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La Superintendencia de Transporte le ordenó a Wingo modificar de manera inmediata, en su página web, la información que entrega a la población con discapacidad durante el proceso de compra de tiquetes.
Esta dirección se da luego de que el pasado primero de octubre, en el aeropuerto El Dorado, se le hubiera negado completar el proceso de abordaje a tres mujeres con discapacidad, de talla baja y usuarias de sillas de ruedas, quienes viajaban de Bogotá a Medellín.
En la indagación que hizo la superintendencia se encontró que los términos y condiciones publicados por la aerolínea para la prestación del servicio de silla de ruedas no contienen información complementaria o aclaratoria que oriente al usuario sobre la selección que debe realizar durante el proceso de compra.
“Reafirmamos nuestro compromiso con un transporte incluyente y accesible. No podemos permitir que la desinformación o la falta de claridad en los procesos se conviertan en nuevas barreras para la movilidad. Cada persona, sin excepción, debe poder ejercer su derecho a moverse con dignidad y en igualdad de condiciones”, señaló la ministra de Transporte, Mafe Rojas.
La entidad resaltó que las personas con discapacidad cuentan con protección constitucional reforzada, dado que el Estado tiene la obligación de garantizar su inclusión y participación en la sociedad. Es por esto que, añade la autoridad, es esencial la información sobre accesibilidad en el transporte aéreo, ya que permite planificar los desplazamientos y evitar barreras físicas o sociales.
“Negar o dificultar el acceso a información clara, accesible y suficiente sobre las condiciones del transporte implica perpetuar la exclusión y vulnerar los derechos fundamentales a la igualdad, la movilidad y la dignidad humana de las personas con discapacidad. Con esta medida administrativa le cumplimos con dignidad a las ciudadanías, ya que es un mensaje contundente para las empresas del modo aéreo y la información que tienen a disposición de sus pasajeros en sus canales de comunicación”, añadió.
En el detalle del comunicado, la superintendencia precisó que en el proceso de compra de tiquetes se debe orientar al usuario en las opciones relacionadas con los tipos de asistencia disponibles como: “Necesito silla de ruedas, puedo caminar”, “Necesito silla de ruedas, no puedo subir escaleras”, “Soy completamente inmóvil” y “Tengo otra discapacidad”.
La información también debe ser clara en los casos en que sea necesario que el viajero requiera de un acompañante y los requisitos de viaje para otro tipo de discapacidades.
Si Wingo no cumple con esta instrucción, se le impondrán multas de hasta 500 salarios mínimos. La autoridad también recordó que contra esta medida administrativa no procede recurso alguno.
La superintendencia también que recordó que las aerolíneas deben
- No limitar ni condicionar la venta de tiquetes ni el embarque de personas con discapacidad.
- Brindar un trato digno y respetuoso, promoviendo la sensibilización y capacitación del personal en temas de inclusión y atención diferencial.
- Disponer de medios, herramientas y protocolos adecuados que faciliten la comunicación, el traslado y la atención preferencial de quienes lo requieran.
- Ofrecer asistencia durante todas las etapas del viaje, incluyendo el registro, embarque, desplazamiento dentro del aeropuerto, abordaje y desembarque.
- Permitir el acceso de perros guía o de asistencia debidamente acreditados, sin costo adicional.
- Informar a los usuarios sobre sus deberes y responsabilidades al momento de viajar, incluyendo la necesidad de comunicar oportunamente si requieren asistencia especial durante el trayecto.
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