Sancionan a Tecnoquímicas por pagar las multas de sus directivos en el ‘cartel de los pañales’

La compañía recibió una sanción de más de $25.000 millones por cubrir las multas que recibieron parte de sus directivos por su participación en la cartelización en los precios de los pañales.

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Redacción Economía.
18 de septiembre de 2018 - 09:04 p. m.
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El superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo, precisó en rueda de prensa que la SIC pudo establecer que Tecnoquímicas asumió el pago de las multas de sus cinco altos directivos, impuestas en el caso del cartel de los pañales, por medio de operaciones fachada bajo la modalidad de bonificaciones ocasionales, acto que viola las normas de la protección de la libre competencia económica.

El caso se remonta a una investigación de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) que en 2014 se adelantó para determinar si las empresas Tecnoquímicas, Tecnosur, Kimberly y Dripers habían acordado los precios de sus productos (pañales), acción que es prohibida al ir en contra del régimen de libre competencia.

Tecnoquímicas, como consecuencia de los resultados de la investigación, recibió la máxima sanción establecida por la ley y se sancionaron a cinco de sus altos directivos, dentro de ellos el presidente de la compañía.  

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Robledo aclaró que la ley dice que este tipo de sanciones no pueden ser cubiertas por la compañía a la cual se encuentran vinculados los merecedores de las multas ni por ninguna empresa subordinada o que haga parte del mismo grupo empresarial.

Es así como la SIC decidió emitir una nueva sanción en contra de la compañía, multándola por más de $25.780.986.000, equivalentes a 33.000 salarios mínimos.

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Los funcionarios implicados en esta investigación también recibieron nuevas multas: Ernesto Trujillo Pérez deberá pagar $312.496.800; María del Pilar Correa Lenis, $234.372.600; Vanessa Hatty Benavides, $50.780.730 y Diego Humberto Quijano, $312.896.800.

Así las cosas, el total de las multas superan los $26.600 millones.

La resolución número 68722 del 17 de septiembre de 2018, emitida por el Ministerio de Industria y Turismo y la SIC, advierte que estas sanciones no podrán ser cubiertas de nuevo por Tecnoquímicas y que deberán ser canceladas en efectivo o cheque a una cuenta corriente del Banco de Bogotá.

De llegar a incumplirse las fechas de pago, la resolución también especifica que los sancionados recibirán intereses moratorios equivalentes al 12% anual.

Por Redacción Economía.

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