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Tras nuevo debate de reforma pensional, ¿qué seguirá funcionando de lo propuesto?

Asofondos señaló que el fallo de la Corte, previo a la entrada en vigor de la reforma en julio, “evita complicaciones operativas y jurídicas”.

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18 de junio de 2025 - 01:18 p. m.
Colpensiones pasaría de manejar cerca de 6,7 millones de afiliados a casi 25 millones.
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El reloj estaba a punto de marcar el inicio de una nueva era pensional en Colombia. El primero de julio de 2025 se suponía que entraría en vigor la Ley 2381, la reforma que el Gobierno presentó como uno de los ejes de su proyecto social. Pero ayer, en una decisión unánime, la Corte Constitucional devolvió por vicios de forma el proceso en seco. Es decir, errores en el trámite legislativo obligaron a devolver el proyecto al Congreso.

Ahora bien, el fallo de la Corte no tumba la reforma, más bien, es un salvavidas jurídico para que se rehaga el cuarto debate en la Cámara de Representantes.

Para el sector pensional, representado por Asofondos, el fallo llega a tiempo. Andrés Velasco, presidente del gremio, celebró que la Corte haya tomado esta decisión antes de la entrada en vigencia de la ley: “Esto evita complicaciones operativas y jurídicas”. Las administradoras, agregó, seguirán participando en el debate con el propósito de mejorar el sistema pensional.

“Quedamos a la espera del Auto para analizar su alcance y determinar la hoja de ruta en este asunto tan relevante para los colombianos”, señaló el gremio.

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¿Qué pasó?

El detonante fue una proposición sustitutiva presentada por la congresista María del Mar Pizarro, que no fue debatida como exige la ley. La Plenaria de la Cámara, apurada por el reloj político, la “pupitreó”. La Corte ordenó repetir ese trámite, con mínimo tres horas de discusión, como establece el reglamento.

El Congreso tendrá 30 días hábiles, contados a partir de la notificación oficial del fallo (lo que aún no ha ocurrido), para rehacer ese debate. Después, si hay diferencias con el Senado, se requerirá un proceso de conciliación, que podrá surtirse a lo largo de toda la próxima legislatura, es decir, hasta junio de 2026.

“Lo que procede es que la Cámara termine de tramitarlo, discuta y vote el articulado que viene del Senado de tal manera que no se alteren los tiempos, se le dé la legitimidad y legalidad total a la reforma e iniciamos su implementación a partir del próximo 1° de julio”, dijo el ministro Sanguino.

Mientras tanto, la Ley 2381 queda suspendida. Solo dos artículos seguirán produciendo efectos: uno sobre la selección de administradoras de cuentas individuales (ACCAI) y otro sobre la ventana de oportunidad para traslados de fondo, cuyos movimientos ya realizados se consideran en firme.

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¿Qué sigue?

La reforma, que buscaba redistribuir las cotizaciones entre el sector público y privado, garantizar un ingreso básico para los adultos mayores sin pensión y fortalecer las finanzas de Colpensiones, ahora está de nuevo en la cuerda floja.

El presidente Gustavo Petro y su equipo anunciaron que convocarán sesiones extraordinarias en el Congreso para reactivar el trámite.

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  • Debate obligatorio: la Cámara de Representantes debe repetir el cuarto debate en plenaria, garantizando el tiempo mínimo exigido por ley.
  • Conciliación posible: si el nuevo texto es diferente al aprobado en el Senado, deberá surtirse una conciliación entre ambas cámaras.
  • Tiempos extendidos: la conciliación podrá hacerse hasta el final de la próxima legislatura, en junio de 2026.
  • Revisión final: solo cuando se haya cumplido todo el trámite y el Congreso informe a la Corte, el alto tribunal decidirá sobre la constitucionalidad definitiva de la reforma.

La suspensión abre un compás de espera para el sistema pensional colombiano. Las excepciones vigentes garantizan que quienes ya se trasladaron de régimen puedan mantener ese cambio. Pero el resto del sistema seguirá operando bajo las reglas actuales.

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¿Qué cambios tiene esta reforma?

La reforma buscaba crear un sistema de pilares que aumentara la cobertura, con una renta básica solidaria de $230.000 para los adultos mayores sin pensión, y un componente semicontributivo para quienes no completaron semanas suficientes.

Además, proponía eliminar la competencia entre Colpensiones y los fondos privados, reemplazándola por un modelo complementario. Las cotizaciones hasta 2,3 salarios mínimos irían al fondo público; el resto, a los fondos privados o a una nueva gestora pública, Positiva Seguros.

Colpensiones pasaría de manejar cerca de 6,7 millones de afiliados a casi 25 millones. Las AFPs (Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia) invertían millones en tecnología. El Banco de la República se preparaba para administrar el nuevo Fondo de Ahorro.

El mecanismo de traslado ha sido utilizado por más de 80.000 personas, la mayoría migrando de los fondos privados a Colpensiones.

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