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David vs. Goliat, en versión criolla

Un ama de casa, Rosita Castillo de Ibarra, venció en juicio civil y penal al gigante Bancolombia

El Espectador

11 de septiembre de 2010 - 10:00 p. m.
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Un ama de casa, Rosita Castillo de Ibarra, venció en juicio civil y penal al gigante Bancolombia. Recibió en herencia acciones de Bavaria, del antiguo Banco de Colombia y de Coltabaco hace 39 años. Las dejó en custodia en la sede cartagenera de esa entidad y se ‘perdieron’. El banco actual “heredó” el problema. Falta el último ‘round’.

Cecilia Orozco Tascón.- ¿En qué año se casó usted con doña Rosita?

Alfonso Ibarra.- El 22 de diciembre de 1967.

C.O.T.- Entonces cuando ella recibió la herencia, ¿ya era su esposa?

A.I.- Sí. Como a mí me trasladaban mucho por mi trabajo a otras ciudades, Rosita depositó las acciones en el Banco de Colombia y le dieron un certificado que dice que las acciones no eran endosables ni transferibles; que los dividendos debían ser girados a nombre de Rosita María Castillo de Ibarra en cheque de gerencia; y que para poder cancelar el contrato de custodia era necesario entregar el original debidamente cancelado. Ella guardó el original del documento hasta cuando quiso reclamarlas.

C.O.T.- ¿Cómo descubrieron que ya no existía la herencia de su esposa?

A.I.- Cuando mandamos la carta al banco preguntando por las acciones y los dividendos, y allá no contestaban, nos pusimos a investigar con las compañías emisoras de las acciones y con el número del título. Así descubrimos que habían sido vendidas en el año 72, o sea un año después de que Rosita se las entregó al banco. El doctor Jorge Millán Ortegón, empleado del banco durante 18 años, nos dio la razón. Hicimos cuentas de la deuda con intereses corrientes y de mora. Daba cerca de 4 o 5 mil millones de pesos.

C.O.T.- ¿De cuál año?

A.I.- De 1997. Negociamos por $2.600 millones. Cuando regresamos el lunes siguiente habían retirado del cargo al doctor Millán. El nuevo abogado dijo que estábamos locos.

C.O.T.- Muchos juzgados han conocido esta demanda, ¿el lío mayor es por el monto de la deuda?

A.I.- Es verdad que la demanda ha pasado por varios juzgados y que ha habido varios peritos. Estábamos en el año 2000, y uno de ellos calculó que el banco tenía que pagar $7 mil millones. Después volvieron a trasladar el proceso. Lo mandaron a Facatativá y allá una jueza dijo que eran $46 millones. Apelamos ante el Tribunal Superior de Bogotá por la absurda diferencia entre una suma y otra. Y éste sentenció ordenando que se le pagara a la demandante el valor de las acciones y los dividendos, desde el primer período de causación hasta el día de su pago.

C.O.T- Según ese fallo, ¿cuánto les estaría debiendo a ustedes Bancolombia?

AI.- Pese a que ya había un dictamen pericial y era un proceso para ejecutar el pago, el juez ordena que otro perito haga nuevos cálculos. El abogado de mi señora se opuso, pero de todas maneras se ejecutó el peritaje y el resultado fue que, a la fecha de la sentencia, el banco le debía a mi señora $72 mil 400 millones.

C.O.T.- ¿A qué hora se subió tanto la deuda?

A.I.- Se incrementó porque además del valor de las acciones y el valor de los dividendos, se condenó al banco a pagar sobre esos dividendos los intereses corrientes desde el año 1972 hasta el año 1997 en que se reclamaron. E intereses de mora desde el año 97 hasta cuando paguen.

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C.O.T.- Esa suma es inalcanzable ¿El banco ha reconocido algún derecho de su esposa o sigue negando todo a pesar de que acaba de salir en la Corte Suprema la decisión del proceso penal a favor de ustedes?

A.I.- Reconocen la validez del pleito, pero quieren liquidar la deuda a su antojo.

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C.O.T.- Ustedes fueron denunciados por el banco, pero su hija también parece haber sido víctima de este enfrentamiento. ¿Qué sucedió?

