El calendario del mínimo

Según lo establece la Ley 278 de 1996, la comisión tiene hasta el 15 de diciembre para definir el aumento del salario mínimo. En ese periodo, el DANE y el Banco de la República entregan los datos macroeconómicos que sirven de base para que empresarios y trabajadores formulen sus propuestas. Luego, estas se presentan y, en los días siguientes, ambas partes exponen sus argumentos con la esperanza de llegar a una cifra que beneficie a todos.

Si no se llega a una concertación, la o las partes que no estén de acuerdo deben explicar, por escrito, sus salvedades. Estas se deben presentar en no más de 48 horas siguientes al 15 de diciembre. Lo que se hace en ese escenario es estudiar esos argumentos y fijar una posición. Para eso, se tienen otras 48 horas.

En esos días el Ministerio de Trabajo tiene encuentros unilaterales con centrales obreras y gremios, con la intención de aceitar la negociación y llegar a un punto que sea aceptable para ambas partes.

Pasado ese tiempo, todos vuelven a reunirse para intentar lograr un consenso antes del 30 de diciembre. Si definitivamente no se llega a un acuerdo, ese mismo día el presidente debe fijar el incremento teniendo en cuenta la meta de inflación fijada por el Banco de la República, la productividad, la contribución de los salarios al ingreso nacional, el incremento del PIB y del IPC.

El detalle de las fechas

28 de noviembre (viernes)

  • 8:00 a.m. – 4:00 p.m.: Subcomisión de Productividad.
  • Presentación del DANE: Productividad total de los factores.

1 de diciembre (lunes)

  • 8:00 a.m. – 1:00 p.m.: CPCPSL.
  • Instalación de la mesa de concertación del salario mínimo.
  • Presentación del DANE: PIB hasta el III trimestre de 2025.
  • Cuentas Nacionales de transferencia.
  • Presentación del Mercado Laboral.

4 de diciembre (jueves)

  • El DANE presenta al país la cifra de IPC a las 6:00 p.m.

9 de diciembre (martes)

  • 8:00 a.m. – 1:00 p.m.: CPCPSL — Mesa de concertación del salario mínimo.
  • Presentación del DANE: IPC y cifras.
  • Presentación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público: Coyuntura macroeconómica.
  • Presentación del Banco de la República.
  • Proyección de inflación.
  • Intervenciones de los integrantes de la CPCPSL.
  • Presentación de ofertas de incremento del salario mínimo 2026.

10 de diciembre (miércoles)

  • 8:00 a.m. – 11:00 a.m.: CPCPSL — Jornadas de concertación.

11 de diciembre (jueves)

  • 8:00 a.m. – 11:00 a.m.: CPCPSL — Jornadas de concertación.

12 de diciembre (viernes)

  • 8:00 a.m. – 11:00 a.m.: CPCPSL — Jornadas de concertación.

15 de diciembre (lunes)

  • 8:00 a.m. – 4:00 p.m.: CPCPSL — Jornadas de concertación.
  • Primer vencimiento legal para la concertación del salario mínimo (Ley 278 art. 8 parágrafo 1).

16 de diciembre (martes)

  • CPCPSL — Presentación de escritos de salvedades de cada parte (Ley 278 art. 8, parágrafo 2).

17 de diciembre (miércoles)

  • CPCPSL — Presentación de escritos para estudiar las salvedades (Ley 278 art. 8, inciso 1).

18 de diciembre (jueves)

  • 8:00 a.m. – 11:00 a.m.: CPCPSL — Jornadas de concertación extraordinarias a convenir.

19 de diciembre (viernes)

  • 8:00 a.m. – 11:00 a.m.: CPCPSL — Jornadas de concertación extraordinarias a convenir.

22 de diciembre (lunes)

  • 8:00 a.m. – 11:00 a.m.: CPCPSL — Jornadas de concertación extraordinarias a convenir.

23 de diciembre (martes)

  • 8:00 a.m. – 11:00 a.m.: CPCPSL — Jornadas de concertación extraordinarias.

24 de diciembre (miércoles)

  • 8:00 a.m. – 11:00 a.m.: CPCPSL — Jornadas de concertación extraordinarias.

26 de diciembre (viernes)

  • 8:00 a.m. – 11:00 a.m.: CPCPSL — Jornadas de concertación extraordinarias a convenir.

29 de diciembre (lunes)

  • 8:00 a.m. – 11:00 a.m.: CPCPSL — Jornadas de concertación extraordinarias.

30 de diciembre (martes)

  • Fecha límite para la expedición del decreto del salario mínimo (Ley 278 art. 8, inciso 2).

Salario mínimo, vital y móvil

El ministro Sanguino ha reiterado —y lo ha presentado incluso como una novedad en esta negociación— que este año se buscará avanzar hacia un salario mínimo, vital y móvil. Este concepto implica que la remuneración debe ser suficiente para cubrir las necesidades básicas del trabajador y su familia, incluyendo alimentación, vivienda, salud y educación.

Este no es un concepto nuevo, en discusiones de años pasados es algo que han defendido las centrales obreras. En la rueda de prensa, el ministro Sanguino señaló que, según estimaciones de la OIT, esta cifra en pesos rondaría los COP 3 millones para un hogar de cuatro integrantes.

¿Habrá concertación?

Aunque todos los años tienen sus particularidades que, de entrada, dificultan un acuerdo en torno al mínimo, las de este año parecen ser especiales.

Muestra de esto es el mencionado rechazo que, en septiembre, manifestó Fenalco. En su momento, la ANDI y la SAC dijeron a medios de comunicación que participarán en la mesa, como lo demanda la ley, pero coinciden en que el Gobierno tendría la intención de poner una cifra, la cual sería del 11 %.

También es cierto que este es un año preelectoral, por lo que existe la posibilidad de que las discusiones en la mesa adquieran un matiz más político que técnico.

Por último, está la presión inflacionaria. La meta del Banco de la República de llevar la inflación al 3 % se ha venido postergando, y las proyecciones más recientes indican que solo se alcanzaría en 2027, con una reducción más marcada a partir de 2026. Aunque el salario mínimo no es el único factor que incide en los precios, un aumento demasiado alto sí podría frenar el ritmo de desaceleración que se espera para los próximos años.

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