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Colegios privados: ¿Cuánto aumentó la matrícula para 2025 y qué no pueden exigir?

El Ministerio de Educación emitió una circular donde explica qué pueden pedir los colegios privados en las listas escolares, y recordó el incremento de tarifas para este año.

21 de enero de 2025 - 08:09 p. m.
Temporada y feria escolar.
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Foto: Óscar Pérez
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El inicio de las clases está cada vez más cerca, y con esto la lista de los útiles escolares. Por esto, recientemente, el Ministerio de Educación emitió una circular en la cual entrega las recomendaciones para que los padres de familia tengan claro qué pueden solicitar los colegios privados y cuáles son los cobros adicionales e incrementos de los costos qué están permitidos.

Lo primero que hay que resaltar es que la lista de los materiales educativos puede incluir tres elementos básicos: útiles, uniformes y textos escolares. Cada institución debe entregar esta lista a los padres de familia en el momento de la matrícula.

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“Los materiales incluidos no podrán ser una carga desproporcionada para las familias y tienen que estar relacionados con apoyar el proceso educativo de los estudiantes”, explica el Ministerio.

Para evitar que los padres de familia deban comprar todos los útiles y textos al inicio del año escolar, cada colegio debe establecer un cronograma para el uso de estos. Además, el Ministerio recuerda que los textos escolares no podrán ser diferentes a los del año anterior, salvo que se hubiesen mantenido por al menos tres años.

Sobre los uniformes, aclaran que los colegios no podrán exigir más de un uniforme de uso diario y uno de educación física, y que si un estudiante no puede adquirirlo por razones económicas, esto no le impedirá participar de las actividades académicas.

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El Ministerio también les recuerda a los acudientes que, los establecimientos educativos no pueden exigir proveedores, marcas específicas, como quedó establecido en el artículo 14 de la Resolución 17821 de 2023. Tampoco los pueden obligar a adquirir los materiales en el establecimiento educativo, negocios propios de las asociaciones de padres de familia o de miembros de estas, o en aquellos con los que se establezca convenios.

Por otro lado, sobre los cobros adicionales, Mineducación reitera que el cobro de cuotas en dinero o en especie, bonos, donaciones en dinero o en especie, aportes a capital o tarifas adicionales a las aprobadas por concepto de matrícula, pensiones y cobros periódicos, están prohibidos.

En la circular se explica que los cobros periódicos por concepto de alimentación, transporte o alojamiento escolar solo podrán exigirse a los padres de familia o acudientes que voluntariamente acepten estos servicios.

¿Cuánto pueden subir los colegios privados en 2025?

A través de la Resolución 16763 del 30 de septiembre de 2024, el Ministerio de Educación estableció los incrementos aplicables a las tarifas de matrículas y pensiones de los establecimientos educativos privados de preescolar, básica y media del país que se aplicarán en el año escolar 2025.

El incremento puede variar dependiendo de varios factores, pero en términos generales, puede estar entre el 6.28 % para un colegio ubicado en Régimen Controlado y con índice de permanencia en bajo y al que no apliquen los puntos adicionales; hasta el 9.27%, para un colegio ubicado en Regulación por certificación de calidad, índice de permanencia alto, educación inclusiva y nivelación salarial con Fecode.

La base de incremento se fijó de acuerdo con Índice de Precios al Consumidor - IPC con corte a agosto de 2024, emitido por el DANE, el cual se ubicó en 6.12%. A partir de allí, cada establecimiento educativo puede acceder a puntos porcentuales adicionales fijos, de acuerdo con varios criterios como clasificación por autoevaluación institucional, índice de permanencia, implementación de estrategias de educación inclusiva.

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