A.I.- ¿Sabe qué hizo el banco antes de poner la denuncia contra nosotros? Mi hija María Cecilia trabajaba en Almacenar, una empresa que era propiedad del banco. La llamaron un día y le pidieron la renuncia por “reestructuración”. A los tres días nos llegó la citación a la Fiscalía por estafa, fraude procesal y falso testimonio. De una vez nos citaron a indagatoria y nos llamaron a juicio. Después supimos que la esposa del Fiscal General, Luis Camilo Osorio, trabajaba para el banco.

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C.O.T.- ¿Por qué cree que el banco no se preocupa por este pleito?

A.I.- Porque tiene una garantía con Fogafin. Significa que cuando le paguen a la señora Rosita de Ibarra, van a cobrarle a Fogafín.

C.O.T.- Los dineros de Fogafín son públicos.

A.I.- Exactamente.

Abogado de la demandante

“Actitud del banco ha sido agresiva”

Cecilia Orozco Tascón.- ¿Cuánto hace que conoce el proceso de Rosita Castillo de Ibarra contra el Banco de Colombia primero, y Bancolombia después?

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Labrenty Palomo Meza.- Desde cuando se inició la reclamación jurídica.

C.O.T.- ¿Por qué inician ustedes esa reclamación?

L.P.M.- Porque cuando pregunta por ellas, doña Rosita establece que las acciones que había dejado en custodia en el banco se habían perdido. Entonces, le pidió al banco que le reconociera sus derechos y éste, en vez de tratar de arreglar la situación, primero dijo que iba a hacer una investigación interna, y luego citó a la familia por intermedio mío. Para sorpresa de todos, incluida la mía, el vicepresidente jurídico del banco dijo que había descubierto que esas acciones las había cobrado de manera fraudulenta el señor Alfonso Ibarra, esposo de doña Rosita.

C.O.T.- ¿Qué propuso ante esa situación?

L.P.M.- Que la familia Ibarra Castillo dejara las cosas así a cambio de que el banco no formulara denuncia penal en contra de la pareja. Yo reaccioné. Le contesté que no me parecía una propuesta legítima ni correcta. Le dije que si el banco tenía pruebas de que había habido irregularidades, debía ponerlo en conocimiento de las autoridades. Y que si él demostraba que eso era cierto, me retiraba del caso. Todo esto consta en una carta que le envíe en su momento al funcionario.

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C.O.T.- ¿Cree que ese funcionario del banco los estaba presionando?

L.P.M.- Claro que sí. Debo precisar que él también aseguró que el banco tenía poder suficiente con la Fiscalía para complicarle la vida a la familia Ibarra y para llevar a la pareja a la cárcel. Salimos asombrados de la reunión.

C.O.T.- ¿Qué les aconsejó usted a los esposos Ibarra?

L.P.M.- Les pedí que me dijeran la verdad. Don Alfonso dijo que estuviera tranquilo, que nunca había hecho nada impropio. Les aconsejé poner en conocimiento de las autoridades esa situación porque era seguro que la estrategia del banco consistiría en denunciarlos. Se hizo, pero la Fiscalía dictó auto inhibitorio sin hacer ningún tipo de averiguación. Y el Consejo Superior de la Judicatura, donde también habíamos demandado al vicepresidente del banco, concluyó que él no había actuado como abogado sino como empleado y que por eso no le cobijaba ningún tipo de responsabilidad.

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C.O.T.- ¿Cuáles fueron sus argumentos en la demanda civil?

L.P.M.- Que había responsabilidad contractual del banco con doña Rosita, porque en el documento que ella tenía era claro que el banco se comprometía a guardar las acciones y a no entregárselas sino a ella junto con todos los rendimientos, en un cheque de gerencia. Como la familia Ibarra Castillo fue acomodada económicamente, doña Rosita dejó esas acciones en el banco aunque nunca le llegaron los dividendos. Cuando quiso reclamarlas, habían desaparecido.

C.O.T.- ¿No haber hecho reclamo alguno durante tantos años, ¿implicaba pérdida de derechos?

