El Decreto 1279 de 2002 nació con una intención correcta: crear incentivos para que los profesores de las universidades públicas colombianas produjeran conocimiento de calidad, visible y evaluable, y para fortalecer el sistema científico del país. Este diseño contribuyó a aumentar la producción académica, consolidar grupos de investigación y mejorar la presencia internacional de Colombia. Sin embargo, el mecanismo escogido de convertir publicaciones en puntos salariales permanentes terminó generando distorsiones que hoy ponen en riesgo tanto la sostenibilidad financiera como la legitimidad social de la universidad pública.
El funcionamiento del 1279 es bien conocido en el mundo académico. Cada publicación aprobada por un comité se traduce en puntos que incrementan de manera indefinida el salario mensual del profesor y todas sus prestaciones. Los puntos no caducan, no se revisan y no dependen del desempeño reciente. Así, una publicación hecha hace veinte años sigue teniendo impacto salarial hoy. El problema no es que se premie la investigación, sino que ese premio sea permanente, acumulativo y salarial, sin topes efectivos ni relación clara con la disponibilidad presupuestal de las instituciones.
(Lea Silvia Gette volvió a la rectoría de la Universidad Autónoma del Caribe después de 13 años)
Conviene insistir en algo que suele perderse en el debate público: Colombia sí necesita incentivar la producción intelectual de alta calidad en sus universidades públicas. Basta mirar la inserción internacional del sistema para entenderlo. Hoy apenas alrededor de diez universidades colombianas aparecen en el ranking QS, un número reducido si se compara con países de tamaño y población similares. Mejorar esa presencia no es un capricho de rankings, sino una forma de atraer talento, recursos externos, cooperación internacional y estudiantes de alto nivel.
Para lograrlo, la investigación rigurosa y visible es indispensable para fortalecer la capacidad del país de generar conocimiento propio, incidir en debates científicos y culturales globales, resolver problemas sociales y productivos con evidencia, y reducir la dependencia intelectual y tecnológica de agendas definidas fuera de su contexto.
(Lea Consejo de Estado ratificó la elección del rector de la Universidad Tecnológica de Pereira)
La evidencia internacional, y también la experiencia de algunas universidades privadas de alta calidad, muestra caminos más equilibrados. En otros sistemas universitarios, la investigación se incentiva de manera ocasional, no como salario vitalicio. Se reconocen resultados en períodos definidos, se otorgan bonos temporales, apoyos a proyectos o mejoras contractuales revisables, pero rara vez una publicación individual se convierte en un aumento permanente del sueldo. Además, existen topes anuales claros: publicar mucho en un mismo año no genera beneficios ilimitados, porque la cantidad no sustituye a la calidad.
El diseño actual del decreto 1279, en cambio, ha generado incentivos perversos que poco tienen que ver con la excelencia académica. En algunos casos, el sistema estimula prácticas como acuerdos implícitos de “yo te incluyo como autor y tú me incluyes”, que inflan artificialmente la productividad sin que exista necesariamente un aporte intelectual proporcional. Cuando cada coautoría se traduce en puntos salariales permanentes, la colaboración académica puede deformarse y convertirse en una estrategia de acumulación.
El resultado extremo de estas distorsiones es conocido: un número muy reducido de profesores que, gracias a la acumulación histórica de puntos, ha llegado a devengar salarios mensuales cercanos a los 90 millones de pesos, cifras difíciles de justificar en un sistema público con restricciones presupuestales severas y múltiples necesidades insatisfechas. Estos casos no representan a la mayoría del profesorado, pero revelan con claridad que el problema no es la investigación, sino un esquema de incentivos mal calibrado.
Una reforma sensata del 1279 debería avanzar hacia incentivos no permanentes ni salariales, con techos máximos anuales y criterios más exigentes sobre qué se reconoce. No todas las publicaciones deberían recibir incentivo económico. El foco debería estar en revistas indexadas de alto impacto, preferiblemente en cuartiles Q1 y Q2, y en trabajos claramente relacionados con las áreas disciplinares de la facultad a la que está adscrito el profesor. Incentivar cualquier publicación, sin distinción de impacto ni pertinencia, termina premiando el volumen antes que la calidad.
Al mismo tiempo, la evaluación del desempeño académico no puede reducirse a pagar artículos. En los sistemas universitarios más sólidos, la investigación es solo uno de varios componentes: también cuentan la capacidad de atraer recursos externos, la calidad de la docencia, las evaluaciones de estudiantes y pares, la dirección de tesis y el servicio institucional. Este enfoque integral reconoce mejor el trabajo real del profesor universitario y evita que la lógica salarial quede secuestrada por un solo indicador.
Todo esto es aún más relevante si se considera que los profesores universitarios en Colombia cuentan con un tratamiento tributario diferencial: mientras el resto de los trabajadores puede descontar solo el 25 por ciento de sus ingresos laborales como renta exenta, los docentes universitarios pueden llegar hasta el 50 por ciento. Este elemento refuerza la necesidad de que los incentivos se diseñen con prudencia y responsabilidad fiscal.
Reformar el 1279 no significa castigar a los profesores ni debilitar la investigación. Significa proteger el sistema universitario público y asegurar que los incentivos realmente promuevan excelencia académica, impacto y sostenibilidad. Incentivar la investigación es indispensable; hacerlo de manera permanente, salarial y sin límites es, hoy, una amenaza para el futuro de la educación superior pública en Colombia.
*Decana de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad Javeriana
👩🏫📄 ¿Quieres conocer las últimas noticias sobre educación? Te invitamos a verlas en El Espectador. ✏📚