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Clientes de abogados deben pagar el IVA del servicio

Así lo reiteró la Comisión de Disciplina Judicial, tras resolver un pleito por un cobro de $38 millones.

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26 de noviembre de 2024 - 01:41 p. m.
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Un pleito por el cobro del IVA por $38 millones en servicios de abogacía llevó a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial a reiterar que, en todos los casos, el cliente siempre debe pagar dicho impuesto. Esto debido a que según el Concepto Unificado del Impuesto sobre las Ventas, de la DIAN, la persona que adquiere los servicios es quien asume el IVA, y quien presta el servicio es responsable del recaudo.

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El pronunciamiento se da a conocer luego de que la Comisión de Disciplina resolviera el recurso de apelación interpuesto por una persona en contra de una decisión que determinó la terminación anticipada de un proceso disciplinario. La persona había demandado a un abogada, por no haberle informado, ni haberle entregado su consentimiento, para cobrarle $38 millones por concepto de IVA, dados los honorarios prestados.

La Comisión de Disciplina, la cual investiga y juzga la conducta de los funcionarios de la Rama Judicial, incluyendo los abogados, explicó que no existe una falta disciplinaria que ordene a los profesionales del derecho acordar o informar previamente a sus clientes que les corresponde pagar el IVA por los servicios de abogacía.

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“No es posible, por lo tanto, considerar que un cliente (mandante) ha sido sorprendido con un cobro del cual no tenía conocimiento, y que en esa medida se afecte el deber de acordar e informar con claridad los términos del mandato, dado que todo ciudadano es consiente que cuando adquiere la prestación de un servicio gravado con IVA, debe asumir el pago por ser el beneficiario de aquél”, concluyó la Comisión.

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Cristian(77621)26 de noviembre de 2024 - 02:15 p. m.
Justo ese es el problema la mayoría de los ciudadanos NO son conscientes de ese cobro. Lo mejor es la transparencia, algo que brilla por su ausencia en el gremio jurídico. Lo mejor, es antes de iniciar el proceso, hacer explicito cuanto es el precio + impuestos, porque de lo contrario la "costumbre mercantil" que curiosamente en este caso parece no aplicar es que el precio final, ya incluye los impuestos.
Antonio(45414)26 de noviembre de 2024 - 02:14 p. m.
Qué pasa con los médicos? Ellos solo reciben efectivo, es decir son evasores.
Gerardo(68861)26 de noviembre de 2024 - 01:55 p. m.
Entonces toca pactar la cuota litis por el 35 % incluyendo el IVA. O buscar abogados de oficio que cobren menos.
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