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El mundo al revés de los permisos de los espectáculos (Opinión)

En esta nueva entrega de “Abran puertas, que comience el espectáculo”, se reflexiona sobre las dificultades que representa el modelo para la autorización de eventos en Colombia.

Diana Therán Acevedo

08 de mayo de 2026 - 10:05 a. m.
El lograr un aval anual para la realización de eventos exige meses de trabajo técnico, equipos especializados y un análisis riguroso para definir medidas de prevención y corrección del riesgo.
Foto: Cortesía Movistar Arena
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¿Han visto que en ocasiones nos acostumbramos a funcionar al revés? Quizá no nos detenemos un momento a repensar cómo lo estamos haciendo y por qué. En la esfera de los espectáculos, hay un aspecto que funciona precisamente así.

Se trata de un paso ineludible para la realización de estos eventos: la autorización ante las instancias municipales o distritales. Este proceso lleva años haciéndose por el camino más largo y menos eficiente, contrario a cómo funciona en otros lugares del planeta.

Vamos a Bogotá, ciudad que en 2025 logró el 53% del recaudo de la contribución parafiscal del país, y que hoy cuenta con recintos especializados con una programación permanente de espectáculos artísticos, creados, adecuados y dotados especialmente para ello.

Pensemos en espacios como el Movistar Arena, que en el año pasado realizó más de 95 espectáculos (110 funciones), el Royal Center con más de 65 espectáculos (140 funciones), el Teatro Mayor Julio Mario Santo Domingo con más de 90 espectáculos (150 funciones), el Teatro Colón con más de 60 espectáculos (130 funciones), el Teatro Jorge Eliécer Gaitán con más de 95 espectáculos (99 funciones), o el Teatro Astor Plaza con más de 70 espectáculos (140 funciones), según el registro del Ministerio de las Culturas.

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La mayoría de estos eventos, por aspectos como el aforo y las dimensiones del recinto, corresponde a una complejidad alta o media en términos de gestión del riesgo, lo cual los obliga a contar con una resolución de autorización. Para ello, es necesario que la Secretaría de Gobierno emita un acto administrativo que a su vez valide la existencia de los conceptos técnicos favorables de siete entidades más: Alcaldía Local, Instituto de Gestión de Riesgos (Idiger), Cuerpo de Bomberos, Secretaría de Salud, Secretaría de Movilidad, Policía Metropolitana y Secretaría de Ambiente.

Es decir, que si tomamos como muestra 400 espectáculos de estos seis escenarios, para su realización en un año se requirieron por lo menos 2.800 actos administrativos emitidos por ocho entidades distritales. Preguntarse es inevitable: ¿tiene sentido repetir el mismo proceso cientos de veces para escenarios que ya han demostrado, de manera sostenida, su capacidad técnica y operativa?

La respuesta, en casi cualquier lugar del mundo, es: no. En Colombia sería: así se ha hecho siempre. Sin embargo, existe un permiso permanente derivado de un reconocimiento que aún no logramos aprovechar del todo. Para entender por qué, hay que hacer memoria.

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Este modelo de autorizar uno a uno los espectáculos tuvo sentido cuando la industria apenas se consolidaba. Hace más de quince años, la prioridad era otra: crear infraestructura y formalizar el sector. Y funcionó. Hoy, en varias ciudades, el contexto es distinto. Existen recintos especializados, con programación permanente y condiciones técnicas estables y adecuadas para la protección de la seguridad humana. Pero la lógica de las autorizaciones sigue siendo la misma.

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Aunque nuestra normativa cuenta con una figura para que los escenarios culturales de las artes escénicas sean reconocidos y puedan optar por un permiso permanente de un año, en Bogotá solo dos de los 89 escenarios culturales con esta programación permanente cuentan hoy con esta autorización anual: el Movistar Arena y el Royal Center.

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En el resto del mundo, los recintos donde se generan aglomeraciones logran una certificación o licenciamiento que les permite operar sin tener que someter una a una las actividades que allí realizan; eso sí, están sujetos constantemente a verificación de las condiciones de funcionamiento.

Quizá lo que da más sentido a esta herramienta es que quien mejor conoce los riesgos de un recinto no es quien llega ocasionalmente a producir un evento, sino quien lo opera de manera permanente. Por eso, el encargado del espacio debe ser también quien gestione sus riesgos. Así lo estableció el Decreto 2157 de 2017, cuando determinó que los responsables de los espacios donde se desarrollan las aglomeraciones son quienes deben realizar los planes de gestión del riesgo de desastres.

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Esto es distinto cuando un productor debe crear un escenario temporal para un festival al aire libre, como ocurre en los parques. En esos casos, las condiciones se construyen desde cero: cada estructura, cada acceso y cada recorrido responde a una configuración particular del evento. En cambio, en escenarios con operación permanente, esas condiciones ya existen, han sido evaluadas y son gestionadas de manera continua por quien administra el recinto.

Lograr este aval anual exige meses de trabajo técnico, equipos especializados y un análisis riguroso para definir medidas de prevención y corrección del riesgo. Es un ejercicio exigente de cumplimiento y parametrización.

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A pesar de este esfuerzo, persiste una inercia —tanto en quienes operan como en quienes autorizan— que dificulta migrar hacia un modelo de responsabilidad reforzada por parte de los escenarios, aun cuando este resulta más lógico que repetir el mismo proceso una y otra vez por años. No se trata de que se esté haciendo mal; hay que reconocer que de lado y lado se ha fortalecido esta industria con sus aportes. Sin embargo, existen mejores formas: optimizar no siempre es hacer más, sino simplificar para concentrarse en lo que realmente requiere atención.

Esta figura, de tímida ejecución, puede consolidarse y convertirse en una vía más accesible para escenarios que ya han demostrado capacidad de respuesta y planeación frente a las contingencias propias de las aglomeraciones, especialmente en contextos artísticos.

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Lo lógico sería aprovecharla e ir migrando esa mentalidad del permiso por permiso a una de responsabilidad continua y de cumplimiento demostrado. No es eliminar el control, sino reconocer que quien ha operado con idoneidad reiterada merece un marco que lo refleje. Menos actos administrativos repetidos sobre lo mismo es también una decisión de eficiencia: libera capacidad institucional para concentrarse donde el control genere más resultados. La regulación más eficiente no es la que más veces interviene, es la que interviene mejor.

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