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Anulan definitivamente el nombramiento del consejero de Relaciones Exteriores de Colombia en México

Alfredo Molano Jimeno no podrá seguir definitivamente en el cargo diplomático al que llegó en enero de 2024. El alto tribunal confirmó la decisión de primera instancia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

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12 de diciembre de 2025 - 11:07 p. m.
El alto tribunal confirmó la decisión de primera instancia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
El alto tribunal confirmó la decisión de primera instancia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
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La Sección Quinta del Consejo de Estado confirmó la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que anuló el nombramiento de Alfredo Molano Jimeno como consejero de Relaciones Exteriores de Colombia en México. El alto tribunal encontró que, tal como se había determinado en primera instancia, había varios funcionarios de carrera diplomática que debieron ser priorizados antes que él.

Según se lee en la sentencia del alto tribunal, aunque el Ministerio de Relaciones Exteriores y Molano argumentaron que para el momento del nombramiento no había personal de carrera disponible para llenar el cargo, realmente "había varios funcionarios escalafonados como consejeros de relaciones exteriores, que superaban el término de 12 meses en la planta externa, por lo que tenían disponibilidad para ser designados".

Asimismo, el alto tribunal señaló que incluso si no hubiera habido funcionarios disponibles, “no es un argumento válido que justifique la designación”. También, se lee en la decisión que “el traslado del funcionario que cumple 12 meses en el servicio exterior no es la única alternativa para proveer vacantes en la planta externa. La Cancillería puede acudir a otras dinámicas para la gestión del personal de carrera diplomática y consular”.

Según el alto tribunal, el Ministerio de Relaciones Exteriores pudo “designar funcionarios adscritos a ella (carrera diplomática) para que cumplan la comisión para situaciones especiales en sedes exteriores”. Así, se lee en el documento, “la comisión para situaciones especiales hace posible proveer las plazas vacantes del servicio exterior, con funcionarios de carrera diplomática y consular, por lo que la problemática que invoca la cartera ministerial no justifica acudir a la provisionalidad de que trata el artículo 60 del Decreto Ley 274 de 2000″, bajo la cual se amparaba el nombramiento de Molano.

Aunque en la decisión de primera instancia el Tribunal Administrativo de Cundinamarca tuvo en cuenta que Molano fue nombrado en el cargo cuando el entonces canciller Álvaro Leyva estaba suspendido por la Procuraduría, para el Consejo de Estado era irrelevante si había o no ministro de Relaciones Exteriores, pues “el nombramiento de agentes diplomáticos y consulares es una atribución discrecional del presidente de la República”.

Por esa razón, se lee en la decisión, “la intervención del canciller no afectaba la validez de la designación, comoquiera que también fue suscrita por el presidente de la república, en quien recae esa atribución, de manera que no se configuró la causal de falta de competencia”.

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Lucila Castro de Sanchez(60806)Hace 9 horas
El C de E. es otro câncer,que con las cortes y otros tribunales y el cne,hay que extirpar de la justicia colombiana,si no sacamos esas instituciones,sôlo podrân representarnos pîcaros y mafiosos y polîticos corruptos como los que han gobernado al paîs.
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