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                                                                                                                                Aborto en Colombia: Corte Constitucional aclara que sí es un derecho

                                                                                                                                La Sala Plena del alto tribunal hizo la aclaración, luego de una polémica que creó la propia Corte, en una decisión de tutela del año pasado que señaló que la interrupción voluntaria del embarazo no era un derecho.

                                                                                                                                Celebración un año después del fallo que despenalizó el aborto hasta la semana 24 en Colombia.
                                                                                                                                Foto: Óscar Pérez

                                                                                                                                La Sala Plena de la Corte Constitucional acaba de hacer una aclaración fundamental: el aborto en Colombia es un derecho. Así lo determinó el alto tribunal, luego de estudiar una tutela y de que tres de sus magistrados firmaran un polémico fallo en el que pusieron en duda lo que ya había dicho la propia Corte en la sentencia histórica que despenalizó el aborto hasta la semana 24.

                                                                                                                                Podría interesarle: Por ahora, Corte Suprema no devolverá terna para fiscal por no incluir hombres

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Estas son: que se realice antes de la semana 24 de gestación y, si es posterior, que cumpla las tres causales que existen desde 2006 (riesgo para la madre, malformación del feto o que la gestación sea producto de una violación). Aunque al alto tribunal había dejado estas normas claras en una sentencia de febrero de 2022, en junio de ese mismo año, un fallo de tutela creó un manto de duda sobre esa decisión.

                                                                                                                                Le recomendamos: “Los tribunales internacionales somos agentes de paz”, presidente de la Corte IDH

                                                                                                                                El problema ocurrió en un fallo de una Sala de Revisión de Tutela, cuyo ponente fue el magistrado Antonio José Lizarazo. En esta oportunidad, la Corte amparó los derechos de una mujer indígena, a quien el sistema de salud y su comunidad le impidieron acceder al aborto, pese a que cumplía con todas las normas para practicarse el procedimiento médico.

                                                                                                                                Aunque la Sala no echó para atrás ninguna de las decisiones que han permitido que una mujer aborte en Colombia, la decisión sí traía varias contradicciones que fueron la base para la polémica. Por ejemplo, el ponente escribió que el aborto no era un derecho fundamental y quien lo interpretara así, estaba equivocado.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Noticia en desarrollo...

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                                                                                                                                Celebración un año después del fallo que despenalizó el aborto hasta la semana 24 en Colombia.
                                                                                                                                Foto: Óscar Pérez

                                                                                                                                La Sala Plena de la Corte Constitucional acaba de hacer una aclaración fundamental: el aborto en Colombia es un derecho. Así lo determinó el alto tribunal, luego de estudiar una tutela y de que tres de sus magistrados firmaran un polémico fallo en el que pusieron en duda lo que ya había dicho la propia Corte en la sentencia histórica que despenalizó el aborto hasta la semana 24.

                                                                                                                                Podría interesarle: Por ahora, Corte Suprema no devolverá terna para fiscal por no incluir hombres

                                                                                                                                Este miércoles 11 de octubre, el alto tribunal despejó cualquier duda que existiera frente a la interrupción voluntaria del embarazo y, de nuevo, dejaron claro que sí se trata de un derecho al que tiene acceso cualquier mujer, niña o persona gestante, siempre y cuando cumpla con las reglas que estableció que ha establecido la Corte.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Estas son: que se realice antes de la semana 24 de gestación y, si es posterior, que cumpla las tres causales que existen desde 2006 (riesgo para la madre, malformación del feto o que la gestación sea producto de una violación). Aunque al alto tribunal había dejado estas normas claras en una sentencia de febrero de 2022, en junio de ese mismo año, un fallo de tutela creó un manto de duda sobre esa decisión.

                                                                                                                                Le recomendamos: “Los tribunales internacionales somos agentes de paz”, presidente de la Corte IDH

                                                                                                                                El problema ocurrió en un fallo de una Sala de Revisión de Tutela, cuyo ponente fue el magistrado Antonio José Lizarazo. En esta oportunidad, la Corte amparó los derechos de una mujer indígena, a quien el sistema de salud y su comunidad le impidieron acceder al aborto, pese a que cumplía con todas las normas para practicarse el procedimiento médico.

                                                                                                                                Aunque la Sala no echó para atrás ninguna de las decisiones que han permitido que una mujer aborte en Colombia, la decisión sí traía varias contradicciones que fueron la base para la polémica. Por ejemplo, el ponente escribió que el aborto no era un derecho fundamental y quien lo interpretara así, estaba equivocado.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Noticia en desarrollo...

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