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Junio marca para los trabajadores colombianos la llegada de la primera prima legal del año, una prestación social equivalente a 15 días de salario por semestre laborado. Esta también aplica para los docentes en Colombia, que la recibirán durante las primeras dos semanas de julio.
Como explicamos en esta nota, la base para calcular la prima son los ingresos que constituyen salario, es decir, aquellos que se reciben de forma fija y habitual como retribución directa por el trabajo. Por eso, sí deben incluirse el salario básico mensual, las horas extras, recargos nocturnos, dominicales y festivos, siempre que se paguen con frecuencia, así como cualquier bonificación que haga parte permanente del salario.
Por su parte, Fecode, el principal sindicato de maestros en el país, explica que “cuando a 30 de junio el docente o directivo docente no haya trabajado el año completo, tendrá derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional siempre que hubiere prestado sus servicios en la misma entidad territorial certificada en educación por un término de seis meses”.
🧩Compartimos información clave sobre la Prima de Servicios para los y las docentes: pic.twitter.com/G3ECxlKjfi
— fecode (@fecode) June 16, 2025
En ese sentido, los docentes que hayan laborado un tiempo no menor de seis meses tendrá derecho en forma proporcional, incluidos quienes se hayan retirado del servicio.
“Si el docente ha sido trasladado de una entidad territorial a otra, el pago lo realizarán las entidades territoriales de manera proporcional al tiempo laborado en cada una de ellas”, explicó Fecode, a través de redes sociales.
Calcule su prima para junio de 2025
Supongamos que una persona devenga el salario mínimo mensual legal vigente para 2025, que es de $1.423.500, y también recibe el auxilio de transporte de $162.000, al estar por debajo del umbral de dos salarios mínimos.
Además, cada mes recibe en promedio $150.000 en horas extras, un pago que sí forma parte del salario siempre que sea habitual.
Para efectos del cálculo de la prima, el auxilio de transporte no se incluye porque no constituye salario. En cambio, las horas extras sí deben sumarse al salario base. La base de liquidación, entonces, sería de $1.573.500 ($1.423.500 de salario básico más $150.000 de horas extras).
Si esta persona trabajó todo el semestre sin interrupciones mayores a 180 días, su prima se calcularía así:
(1.573.500×180) ÷360 = $786.750
Ese sería el valor de la prima legal que le corresponde por haber laborado todo el semestre con ese nivel de ingresos.
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