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El empresario Carlos Mattos tendrá que pagar cuatro y no cinco años y ocho meses de prisión, como lo determinó en noviembre de 2022 el juez 11 de Circuito de Bogotá por el delito de cohecho (soborno) por dar u ofrecer, por el soborno contra la juez Ligia del Carmen Hernández quien, en medio de un proceso judicial, aceptó que con sus decisiones favoreció al empresario por recibir dádivas superiores a los $50 millones.
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La decisión es del Tribunal Superior de Bogotá, quien modificó la sentencia al determinar que aunque el dinero con el que Mattos sobornó a la juez Hernández fue entregado en dos oportunidades, no puede ser castigado como dos delitos, como lo hizo el juez 11 de Circuito de Bogotá.
“Lo cierto es que la acción criminal fue una sola, como también fue una sola la funcionaria corrupta, por lo tanto, fue un desacierto acoger el concurso homogéneo de cohecho que planteó la fiscalía general en la acusación”, dice el Tribunal.
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Por esos hechos, Hernández fue condenada en 2020, mientras el proceso con el empresario seguía su curso a través de un preacuerdo con la Fiscalía. Aunque, inicialmente, Mattos tuvo condena por esos hechos, en agosto de 2022 el Tribunal Superior de Bogotá la tumbó porque la Fiscalía no demostró si hubo o no incremento patrimonial con las decisiones judiciales emitidas a su favor.
Con la negativa del tribunal, la Fiscalía días atrás volvió a llevar ante los estrados a Mattos lo que llevó a la condena inicial. El caso Hyundai se remonta a 2015, cuando la casa matriz de esa empresa en Corea del Sur le quitó el monopolio de la distribución de esta marca a Mattos y se lo entregó al grupo ecuatoriano Eljuri, a través de su filial Neocorp. El empresario no se quedó quieto y demandó en Colombia, buscando que los carros Hyundai solo pudieran ser vendidos en el país a través de su compañía.
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Por este mismo caso, Mattos tiene otra condena vigente a nueve años de prisión. Según la investigación, el empresario radicó una demanda civil y logró que el juez sexto civil de Bogotá, Reinaldo Huertas, emitiera una medida cautelar que le puso freno al divorcio comercial.
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