Una nueva demanda contra la elección del presidente Abelardo de la Espriella fue admitida por el Consejo de Estado para su estudio. Sobre este recurso, que también fue radicado en contra del vicepresidente José Manuel Restrepo, el alto tribunal negó la suspensión provisional de los nombramientos.
Según detalló el Consejo de Estado, la demanda presentada por Luis Guillermo Pérez Casas cuestiona específicamente la elección por una “presunta violencia psicológica ejercida durante la campaña electoral contra sectores políticos y sociales que no apoyaban la aspiración presidencial”.
El alto tribunal agregó que, en ese contexto, el demandante señaló el uso de expresiones por parte del mandatario como “destripar”, “extirpar”, “dar de baja”, “enemigos de la República”.
Frente a este panorama, la Sección Quinta del Consejo de Estado señaló que la violencia psicológica es, en efecto, una causal de nulidad. Sin embargo, el tribunal aclaró que es necesario demostrar más que la existencia de determinadas expresiones o conductas de modo que se afecte la validez de una elección.
Otro de los requisitos que pone de manifiesto el Consejo de Estado es la acreditación de que se afectó la voluntad de los electores y tuvieron capacidad real de alterar el resultado electoral. Por lo tanto, la Sala consideró que hasta esta etapa del proceso no están acreditados esos elementos. Esa fue la razón por la que el alto tribunal negó la suspensión provisional de la elección.
Sin embargo, el Consejo de Estado explicó que esa decisión no significa que se haya definido si existió o no la violencia psicológica. La Sala explicó que aún deben recaudarse y analizarse las pruebas solicitadas para establecer si las conductas cuestionadas afectaron la voluntad de los electores y tuvieron incidencia en el resultado de la elección.
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