El caso Meritage volvió a ser noticia por cuenta del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi). El tribunal, que resuelve disputas de inversión entre países y empresas, rechazó una demanda de empresarios estadounidenses que invirtieron en un complejo inmobiliario de lujo en Medellín, el cual quedó reducido a obra gris por cuenta de una acción de extinción de dominio de la Fiscalía en 2016. Los inversionistas denunciaron expropiación y reclamaban US$300 millones. El tribunal se los negó y acogió el argumento de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado de que en el terreno de ese proyecto habían pasado dineros del narcotráfico. Para explicar la dimensión del caso, El Espectador habló con el director encargado de la entidad, Jhon Camargo.
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¿Cómo toma la Agencia la noticia de salvar a Colombia de un pago de hasta US $300 millones?
Estamos superfelices. El equipo de trabajo de la Agencia, junto con la compañía GBS, hicieron un trabajo muy arduo, lo cual terminó en una proeza jurídica. Es la primera vez que un país, a nivel mundial, logra ganar un pleito argumentando la excepción de seguridad esencial nacional. El triunfo es doble. Lo primero, evitamos que los colombianos tuviéramos que entregar una cifra por encima de los US $300 millones. Y segundo, es que generamos un precedente importante en el marco del derecho internacional. Este era un punto de honor para nosotros como Estado colombiano. Nuestro argumento estaba basado en nuestras actividades y políticas en cuanto a la lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado.
¿Cuáles fueron los argumentos de los árbitros para reconocer que se estaba jugando la seguridad nacional?
A partir de ello es que se rechazan los reclamos del inversionista Ángel Seda. Él y el grupo del proyecto Meritage reclamaban estar siendo despojados de su inversión porque la actividad desplegada por el Estado, cuando decretó la medida cautelar en el proceso de extinción de dominio, pues se había constituido como un método expropiatorio. Y, por tanto, la acción judicial de la Fiscalía resultaba, para ellos, una medida que vulneraba el estándar de trato equitativo. A grandes rasgos quedó demostrado que el arbitraje de inversión jamás puede instrumentalizarse para promover actividades delictivas. Mucho menos el tráfico de estupefacientes. Quedó claro que la acción de extinción de dominio que promueve Colombia contra el proyecto Meritage tuvo fines legítimos y que lo que siempre se intentó impedir con esto fue el perfeccionamiento del lavado de activos.
¿Este es un precedente para la región y la lucha contra el narcotráfico?
Este no es un precedente regional, sino mundial. Demostramos que teníamos evidencia contundente sobre la conexión entre, por un lado, la inversión de los demandantes y el predio Meritage, y por el otro, actividades de narcotráfico y lavado de activos. Creo que esto es muy importante porque se respaldó por parte del tribunal los poderes de Policía en cabeza del Estado colombiano. Por eso nos dan la razón.
Ahora, con la decisión, ¿puede revelarnos cuál fue el material probatorio que llevaron a último momento para fortalecer el proceso de defensa?
En este momento el laudo está sometido a reserva. Nosotros presentamos pruebas que están en el marco de un proceso penal aquí. Todo ello debe estar oculto, sin que se dañe la integridad del laudo. Por ello no le puedo adelantar mucho sobre el acervo probatorio que radicamos. Lo que sí puedo decir es que cuando yo recibo el caso, vi un panorama que a mí me pareció deplorable. Se comisionó, por parte de la Agencia, a una funcionaria para que se fuera a Medellín, con todo el riesgo que representaba, con el fin de recoger pruebas sobre la vinculación de los inversionistas y la inversión, con las máximas figuras de la oficina de Envigado. Luego de ello, analizamos lo que se consiguió y le pedimos al tribunal que tuviera en cuenta esos desarrollos probatorios. Eso sí es muy importante porque se le mostró que no había dudas sobre nuestra acción de extinción de dominio.
Con este fallo, ¿qué decirles a esos empresarios que quieren invertir en Colombia?
Colombia es un país seguro para invertir. Tenemos un marco legal que protege a los inversionistas. Lo que no toleramos es que un solo peso de la inversión esté auspiciado por hechos de carácter delictivo. Los fallos que hemos tenido a favor del Estado dan cuenta de ello. En el caso propio del caso Meritage, cuyo objeto era básicamente el inmueble, era un expediente muy coyuntural. Como Estado teníamos que alzar la voz. Un país que ha vivido ese flagelo del narcotráfico tan de frente. No podíamos siquiera imaginarnos que la plata de todos los colombianos terminara en las manos de un narcotraficante.
Sin embargo, esta no es la única noticia de la semana. A la vez, perdimos en Cerro Matoso, por haber investigado y cobrado más dinero en concepto de regalías al inversionista australiano South 32. El mismo que produce ferroníquel en Montería y que fue sancionado por la Contraloría, ¿qué responder a la ciudadanía?
Siempre que pensamos en el arbitraje de inversión se cree que es un todo o nada. Entiendo que las dinámicas de estos procesos son demasiado sofisticadas y que uno quiere ganar absolutamente todo. Pero, en el caso de South 32, lo primero que debe conocer Colombia es que la pretensión del demandante era de casi US$100 millones. Y mire la condena que recibimos: US$9,5 millones. Esa es la perspectiva correcta en la que hay que verlo. Básicamente, obtuvieron el 5% de lo que querían.
El tribunal concluye que la metodología de cálculo y precio de referencia adoptada por la resolución 293 de 2015, de la Agencia Nacional de Minería para extractores de níquel, como South32, era legítima y razonable. Y que no hubo ninguna irregularidad en la misma. La reclamación respecto de esa resolución representaba más del 95% de la indemnización solicitada en dicho arbitraje. Como no era la única pretensión que se tenía, también es cierto que el tribunal determinó que ciertas actuaciones de la Agencia Nacional de Minería y de la Contraloría no respetaron el estándar de trato justo y equitativo. Y por eso nos condenan. Pero cada peso que se pierde duele.
¿Qué le llamó la atención del laudo?
Una cosa que me preocupa es que el tribunal ordena a Colombia a mantener indemne a South 32 por cualquier pago de regalías adicionales hacia futuro, ordenadas por las autoridades colombianas. Eso me parece complejo. A nuestro juicio, no hay fundamento legal, bajo ninguna norma del derecho internacional, que permita a un tribunal arbitral ordenar una indemnidad. Es decir, como obligar a un Estado a garantizar una compensación a un inversionista en el evento en que sufra un perjuicio futuro. Ese tema habrá que analizarse con detalle. De cara a esto, vamos a analizar con la firma que nos representó si presentamos un recurso de anulación.
Aun así, quedó probado que la Contraloría terminó ejerciendo un papel injusto con South32 al iniciar una investigación que terminó con una sanción de $230.000 millones este 2024. ¿Habría que ajustar algo en Colombia?
Claramente, aquí analizaremos en detalle el caso y miraremos como interpretó el tribunal dichas decisiones. Pero no me quiere anticipar, pero aquí hay que hablar de la prevención del daño antijurídico. Cuando nos demandan, es por una actuación de cualquier entidad pública u organismo de control. Por tanto, hay que reforzar las políticas que nos ayuden a mitigar esos futuros escenarios de demandas de inversión.
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