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Designación de Peña a la rectoría de la U. Nacional fue legal, pero no se reintegrará al cargo

El Consejo de Estado acaba de decidir que no anulará la elección de Peña a la rectoría de la U. Nacional, pero aclara que eso no significa su regreso al cargo.

Redacción Educación

04 de septiembre de 2025 - 07:23 p. m.
Leopoldo Múnera y José Ismael Peña.
Foto: El Espectador
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El Consejo de Estado decidió, en una sentencia conocida este jueves 4 de septiembre, no anular la elección de José Ismael Peña Reyes como rector de la Universidad Nacional, aunque aclaró que este fallo no significa su retorno al cargo.

“La Sección Quinta valoró las pruebas allegadas y encontró demostrado que el Consejo Superior Universitario de la Universidad Nacional adelantó el proceso electoral que culminó con la elección del demandado de conformidad con las normas legales y estatutarias que lo regulan”, informó el alto tribunal, a través de un comunicado.

Esta es la respuesta a uno de los dos procesos judiciales que actualmente cursan en este tribunal y que se centraba en determinar si era legal o no la designación de José Ismael Peña como rector de la Universidad Nacional para el período 2024 - 2027.

El complejo camino hacia la rectoría de la Nacional, la universidad pública más importante del país, se remonta a marzo de 2024, cuando, tras más de nueve horas de deliberación, el Consejo Superior Universitario (CSU), máximo órgano de decisión de las universidades estatales, designó a Peña para ocupar el cargo.

Peña, quien era el vicerrector de la sede de Bogotá, se posesionó ante una notaría, a pesar de que la comunidad universitaria rechazó la decisión, se organizaron una serie de protestas y la entonces ministra de Educación, Aurora Vergara, se negó a dar el aval de esta designación.

En la demanda presentada ante el Consejo de Estado, los accionantes (entre los que se encuentran Erick Adrián Velasco, Leopoldo Múnera, Alberto Yepes, Rodrigo Uprimny y Cristian Estiben Dulcey) argumentaron que se habría violado las normas estatutarias de la universidad durante el proceso de designación de Peña, en particular por el método que usaron los representantes del CSU para elegirlo.

Como ya hemos contado en las páginas de este diario, al parecer se empleó el método Borda, una aplicación práctica de la teoría de juegos. Para entenderlo mejor piense que tres personas (P1, P2 y P3) van a votar por cuatro candidatos (Ca, Cb, Cc y Cd) y deben elegir a la persona con más votos, pero, además, tienen que votar dos veces. De entrada los electores saben que los votos van a ser: P1 por Ca, P2 por Cb y P3 por Cc y, como tienen que votar dos veces, en su primera elección lo más probable es que voten también por el D. Al final, Ca, Cb y Cc tendrán un voto, mientras que Cd obtendrá tres, siendo el ganador de la contienda.

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A pesar de las críticas, esta metodología es válida, ya que la Ley 30 no establece un mecanismo específico para la elección de rector y otorga libertad al CSU para definirlo. Por ello, la votación puede ser directa, compuesta o ponderada. Y esto fue confirmado por el Consejo de Estado.

“Como fundamento de su decisión, la Sala de lo Electoral concluyó que se respetó el resultado de la consulta previa realizada a la comunidad académica y que el método de votación con el que se eligió a José Ismael Peña Reyes se adoptó con las mayorías requeridas y, además, se aplicó en debida forma”, afirmó la Sección Quinta del Consejo de Estado.

En ese sentido, uno de los punto que abordó el Consejo de Estado es sobre si, a través de la metodología utilizada para elegir a Peña, no se atendió a la regla de la mayoría absoluta exigida por los estamentos de la universidad.

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“Sin embargo, como da cuenta el acta de la sesión eleccionaria, las rondas de votación ponderada fueron un mecanismo de selección de los candidatos con mayor apoyo o aceptación de la asamblea, que permitió descartar aquellos con menor respaldo, para luego votar por un solo candidato, siendo el demandado quien alcanzó la mayoría requerida para ser elegido rector, con un total de 5 votos de 8 posibles. En ese sentido, la Sala advierte que el proceso de elección sí cumplió con la mayoría absoluta requerida”, indicó el alto tribunal.

Por su parte, en esta misma línea, la Sala resaltó que definir la metodología para elegir al rector de la Universidad Nacional no significó modificar los estatutos ni el reglamento del CSU, como sostienen los demandantes, debido a “que es la propia regulación interna del ente universitario la que establece que es deber de dicho colegiado escoger y aplicar el sistema de votación que sea acordado para la elección de su rector. Las propias normas internas de la universidad indican que ese consejo es el encargado de decidir y aplicar el sistema de votación para escoger a su rector”.

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El alto tribunal rechazó el argumento de que el CSU hubiera desconocido la consulta previa a la comunidad académica de la Universidad Nacional, en la que resultó ganador Leopoldo Múnera. “Contrario al dicho de la parte demandante, atender los resultados de dicha consulta, no significa que el CSU de la UNAL deba designar como rector al aspirante que mayor votación obtuvo en la misma”, se lee en el fallo.

El Consejo de Estado también se reiteró que la posesión por parte de Ismael Peña en una notaria no implicó en alguna irregularidad en su posesión. “Con relación a lo expuesto, esta Sección ya se ha pronunciado de forma reiterada, en el sentido de señalar que las irregularidades relacionadas con la posesión no tienen la entidad para afectar la legalidad del acto de elección, comoquiera que se trata de una formalidad posterior a ella, que no está relacionada con la voluntad de la administración para designar”.

Antes de que se conociera esta sentencia, el pasado miércoles 3 de septiembre, el actual equipo directivo de la Universidad Nacional, encabezado por Leopoldo Múnera, emitió un comunicado en el que aseguró que se “respetarán y cumplirán las dos sentencias definitivas que serán proferidas por el Consejo de Estado en los próximos días”.

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Aunque esta decisión se esperaba desde finales de julio, aún no se ha cerrado definitivamente la disputa por la rectoría de la Universidad Nacional, pues falta el fallo del otro proceso judicial, en el que el eje de la discusión es la designación de Múnera como rector.

El 6 de junio, tras una serie de plantones y protestas, el CSU convocó a una sesión extraordinaria con un único punto en la agenda: definir la situación de la rectoría. En esta reunión, el entonces viceministro de Educación Superior, Alejandro Álvarez, propuso repetir la votación entre los cinco candidatos con mayores puntajes en la consulta a la comunidad educativa. Tres consejeros anunciaron su decisión de abstenerse y, tras varias horas de deliberación, Múnera fue designado como rector.

Puede leer acá la sentencia completa:

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