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Pastora María Luisa Piraquive tendrá que pagar multa por declarar mal impuestos

El antiguo abogado del presidente Petro y de los Uribe Vélez presentó hace pocas semanas su carta de renuncia en un proceso en donde la fundadora del partido MIRA pretendía tumbar una millonaria multa que la DIAN le hizo por no declarar correctamente sus impuestos.

David Escobar Moreno

22 de julio de 2025 - 09:00 a. m.
Líder espiritual de la Iglesia de Dios Ministerial de Jesucristo Internacional, entrando al búnker de la Fiscalía a rendir indagatoria.
Foto: Andrés Torres
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El 5 de junio de 2025, 15 días después de que el Senado lo eligiera como nuevo magistrado de la Corte Constitucional, el abogado Héctor Carvajal envió un documento al Consejo de Estado para renunciar a un proceso en el que representaba a una popular líder política y religiosa: la pastora cristiana María Luisa Piraquive de Moreno, líder mundial de la Iglesia de Dios Ministerial de Jesucristo Internacional y fundadora del partido político MIRA.

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Carvajal, quien fue abogado del presidente Gustavo Petro y de la familia Uribe Vélez, presentó esa renuncia, pues para ocupar esa importante silla en el Palacio de Justicia, debía dejar de litigar. Lo particular de su renuncia es que ese proceso lo había perdido hace varios meses, en una decisión judicial que no se conocía. Hasta hoy. El Espectador conoció el fallo de 23 páginas en el que la “hermana María Luisa”, como le llaman sus feligreses, recibe un nuevo revés judicial por un delicado asunto.

La súplica de la pastora María Luisa Piraquive

Los cinco magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado rechazaron un recurso extraordinario de súplica en el que Piraquive, representada judicialmente por Carvajal, pedía que se tumbara una multa que la DIAN le había impuesto por no declarar correctamente sus impuestos.

Piraquive, quien fundó en 1972 su popular iglesia, dice que desde 2006 vive en la ciudad de Weston, Florida, Estados Unidos y, por ende, desde entonces paga impuestos allí. Sin embargo, para la DIAN, ese cambio de asiento fiscal no la exime de pagar impuestos según lo estipulado en la ley, pues en Colombia “percibe la mayoría de sus ingresos”.

Esa iglesia cuenta con más de 1.000 salas de oración distribuidas en 50 países de los cinco continentes. Ese imperio, construido con base en la fe de millones de feligreses, nació en Bogotá en los años 70 de la mano del fallecido esposo de Piraquive. Desde ese entonces, miles de sus seguidores entregan donaciones semanalmente a su iglesia en todas sus sedes. En 2014, se conoció que, solo en la capital del país, su iglesia recibía mensualmente US$100.000 al mes.

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Foto: Andrés Torres

Esos dineros, obtenidos de su labor pastoral, le permitieron al clan Piraquive obtener varios lujosos inmuebles en Florida, en los sectores más exclusivos de Weston, Tampa y Orlando. Desde que la DIAN le pidió a Piraquive pagar más impuestos en 2012, ambas partes llevan años enfrascados en una discusión jurídica que llegó a los estrados judiciales en 2018, cuando Piraquive radicó una demanda contra la entidad recaudadora de impuestos en Colombia, con el fin de anular la orden de la DIAN de 2012.

Sin embargo, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca le negó la pretensión de la pastora en abril de 2021 y, en septiembre de 2022, el Consejo de Estado mantuvo esa decisión e indicó que las cuentas de la DIAN eran correctas. En septiembre de 2023, y como última alternativa, Piraquive echó mano de un recurso de súplica ante el alto tribunal, con el fin de que se revise el fallo de segunda instancia del propio Consejo de Estado.

Es decir, un año y 10 meses se demoró el alto tribunal en tomar la decisión de fondo: “Declarar infundado el recurso extraordinario de revisión interpuesto por la señora María Luisa Piraquive de Moreno contra la sentencia de septiembre de 2022, proferida por la Sección Cuarta del Consejo de Estado”. El alto tribunal, además de dejar en firme la multa de $3.800 millones de la DIAN, la condenó a pagar un salario mínimo.

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¿Qué pedía la pastora Piraquive?

El Senado eligió al reemplazo de la magistrada Cristina Pardo: el abogado del presidente Gustavo Petro, Héctor Carvajal.
Foto: Óscar Pérez

El recurso judicial elaborado por Carvajal, relata en detalle la extensa cronología del expediente. El documento señala que en 2012 Piraquive pagó impuestos en Estados Unidos por un valor de $1.404 millones, mientras que en Colombia fue por $806 millones. No obstante, la DIAN, luego de hacerle varios requerimientos a la pastora, estableció que el patrimonio de Piraquive en Colombia y Estados Unidos era superior a los $12.000 millones en 2012 y que la mayor fuente de sus ingresos provenían de su país natal. Además, la DIAN le ordenó pagar $3.805 millones, es decir, $3.000 millones más de lo que pagó por el año fiscal de 2012.

Carvajal insiste que su cliente Piraquive hace muchos años vive en Estados Unidos y que, por ende, el asiento principal de sus negocios era ese país y, además, que no se le pueden cargar a su declaración de renta sus propiedades en el extranjero. Asimismo, Piraquive ha dicho a lo largo del proceso que su “actividad espiritual ejercida no se encuentra enmarcada en ninguna de las actividades consideradas por la ley mercantil como de comercio para que sea calificada como un negocio y que debe ser excluida de la base de cálculo de los ingresos que la DIAN le cuenta en su declaración de renta de 2012”.

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Sin embargo, en el fallo de segunda instancia, el Consejo de Estado señaló que “María Luisa Piraquive ejerce actividades económicas en Colombia como socia de las sociedades comerciales Librería y Papelería Futuro Ltda., Libertadora de Seguridad Servicios Integrales Ltda. y Libertad de Seguridad Ltda., demostrando con ello que percibió utilidades y participó en decisiones sociales; adicionalmente, por realizar actividades de comercialización de libros fue declarante del impuesto de industria y comercio en los seis bimestres del año 2012, por lo que de estas actividades desarrolladas por la demandante se infiere que no solo realiza actividades religiosas, sino también comerciales”.

En noviembre de 2023, la DIAN respondió al recurso de insistencia de Carvajal. En primer lugar, sostuvo que no hay nuevos argumentos a los analizados por el Consejo de Estado en el fallo de segunda instancia. Otro de los argumentos de la entidad pública es que esta maniobra “pretende cuestionar indebidamente los fundamentos jurídicos del fallo del alto tribunal de 2022, pretende cuestionar la actividad interpretativa de los magistrados (...) una sentencia, que como se probó, está sustentada debidamente, conforme a los lineamientos fijados y al debido proceso”.

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En esta nueva decisión judicial, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado retomó los argumentos tanto del Tribunal Administrativo como de la Sección Cuarta de esa misma alta corte. Además, desestimó las alegaciones de la pastora cristiana de una supuesta violación al debido proceso. Así las cosas, la líder religiosa, como lo señalaron la DIAN y tres instancias de la justicia colombiana, tendrá que pagar sus impuestos correctamente.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

Por David Escobar Moreno

Periodista de la Unidad Investigativa en temas relacionados con narcotráfico, crimen organizado, ciberdelincuencia, delitos ambientales, corrupción y derechos humanos. @Josedem18jescobar@elespectador.com
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