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L.P.M.- No, en absoluto. Precisamente la naturaleza del contrato de depósito, que fue el que hizo doña Rosita con el Banco de Colombia, es que no tiene término, de tal suerte que el contrato está vigente hasta que el depositante reclame lo suyo o el depositario ejerza acciones necesarias para que el depositante lo retire.

C.O.T. ¿Cómo ha sido la actitud del banco en este período tan largo del pleito?

L.P.M.- Totalmente evasiva y agresiva.

C.O.T.- El banco, que denunció penalmente al señor Ibarra por haber presuntamente falsificado la firma de la esposa y a ella por fraude, ¿pudo probar que esas denuncias eran ciertas?

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L.P.M.- No. Por eso hay fallo de última instancia a favor de los esposos Ibarra. Por unanimidad la Sala Penal confirmó la sentencia tanto del Tribunal como la del juez del circuito, según la cual se absuelve a la pareja de los delitos de fraude procesal y tentativa de estafa. Hay que decir que el banco instaura denuncia penal contra ellos varios años después de iniciado el proceso civil y cuando éste iba por muy buen camino para los esposos Ibarra.

C.O.T.- El proceso civil, ¿ha llegado también a la última instancia?

L.P.M.- Sí. La Corte confirmó también la responsabilidad contractual del banco y lo condena a pagar la indemnización correspondiente por la pérdida de las acciones y el no pago de los dividendos más los intereses corrientes y de mora. Terminado el proceso ordinario, y si el vencido se niega a cumplir la sentencia, al vencedor le corresponde iniciar un proceso ejecutivo. En eso estamos hoy.

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C.O.T.- ¿La discusión de fondo es el monto de lo que el banco le adeuda a doña Rosita?

L.P.M.- Sí. El banco acepta que doña Rosita ganó, pero discute la liquidación y no acata los resultados de los peritajes que se han dado dentro de los procesos. En el curso de los mismos ha habido sumas muy altas y otras pírricas. Por eso decidimos apelar ante el Tribunal. Éste dictó una sentencia muy clara y fijó parámetros de cálculo de la deuda muy sencillos.

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C.O.T.- ¿Cuánto le debe el banco a doña Rosita?

L.P.M.- Según la fórmula del Tribunal, por encima de los $100 mil millones. Sé que eso suena increíble, pero el problema financiero se explica por la cantidad de años que han pasado y porque los intereses crecen cada día.

C.O.T.- ¿Cree que Bancolombia buscará un acuerdo con doña Rosita?

L.P.M.- Lamentablemente me parece que la posición del banco, más que jurídica, es casi personal en contra de doña Rosita y el señor Alfonso Ibarra.

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C.O.T.- ¿Ustedes no han intentado acercarse a los apoderados o al departamento jurídico de Bancolombia?

L.P.M.- En dos ocasiones le pedí cita al apoderado del banco. Me senté con él y nunca se me olvida su respuesta. Me dijo: “Mi propuesta es cero pollitos, cero huevitos”. Primero, me pareció despreciativo. Segundo, algo pueril para un jurista de la fama y la talla de él.

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Multimillonaria en potencia

“Era raro: el banco no contestó”

 Cecilia Orozco Tascón.- ¿Cuándo empezó la historia de las acciones que usted heredó y quién se las dejó?

Rosita Castillo Valiente de Ibarra.- Mis abuelos maternos me dejaron, como herencia, unas acciones de Bavaria, del Banco de Colombia de entonces y de la Compañía Colombiana de Tabaco en 1971.

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C.O.T.- Usted nació en Bogotá, pero vivía con sus abuelos cartageneros, ¿Por qué?

R.C.V.- Porque mi mamá murió cuando yo nací. Ella también se llamaba Rosa y mis abuelos, Miguel Valiente y Rosa María Tono. Mi padre era Alfonso Castillo Gómez (columnista de El Espectador durante 34 años).

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C.O.T.- ¿En qué consistía su herencia?

R.C.V.- Eran cerca de $24.000 (veinticuatro mil pesos) en acciones que puse en custodia en el Banco de Colombia, de Cartagena.

C.O.T.- ¿Qué le entregó el banco?

