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Anulan investigación de 11 funcionarios del Inpec por parranda vallenata en cárcel de Itagüi

La Procuraduría, que había iniciado una investigación en contra de 11 personas por la fiesta en la que se presentó el cantante Nelson Velásquez, declaró la “nulidad procesal” y anuló el auto con el que habían sido suspendidos provisionalmente. Esto se sabe.

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17 de abril de 2026 - 01:12 p. m.
Tras parranda en cárcel de Itagüí con Nelson Velásquez, Procuraduría abrió investigación
Tras parranda en cárcel de Itagüí con Nelson Velásquez, Procuraduría abrió investigación
Foto: Archivo Particular
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La Procuraduría anuló la investigación disciplinaria que había iniciado en contra de 11 funcionarios del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) por la fiesta en la que se presentó el cantante vallenato Nelson Velásquez. El ente de control, que había ordenado una suspensión provisional, declaró la “nulidad procesal” en el caso.

En contexto: Tras fiesta en cárcel de Itagüí con Nelson Velásquez, Procuraduría abrió investigación

En la más reciente decisión del Ministerio Público se lee que también “se deja sin efectos la decisión de suspensión provisional que el 10 de abril de 2026 profirió la Oficina de Control Interno Disciplinario OCID del Inpec”. Las medidas que ahora se anulan junto con la investigación, arrancaron tras las denuncias hechas por la concejal de Medellín, Claudia Carrasquilla. Ella expuso que se emplearon alrededor de COP 500 millones para realizar la fiesta en el centro penitenciario. De ese dinero, cerca de COP 100 millones fueron para contratar al cantante Nelson Velásquez.

Sin embargo, al parecer hubo irregularidades e inconsistencias en el proceso disciplinario que llevaron a la nulidad procesal. La Procuraduría Regional de Instrucción de Antioquia, resaltó que tras conocerse el hecho se abrió una indagación previa el pasado 9 de abril a los funcionarios y que, además, “ese mismo 9 de abril se ordenó apertura de investigación disciplinaria y por parte de la OCID se ordenó el 10 de abril de 2026 la suspensión provisional de todos los servidores públicos cobijados” en la investigación.

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Dentro de lo señalado por el Ministerio Público para anular el proceso contra los funcionarios del Inpec está que “se avizora una omisión sustancial insubsanable que atenta contra los derechos fundamentales al debido proceso que tienen los servidores públicos”. El ente de control ordenó que el proceso quede en “etapa de indagación previa” que “deberá contener una relación clara de los hechos disciplinariamente relevantes en lenguaje comprensible“.

Según la reciente decisión, se debe revisar a detalles y cumpliendo con todos los parámetros a “los presuntos responsables, conforme a los hechos que sucedieron el 8 de abril de 2026, cuando, al parecer, se omitieron controles de ingreso, registro y vigilancia en el Pabellón 1 del centro penitenciario”.

Según la Procuraduría, en las acciones que se declararon nulas porque se señalaba “a todos los destinatarios de esa orden de apertura de investigación” que habrían incurrido en las faltas disciplinarias, pero “sin que a cada uno de ellos se precisara, de manera clara y sucinta como lo exige el numeral 2 del artículo 215 del CGD,cuál era, en concreto, el hecho disciplinariamente relevante que por acción u omisión, según su rol funcional, daba lugar a esa orden”.

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En palabras simples, lo que señala el documento de la Procuraduría es que todos los funcionarios fueron mencionados y vinculados sin que se relacionara y especificara en cuál falta habría incurrido cada uno. El ente de control resaltó que debía anularse el proceso “en la medida que si un disciplinable tiene claro cuál es la presunta acción u omisión en que incurrió, ese investigado podrá, si así lo quiere, solicitar beneficios de la confesión o aceptación de cargos”.

La Procuraduría resaltó que las normas exigen que “el auto de la investigación disciplinaria contenga una relación clara y sucinta de los hechos disciplinariamente relevantes”. Todo esto, dice el Ministerio Público, “una garantía al sujeto para el correcto ejercicio de su derecho de defensa y de contradicción” para evitar que “haya cuestiones abstractas que el investigado no pueda conocer o entender cabalmente”.

Con esos argumentos, el Ministerio Público resolvió que se declare nula la “investigación disciplinaria” y también “se deja sin efectos la decisión de suspensión provisional que el 10 de abril de 2026 profirió la OCID del Inpec”. Sin embargo, aclaró que las pruebas que se ha recopilado hasta el momento en el expediente siguen siendo válidas.

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