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Gobierno crea bonificación para docentes como parte del ajuste salarial pactado con Fecode

El Gobierno expidió el decreto 0317, que crea una bonificación mensual para docentes y directivos docentes del sector público como parte del ajuste salarial acordado con Fecode. La medida incorpora un 0,4 % adicional al incremento de 2026, se pagará durante todo el año y, aunque no se suma directamente al salario base, tendrá efectos en prestaciones y aportes. Sumada a la inflación y a otros acuerdos, contribuye a que el aumento total del magisterio ronde el 7 % este año.

Redacción Educación

26 de marzo de 2026 - 06:28 a. m.
La bonificación aplica a docentes y directivos docentes de los niveles de preescolar, básica y media que estén vinculados bajo distintos regímenes.
Foto: El Espectador - José Vargas
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El Gobierno expidió el decreto 0317 de 2026 que establece una bonificación mensual para los docentes y directivos docentes del sector público en Colombia, con el objetivo, dice, de contribuir al cierre de la brecha salarial del magisterio.

La medida, explica el documento en su apartado de Consideraciones, surge como resultado de la negociación colectiva entre el Gobierno nacional y la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación (FECODE), en la que se acordó otorgar un incremento adicional equivalente al 0,4% sobre el aumento salarial de 2026.

Pero en lugar de incorporarse directamente al salario base, este incremento se materializa a través de una bonificación que se pagará mensualmente entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, siempre que el docente permanezca en el servicio, condiciona el decreto. Aunque se trata de un pago adicional, tiene carácter salarial, lo que significa que incide en prestaciones sociales y aportes, y además servirá como base para calcular el incremento salarial del año 2027.

La bonificación aplica a docentes y directivos docentes de los niveles de preescolar, básica y media que estén vinculados bajo distintos regímenes, incluidos los decretos 2277 de 1979 y 1278 de 2002, así como a etnoeducadores y educadores indígenas. El monto varía según el escalafón, el nivel salarial y la formación académica, con valores que van desde cifras cercanas a los COP seis mil mensuales hasta más de COP cincuenta mil en los casos de mayor cualificación.

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El decreto define una regla específica dentro del esquema general de bonificaciones. Se refiere a los docentes de básica primaria que fueron vinculados mediante el concurso especial para zonas de posconflicto y que cuentan únicamente con título de bachiller o formación técnica en educación. Para ellos, el Gobierno establece un valor fijo de bonificación mensual de $22.515. A diferencia de otros docentes, cuyo monto depende del escalafón, el nivel salarial o los estudios de posgrado, en este caso no hay variaciones: todos reciben la misma suma. Esto introduce un tratamiento diferenciado frente al resto del magisterio, reconociendo las particularidades de quienes ingresaron a través de ese mecanismo especial, generalmente en contextos con mayores necesidades educativas.

El decreto también establece que esta bonificación es incompatible con otra creada previamente en 2025, que ya fue incorporada al salario básico, y precisa que su financiación proviene principalmente del Sistema General de Participaciones. Asimismo, deja claro que ninguna otra autoridad puede modificar este beneficio, en línea con las normas que regulan el régimen salarial de los empleados públicos.

Es importante poner en contexto de dónde sale el aumento total. El incremento salarial de los docentes en 2026 no proviene de una sola fuente, sino de la suma de varios componentes. Por un lado, está la inflación de 2025, que cerró en 5,1 %, y que sirve como base para ajustar los salarios. A eso se le añade un 1,9 % adicional acordado entre el Gobierno y la Mesa de Negociación Estatal dentro del Pliego Unificado. A esos dos elementos se suma entonces este 0,4 % adicional. Aunque técnicamente no todo se incorpora de la misma forma al salario base, en términos prácticos sí impacta el ingreso total de los docentes. Al combinar todos estos factores, el incremento global para 2026 alcanza entonces cerca del 7 %.

¿Cómo quedan los salarios para los docentes en 2026?

📚 Normalistas o sin título profesional

  • Nivel 1A: COP 3.050.390.
  • Nivel 1B: COP 3.888.888.
  • Nivel 1C: COP 5.012.416.
  • Nivel 1D: COP 6.213.773.

📚 Licenciados o profesionales no licenciados sin especialización

  • Nivel 2A: COP 3.839.130.
  • Nivel 2B: COP 5.016.298.
  • Nivel 2C: COP 5.858.964.
  • Nivel 2D: COP 7.001.457.

📚 Licenciados o profesionales no licenciados sin especialización

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  • Nivel 2A: COP 4.172.873.
  • Nivel 2B: COP 5.331.467.
  • Nivel 2C: COP 6.604.987.
  • Nivel 2D: COP 7.816.557.

📚 Licenciados o profesionales no licenciados con maestría (Grado 2)

  • Nivel 2A: COP 4.415.997.
  • Nivel 2B: COP 5.768.743.
  • Nivel 2C: COP 6.737.806.
  • Nivel 2D: COP 8.051.672.

📚 Licenciados o profesionales no licenciados con doctorado (Grado 2)

  • Nivel 2A: COP 4.990.866.
  • Nivel 2B: COP 6.521.189.
  • Nivel 2C: COP 7.616.648.
  • Nivel 2D: COP 9.101.882.

📚 Licenciados o profesionales no licenciados con maestría (Grado 3)

  • Nivel 3A: COP 6.425.429.
  • Nivel 3B: COP 7.607.954.
  • Nivel 3C: COP 9.409.175.
  • Nivel 3D: COP 10.902.438.

📚 Licenciados o profesionales no licenciados con doctorado (Grado 3)

  • Nivel 3A: COP 8.523.828.
  • Nivel 3B: COP 9.998.908.
  • Nivel 3C: COP 12.634.900.
  • Nivel 3D: COP 14.504.447.

Para los maestros cuyo sueldo está regido por la tabla salarial definida en el Decreto 2277 de 1979, el ajuste será así:

  • Grado A: COP 1.809.274.
  • Grado B: COP 2.004.275.
  • Grado 1: COP 2.246.189.
  • Grado 2: COP 2.328.325.
  • Grado 3: COP 2.470.796.
  • Grado 4: COP 2.568.332.
  • Grado 5: COP 2.730.323.
  • Grado 6: COP 2.888.121.
  • Grado 7: COP 3.232.157.
  • Grado 8: COP 3.550.320.
  • Grado 9: COP 3.933.015.
  • Grado 10: COP 4.306.364.
  • Grado 11: COP 4.917.261.
  • Grado 12: COP 5.849.370.
  • Grado 13: COP 6.474.803.
  • Grado 14: COP 7.374.130.

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