R.C.V.- Un certificado con todas las condiciones que tenía la custodia de las acciones.

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C.O.T.- ¿Cuántos años después volvió a acordarse de esas acciones?

R.C.V.- Nunca las olvidé. Pero como a mi esposo le iba bien económicamente, no necesité reclamar las acciones o sus dividendos. Cuando solicité, en 1997 (26 años después del depósito) un estado de cuenta, el banco no me contestó. Como eso era raro, me preocupé y fuimos allá con mi esposo. La primera reacción de los funcionarios fue preguntarme de dónde había sacado ese certificado y me insinuaron que me lo había robado. A partir de ese momento empezó todo.

C.O.T.- ¿Significa que alguien le robó al banco sus acciones o cree que la entidad se involucró en ese movimiento irregular?

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R.C.V.- No lo sé, pero el hecho es que desde la reclamación el banco ha dicho y hecho todo lo posible para no responder por su obligación conmigo.

C.O.T.- ¿Qué le dijo el banco? Es raro que no haya asumido su deber.

R.C.V.- Seguramente no creyeron que tendríamos la constancia para reclamar. Hasta me pidieron que me dejara hacer una prueba grafológica para verificar si la firma que aparecía en el certificado era la mía. Pensaron que iba a decir que no o que la prueba iba a demostrar que no era la dueña del documento. Cuando un abogado del banco vio el resultado de la prueba dijo que nosotros íbamos a ganar. Y se marginó del pleito.

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Historia del pleito

 Todo se inició en 1971 en Cartagena cuando Rosita Castillo de Ibarra, hija de Alfonso Castillo Gómez —emblemático columnista de humor de El Espectador que escribió en este diario durante 34 años (1948 a 1982)— recibió una herencia de sus abuelos maternos. Eran 1.016 acciones de Bavaria; 891 acciones del antiguo Banco de Colombia y 412 acciones de la Compañía Colombiana de Tabaco que fueron tasadas en $24 mil. Recién casada y sin necesidades económicas, la señora Castillo depositó, en calidad de custodia, sus acciones en esa entidad. 26 años después las reclamó, pero se encontró con la sorpresa de que no permanecieron allí sino un año. Alguien las vendió y reclamó los dividendos en 1972. Se inició un proceso civil que ya llegó a término en los tribunales: Bancolombia, entidad derivada de la de los años 70, fue condenada a pagarle a la heredera acciones, dividendos, intereses corrientes y de mora. El banco interpuso denuncia penal: responsabilizó al esposo de doña Rosita, Alfonso Ibarra, del robo de las acciones. La Sala Penal de la Corte Suprema acaba de sentenciar que esa imputación no fue demostrada. Absolvió a la pareja de intento de estafa y fraude procesal. Ahora la última batalla es por el valor económico de la condena.

La posición de Bancolombia

 Consultados por El Espectador, Bancolombia, su departamento jurídico y su apoderado decidieron no dar declaraciones. El abogado del proceso civil afirma que no le dará explicaciones a la prensa y que se atiene a los resultados en los tribunales. La posición del banco continúa siendo similar a la que ha tenido desde el inicio de la demanda: acatar los fallos, pero no admitir la cuantía derivada de los peritajes realizados en varios juzgados y etapas del proceso. En una de las instancias, el banco consignó, a nombre de doña Rosita, $78 millones. Y asume que con esa cifra ya le pagó. Lejos de lo que, según los cálculos de algunos peritos, está tasada la deuda: $100 mil millones. Pese a que las sentencias le han sido adversas, la entidad bancaria no acepta haber incumplido el contrato de custodia que firmó su antecesora en 1971 con la heredera de las acciones depositadas. Y, en consecuencia, tampoco está de acuerdo con la multimillonaria reclamación de la familia Ibarra Castillo. El caso de doña Rosita no ha sido seguido con mucha frecuencia por los medios de comunicación, pero en dos ocasiones (1998 y 2006) su historia parcial fue publicada en un diario de circulación nacional. En esos momentos, Bancolombia tuvo igual actitud a la de hoy. Los juristas que han intervenido en este caso a nombre del banco son los más renombrados del país.

Por El Espectador

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