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Álvaro Uribe dice que su hermano Santiago se entregó tras condena por “Los 12 Apóstoles”

El expresidente dio la información a través de su cuenta de X. Sin embargo, el Inpec no ha confirmado que el ganadero ya esté bajo la custodia de las autoridades, para que responda por los delitos de concierto para delinquir y homicidio agravado.

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10 de junio de 2026 - 02:45 a. m.
El expresidente compartió la información a través de su cuenta de X (antes Twitter).
El expresidente compartió la información a través de su cuenta de X (antes Twitter).
Foto: Archivo
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El ganadero Santiago Uribe Vélez, condenado por ser integrante y líder del grupo paramilitar “Los 12 Apóstoles”, se entregó a las autoridades en la noche de este marte 9 de junio, para cumplir con su pena de 28 años y tres meses de prisión por los delitos de concierto para delinquir y homicidio agravado. Así lo afirmó su hermano, el expresidente Álvaro Uribe, a través de su cuenta de X (antes Twitter).

En contexto: Los cinco puntos claves de la condena contra Santiago Uribe por “Los 12 Apóstoles”

“Santiago Uribe mi hermano llegó por sus medios a una Comisaría de Policía para cumplir con la orden de captura”, escribió el exmandatario en la red social. El anuncio lo hizo cinco días después de que se conociera que la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena impuesta por el Tribunal Superior de Antioquia en contra de su hermano.

Sin embargo, el Inpec aseguró que, hasta el momento, no han sido notificados de que el ganadero Uribe Vélez esté en poder de ninguna autoridad para cumplir con la condena.

Santiago Uribe, de acuerdo con la condena en su contra, participó en la conformación del grupo paramilitar “Los 12 Apóstoles” y en el crimen de un conductor de bus en Antioquia. Así lo confirmó la Sala Penal de la Corte, que tenía el proceso desde el pasado 27 de marzo y tuvo como ponente al magistrado Gerson Chaverra.

Al revisar el caso, en el que la defensa del ganadero pedía que se revocara su condena y lo absolviera de los delitos por los cuales fue condenado en segunda instancia el 25 de noviembre del año pasado, el alto tribunal determinó que el Tribunal Superior de Antioquia tomó la decisión correcta en segunda instancia.

Dentro de su análisis, la Sala determinó, por ejemplo, que los delitos que señalaba la defensa como caducados, realmente no podían prescribir por ser de lesa humanidad, ya que estuvieron dentro de un patrón de violencia sistemática contra civiles. En la sentencia de 605 páginas se lee que los hechos endilgados a Santiago Uribe eran “ultrajes especialmente lesivos de la dignidad humana que degradan de forma grave los más caros intereses del ser humano” y que formaban parte de “eventos sistemáticos y generalizados”. Asimismo, la Corte dijo que los hechos “se enmarcaron en el ataque sistemático y generalizado contra la población civil del norte del departamento de Antioquia”.

Por otra parte, el alto tribunal rechazó la teoría de que cada testimonio debió analizarse por separado y no en conjunto, como lo hizo en segunda instancia el Tribunal. De hecho la Sala Penal de la Corte dijo que el Tribunal Superior de Antioquia corrigió un error en el que había caído el juzgado de primera instancia que hizo un análisis “parcial y fragmentado” para “magnificar supuestas contradicciones internas y detalles accesorios”. La Corte sostuvo que la verdad en contextos de macrocriminalidad se halla evaluando todo en conjunto y no de manera aislada.

Según se lee en la decisión, “el Tribunal acertó cuando entendió que aislar a los testigos para restarles mérito uno a uno, es un error, pues la valoración conjunta permitió que adquieran una mayor fuerza decisiva”. También, que “exigir exactitud milimétrica entre testimonios es irrazonable”. Por la misma línea, la Corte encontró que en segunda instancia quedó probado que Santiago Uribe no solo era miembro, sino líder y financiador de “Los 12 Apóstoles”.

Aunque después de confirmarse la condena la defensa del ganadero presentó el pasado 5 de junio un recurso extraordinario de casación para que se revisara una vez más la decisión, el alto tribunal lo rechazó por declararlo improcedente. En solo un par de horas, el alto tribunal revisó ese recurso y lo negó por medio de una decisión de 16 páginas en la que explicó que las sentencias emitidas por esa corporación, “a excepción de aquellas que contengan una primera decisión condenatoria, no son susceptibles de ningún recurso, ordinario o extraordinario”.

También señaló que el fallo de esta semana fue emitido por la Corte al ejercer su función como tribunal de cierre y garantizando el derecho a la doble conformidad de Santiago Uribe, “dando así por concluida toda discusión procesal que, en el marco de esa actuación jurisdiccional, se hubiera podido presentar”.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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