El predio El Porvenir, de unas 42.000 hectáreas, que estuvo en poder de la familia de la ‘zar de las esmeraldas’, Víctor Carranza, se perfila como la primera zidres. Estas son las zonas de interés de desarrollo rural económico y social que podrán existir a partir de este viernes, día en que el presidente Juan Manuel Santos sancionó la ley que las crea.
El Ministerio de Agricultura anunció, durante el evento de sanción de la ley, que las tierras que eran de Carranza pasarán a manos de 400 familias del municipio de Orocué, Casanare, a unos 90 kilómetros de Puerto Gaitán.
La empresa ganadera La Cristalina hizo la entrega de los predios de manera voluntaria el 13 de junio de 2015, y a partir de ese momento quedaron con el estatus de baldíos. “En su calidad de baldíos se aplicará el procedimiento de adjudicación, teniendo en cuenta las características del suelo”, dijo el Ministerio en un comunicado. Es de recordar que, según la ley de zidres, estas se pueden constituir en propiedad privada o en baldíos arrendados.
La cartera explicó que “el proyecto El Porvenir es un piloto con el que se busca el desarrollo social y económico de mil familias en la fase uno y cuatro mil más en la fase final” y que se “ejecutará mediante un modelo de condominio agropecuario, y la implementación de un sistema de adjudicación de viviendas por objetivos”.
Según lo anunciado, a cada familia se le entregará alrededor de cinco hectáreas para adelantar proyectos propios de agricultura familiar.
Pese a que este piloto aún no puede ser una zidres, debido a que la ley no está reglamentada, al superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez, no le “queda duda de que será zidres porque cumple con todos los requisitos”.
La dueña de la tierra, según explicó Vélez, será una corporación “de la cual serán socios las 400 familias, que van a ser 1.000”. Explicó que funcionará “como funciona un club, donde todo el mundo es dueño de la corporación y es dueña de la tierra. Se hará una ciudadela, habrá 800 casas, en la ciudadela y van a empezar a trabajar en la construcción de la ciudadela, de sus mismas casas”. Como es vivienda rural, el contratista del Estado les pagará el salario.
A la pregunta de dónde saldrán los recursos respondió: “para el proyecto productivo de 27.000 hectáreas se busca un inversionista que monte el proyecto productivo, que les paga el salario, para que en el término de ocho a diez años les devuelva con el proyecto productivo las tierras a ellos”.
La ley, según Vélez, estará reglamentada en cerca de un mes y medio porque el presidente Santos pidió celeridad en el asunto.
Es de recordar que este viernes más tardó el presidente de la República, Juan Manuel Santos, en sancionar la ley que sus opositores en anunciar que la demandarán por inconstitucionalidad.
“Esta ley que favorece acumulaciones ilegales de baldíos, bajo el discurso de la “productividad”, se aprobó en el Congreso en el último momento de sesiones en diciembre del año pasado”, dijeron siete organizaciones en un comunicado conjunto, entre esas Oxfam, la Comisión Colombiana de Juristas y la Asociación Nacional de Zonas de Reservas Campesinas.
Señalaron que la ley no fue consultada con las comunidades étnicas y que “a manera de premio, el gobierno nacional decide lanzar la Ley justamente en ese lugar, en donde tiene vastas extensiones de palma de aceite el Ingenio Manuelita, sobre un área calculada de16.823 hectáreas. La compra de estas tierras fue fuertemente cuestionada y denunciada por organizaciones sociales, campesinas y por congresistas”.
El Polo Democrático y la Alianza Verde también anunciaron que trabajan en una demanda por inconstitucionalidad. El argumento principal a lo largo del debate ha sido que la ley permitiría la acumulación irregular de baldíos –porque no se aplica la figura de la Unidad Agrícola Familiar a tierras adquiridas antes de 1994, a pesar de que el Consejo de Estado se ha pronunciado al respecto y de que incluso antes de la UAF había límites para la adquisición, según la Comisión Colombiana de Juristas-.
Pese a que la ley establece que los baldíos se titularán conforme a la Ley 160 del 94, sí se podrían entregar por largos periodos de arrendamiento, sin límite de extensión, a empresas agroindustriales, que tienen el músculo financiero para desarrollar las zonas a las que le apunta la ley: apartadas y que requieran de grandes inversiones para su adecuación. Con eso, según las siete organizaciones “liquidan los derechos constitucionales de los campesinos sin tierra, de allí que nuevos procesos de adjudicación de tierras o de constitución y ampliación de resguardos indígenas quedan cerrados de un portazo”.