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                                                                                                                              Absuelven a ex cónsul de Colombia en Chile de falsificación de documentos

                                                                                                                              Fulvia Elvira Benavides se ausentó de su cargo y dejó hasta stickers con su firma para que la estamparan en los documentos de los colombianos que necesitaran pasaportes y cédulas. A pesar de que la Corte Suprema reprochó su conducta, concluyó que no generó daño alguno.

                                                                                                                              Imagen de la Corte Suprema de Justicia, la más alta instancia judicial de la jurisdicción ordinaria en Colombia.
                                                                                                                              Foto: Archivo particular

                                                                                                                              Entre el 3 y el 7 de diciembre de 2007, la entonces cónsul colombiana en Chile, Fulvia Elvira Benavides Cotes, estaba en Colombia. Pero en su ausencia, el consulado en Santiago continuó expidiendo los documentos que los connacionales necesitaban —cédulas, pasaportes, registros civiles—. En todos, estaba la firma de Benavides, pues ella había dejado etiquetas para que los trámites no se detuvieran en su ausencia. Sin embargo, la idea la envolvió en un lío judicial de casi quince años que culminó este jueves, cuando la Corte Suprema de Justicia la absolvió por falsedad en documento público.

                                                                                                                              (Lea también: Corte Suprema abre otra investigación al congresista Wilmer Carrillo)

                                                                                                                              Benavides Cotes dejó el cargo sin permiso del embajador en Chile, y sin avisarle a sus superiores en la Cancillería. Y, en ese tiempo, el consulado expidió 335 documentos con su firma y ese mismo número de veces, según la Fiscalía se hallaba probado el delito que supuestamente cometió. Aunque se demostró en el proceso que, en efecto, la exfuncionaria dejó listos todo tipo de instrumentos con su rúbrica, resultó absuelta porque, para la Corte Suprema no se demostró que con su conducta se hubiera cometido un daño, pues los usuarios del consulado ni notaron la anomalía.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              (Lea también: Mario Castaño: Corte Suprema abre nueva investigación por enriquecimiento ilícito)

                                                                                                                              Según la sentencia de la Sala de Primera Instancia, que tuvo ponencia del magistrado Ariel Torres, a Fulvia Elvira Benavides Cotes “le era exigible si no estar presente en la elaboración de cada uno de (los documentos), verificar el contenido y soporte de aquellos que le fueren entregados por las funcionarias del consulado para proceder así a su suscripción”. No obstante, tras escuchar los testimonios de las otras funcionarias consulares, el alto tribunal concluyó que la peligrosa conducta de Benavides no había causado estragos: no hubo una sola queja por parte de los usuario del consulado.

                                                                                                                              Eso tiene una explicación para el alto tribunal. “Los connacionales y extranjeros que acudían al consulado de Colombia en Santiago de Chile para la obtención de los documentos regularmente agotaban los trámites necesarios directamente con las auxiliares de gestión del consulado, quienes se encargaban de indicarles las actuaciones que debían adelantar y constataban los requisitos para así diligenciar las tarjetas y formatos respectivos sin que en ninguno de estos caso la atención fuere brindada de manera directa y presencial por la cónsul”, añadió la Corte Suprema.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Imagen de la Corte Suprema de Justicia, la más alta instancia judicial de la jurisdicción ordinaria en Colombia.
                                                                                                                              Foto: Archivo particular

                                                                                                                              Entre el 3 y el 7 de diciembre de 2007, la entonces cónsul colombiana en Chile, Fulvia Elvira Benavides Cotes, estaba en Colombia. Pero en su ausencia, el consulado en Santiago continuó expidiendo los documentos que los connacionales necesitaban —cédulas, pasaportes, registros civiles—. En todos, estaba la firma de Benavides, pues ella había dejado etiquetas para que los trámites no se detuvieran en su ausencia. Sin embargo, la idea la envolvió en un lío judicial de casi quince años que culminó este jueves, cuando la Corte Suprema de Justicia la absolvió por falsedad en documento público.

                                                                                                                              (Lea también: Corte Suprema abre otra investigación al congresista Wilmer Carrillo)

                                                                                                                              Benavides Cotes dejó el cargo sin permiso del embajador en Chile, y sin avisarle a sus superiores en la Cancillería. Y, en ese tiempo, el consulado expidió 335 documentos con su firma y ese mismo número de veces, según la Fiscalía se hallaba probado el delito que supuestamente cometió. Aunque se demostró en el proceso que, en efecto, la exfuncionaria dejó listos todo tipo de instrumentos con su rúbrica, resultó absuelta porque, para la Corte Suprema no se demostró que con su conducta se hubiera cometido un daño, pues los usuarios del consulado ni notaron la anomalía.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              (Lea también: Mario Castaño: Corte Suprema abre nueva investigación por enriquecimiento ilícito)

                                                                                                                              Según la sentencia de la Sala de Primera Instancia, que tuvo ponencia del magistrado Ariel Torres, a Fulvia Elvira Benavides Cotes “le era exigible si no estar presente en la elaboración de cada uno de (los documentos), verificar el contenido y soporte de aquellos que le fueren entregados por las funcionarias del consulado para proceder así a su suscripción”. No obstante, tras escuchar los testimonios de las otras funcionarias consulares, el alto tribunal concluyó que la peligrosa conducta de Benavides no había causado estragos: no hubo una sola queja por parte de los usuario del consulado.

                                                                                                                              Eso tiene una explicación para el alto tribunal. “Los connacionales y extranjeros que acudían al consulado de Colombia en Santiago de Chile para la obtención de los documentos regularmente agotaban los trámites necesarios directamente con las auxiliares de gestión del consulado, quienes se encargaban de indicarles las actuaciones que debían adelantar y constataban los requisitos para así diligenciar las tarjetas y formatos respectivos sin que en ninguno de estos caso la atención fuere brindada de manera directa y presencial por la cónsul”, añadió la Corte Suprema.

                                                                                                                              Read more!

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