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Corte anuló decreto de infraestructura de educación superior en Catatumbo

El decreto, que fue expedido en el marco del Estado de Conmoción Interior, buscaba garantizar recursos para construir infraestructura de educación superior en esa región. La Corte asegura que no buscaba solucionar problemas relacionados con la emergencia, sino problemas de acceso que ha tenido históricamente esa población.

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09 de julio de 2025 - 10:18 p. m.
La decisión de la Corte prohíbe que se comprometan nuevos recursos para construir infraestructura de educación superior en Catatumbo basándose en el Estado de Conmoción Interior.
La decisión de la Corte prohíbe que se comprometan nuevos recursos para construir infraestructura de educación superior en Catatumbo basándose en el Estado de Conmoción Interior.
Foto: Julián Ríos Monroy
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La Corte Constitucional emitió una decisión con la que declaró inconstitucional un paquete de decretos relacionados con el Estado de Conmoción Interior decretado por el Gobierno ante la emergencia humanitaria en Catatumbo.

Dentro de los decretos declarados inexequibles por parte del tribunal se encuentra el Decreto Legislativo 155 de 2025. Este buscaba tomar medidas “en materia de infraestructura educativa para la educación superior” que beneficiaran a la población de la Región del Catatumbo, el Área Metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar, en el marco de esa emergencia.

En otras palabras, ese decreto habilitaba al Fondo de Financiamiento de Infraestructura Educativa para destinar recursos extraordinarios para la construcción, mejora y dotación en educación superior en esa región.

La decisión de la Corte se dio porque este decreto “no tenía una relación de conexidad directa” con el Estado de Conmoción Interior decretado a inicios de 2025.

“La Sala advirtió que si bien la medida adoptada en el Decreto 155 de 2025 se relacionaba con el derecho a la educación y, por lo tanto, se refería a derechos y garantías fundamentales de la población civil, no buscaba garantizar el derecho a la educación de la población que reside en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar, como consecuencia de la crisis humanitaria que generó la grave perturbación del orden público en esos territorios”, explicó el tribunal en un comunicado.

La decisión, por el contrario, buscaba resolver problemas de acceso a la educación superior que han existido en el Catatumbo “debido a factores estructurales como la escasa oferta institucional y el conflicto armado que, de tiempo atrás, azota a esos territorios”, pero no relacionados directamente con la emergencia humanitaria.

La Corte también indicó que la decisión tiene efectos hacia futuro y que, por lo tanto, el Fondo de Financiamiento de Infraestructura Educativa no podrá comprometer nuevos recursos para este fin. Sin embargo, no afectaría los recursos que se han destinado antes de conocerse esta decisión.

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enriqueparra1978(84821)10 de julio de 2025 - 01:13 p. m.
Una decisión sensata, pues lo delicado hubiera sido que se declararan efectos retroactivos a todas las decisiones tomadas por el ministerio. Los recursos ya comprometidos se mantienen y por lo menos una parte del problema se verá atendido por el Gobierno nacional.
samuel diaz florian(77552)10 de julio de 2025 - 01:19 a. m.
Por fortuna se salvaron los recursos destinados a dotar de educación de calidad a una población golpeada como es la región del Catatumbo. Para la corte...la educación puede esperar otros 100 años de soledad.
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