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                                                                                                                              Caso Dilan Cruz: justicia militar investigará al miembro del Esmad que le disparó

                                                                                                                              Así lo acaba de decidir el Consejo Superior de la Judicatura al señala que los hechos que rodearon la muerte del menor de 17 años se realizaron "en el marco de un acto del servicio que cumplía el agente" Manuel Cubillos Rodríguez. 

                                                                                                                              Redacción Judicial

                                                                                                                              Desde que Medicina Legal aseguró que la muerte de Dilan Cruz fue violenta - homicidio, la justicia penal militar y la ordinaria se disputaron el expediente para hacerse con el control del proceso judicial en contra del miembro del Esmad que le disparó con una munición convencional al joven de 17 años que hacía parte de las marchas del paro nacional, el sábado 23 de noviembre en el centro de Bogotá. 

                                                                                                                              Le podría interesar: ¿Por qué Medicina Legal calificó la muerte de Dilan Cruz como homicidio?

                                                                                                                              La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior acaba de determinar que la Jurisdicción Penal Militar será quien investigue a Manuel Cubillos Rodríguez, el capitán de la Policía que le disparó pues los hechos "se dieron en el marco de un acto del servicio que cumplía el agente involucrado en los mismos".

                                                                                                                              "(...) Bajo ninguna circunstancia, el hecho de asignar el conocimiento de un asunto a la Jurisdicción Penal Militar significa que estemos ante un escenario de impunidad, pues frente al caso, bajo examen el ius puniendi en materia penal consagra dos escenarios; uno el de la Justicia Ordinaria frente a delitos que no tengan relación con el servicio activo y segundo, ante la Jurisdicción Penal Militar frente a conductas punibles relacionadas con el servicio", señaló la Judicatura por medio de un comunicado de prensa.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              En al decisión tomada por la Judicatura se citan los testimonios de varios de los compañeros del capitán, quienes indican que el disparo contra Dilan se realizó a aproximadamente a unos quince metros de distancia y que "el uso de la fuerza se hizo necesario ante los ataques que recibió la Fuerza Pública al tratar de disolver la manifestación y que quien dio la orden de proceder de esa manera fue el capitán (que hoy es investigado por la muerte de Dilan)".

                                                                                                                              (Falleció Dilan Cruz, el joven que marchaba para pedir educación)

                                                                                                                              Sin emargo, la Judicatura aseguró que no es de su competencia adelantar juicios de valor sobre las circunstancias en las que fue "lesionado" el joven Dilan Cruz y  que posteriormente lo llevaron a la muerte. "Lo que sí es claro, es que esos hechos ocurrieron en un acto del servicio propio del capitán Cubillos Rodríguez, quien como integrante del Esmad (...) procedió a ordenar el uso de la fuerza para dispersar una manifestación tal y como lo señalaron las pruebas testimoniales referidas", señaló esa corporación.

                                                                                                                              El pasado 28 de noviembre, el informe de Medicina Legal sobre la muerte de Dilan Cruz no solo arrojó que había sido causada por una munición de uso convencional del Escuadrón Móvil Anti-Disturbios, denominada bean bag. También concluyo que se trató de una muerte tipo “violenta-homicidio”. 

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              La familia de Cruz anunció "medidas jurídicas" para que la investigación por el homicidio se quede en la justicia ordinaria. Así lo manifestó Denis Cruz, hermana del joven fallecido, a través de sus redes sociales: 

                                                                                                                               

                                                                                                                              Desde que Medicina Legal aseguró que la muerte de Dilan Cruz fue violenta - homicidio, la justicia penal militar y la ordinaria se disputaron el expediente para hacerse con el control del proceso judicial en contra del miembro del Esmad que le disparó con una munición convencional al joven de 17 años que hacía parte de las marchas del paro nacional, el sábado 23 de noviembre en el centro de Bogotá. 

                                                                                                                              Le podría interesar: ¿Por qué Medicina Legal calificó la muerte de Dilan Cruz como homicidio?

                                                                                                                              La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior acaba de determinar que la Jurisdicción Penal Militar será quien investigue a Manuel Cubillos Rodríguez, el capitán de la Policía que le disparó pues los hechos "se dieron en el marco de un acto del servicio que cumplía el agente involucrado en los mismos".

                                                                                                                              "(...) Bajo ninguna circunstancia, el hecho de asignar el conocimiento de un asunto a la Jurisdicción Penal Militar significa que estemos ante un escenario de impunidad, pues frente al caso, bajo examen el ius puniendi en materia penal consagra dos escenarios; uno el de la Justicia Ordinaria frente a delitos que no tengan relación con el servicio activo y segundo, ante la Jurisdicción Penal Militar frente a conductas punibles relacionadas con el servicio", señaló la Judicatura por medio de un comunicado de prensa.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              En al decisión tomada por la Judicatura se citan los testimonios de varios de los compañeros del capitán, quienes indican que el disparo contra Dilan se realizó a aproximadamente a unos quince metros de distancia y que "el uso de la fuerza se hizo necesario ante los ataques que recibió la Fuerza Pública al tratar de disolver la manifestación y que quien dio la orden de proceder de esa manera fue el capitán (que hoy es investigado por la muerte de Dilan)".

                                                                                                                              (Falleció Dilan Cruz, el joven que marchaba para pedir educación)

                                                                                                                              Sin emargo, la Judicatura aseguró que no es de su competencia adelantar juicios de valor sobre las circunstancias en las que fue "lesionado" el joven Dilan Cruz y  que posteriormente lo llevaron a la muerte. "Lo que sí es claro, es que esos hechos ocurrieron en un acto del servicio propio del capitán Cubillos Rodríguez, quien como integrante del Esmad (...) procedió a ordenar el uso de la fuerza para dispersar una manifestación tal y como lo señalaron las pruebas testimoniales referidas", señaló esa corporación.

                                                                                                                              El pasado 28 de noviembre, el informe de Medicina Legal sobre la muerte de Dilan Cruz no solo arrojó que había sido causada por una munición de uso convencional del Escuadrón Móvil Anti-Disturbios, denominada bean bag. También concluyo que se trató de una muerte tipo “violenta-homicidio”. 

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              La familia de Cruz anunció "medidas jurídicas" para que la investigación por el homicidio se quede en la justicia ordinaria. Así lo manifestó Denis Cruz, hermana del joven fallecido, a través de sus redes sociales: 

                                                                                                                               

                                                                                                                              Por Redacción Judicial

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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