Una acción popular presentada contra el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Colfondos fue admitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. La demanda alega una posible vulneración del derecho colectivo a la seguridad social por la presunta reducción o congelación de mesadas pensionales.
El recurso fue presentado por la ciudadana Martha Cecilia Valbuena Mesa, quien pidió la protección de los derechos e intereses colectivos. La mujer solicita que se declare que, en enero de 2026, las entidades demandadas habrían afectado la prestación eficiente y oportuna del servicio público de seguridad social para cerca de 72.600 afiliados al régimen de ahorro individual en la modalidad de retiro programado.
Según la acción popular, estos pensionados habrían sufrido una disminución o congelación en el valor de sus mesadas, lo que impactaría directamente sus ingresos. Por ello, Valbuena Mesa pidió como medida cautelar de urgencia el reajuste inmediato de las pensiones de vejez, invalidez y sobrevivientes, con base en el índice de precios al consumidor (IPC) de 2025.
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Sin embargo, al estudiar la solicitud, el Tribunal concluyó que no se acreditaban, en esta etapa del proceso, los requisitos para adoptar una medida cautelar urgente. La corporación consideró que las pruebas aportadas no evidencian una afectación generalizada ni la existencia de un daño inminente que justifique una intervención inmediata del juez.
El despacho advirtió que únicamente se allegó el comprobante de pago de la mesada pensional de Valbuena Mesa correspondiente a los meses de diciembre de 2025 y enero de 2026, sin que se presentaran pruebas adicionales que sustenten una disminución en las mesadas de los más de 72.000 afiliados mencionados en la acción.
En ese contexto, la corporación decidió negar la medida cautelar urgente y darle trámite a la solicitud como medida cautelar ordinaria, “teniendo en cuenta la importancia del asunto y la trascendencia de la medida cautelar solicitada”. En consecuencia, ordenó correr traslado a las entidades demandadas y a otras vinculadas al proceso para que se pronuncien sobre los hechos.
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Entre las entidades llamadas a intervenir se encuentran el Ministerio del Trabajo, Asofondos y la Superintendencia Financiera de Colombia, que deberán aportar sus argumentos y pruebas frente a la solicitud de medida cautelar.
Estas entidades cuentan con un plazo de cinco días, contados a partir de la notificación de la decisión, para pronunciarse. Con sus respuestas, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca evaluará si existen elementos suficientes para adoptar una decisión sobre la medida cautelar solicitada por Martha Cecilia Valbuena Mesa.
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