Colpensiones no se quedó con los brazos cruzados luego de que, a Helena Herrán, una mujer trans de Bogotá, le fuera reconocida su pensión de vejez a los 61 años -en Colombia la edad reglamentaria para las mujeres es de 57 años mínimo-, el pasado 9 de septiembre vía tutela. La administradora de pensiones acaba de denunciarla, pidiendo ante un juez administrativo la nulidad y establecimiento del derecho, pues, en su consideración, Herrán debía cumplir 62 años (edad reglamentaria para los hombres) para acceder a la pensión.
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“¿Cómo les parece? Ahora yo le debo a ellos”, comentó Helena Herrán en diálogo con El Espectador. Al correo de la mujer trans de 61 años llegó un documento del Juzgado 27 administrativo del Circuito de Bogotá, el cual admitió la demanda de Colpensiones el 18 de marzo pasado. El trámite estará a cargo del juez Humberto López Narváez.
“La Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones-, (…) instauró demanda de nulidad y restablecimiento del derecho (lesividad) contra la señora Helena Herrán Vargas, a fin de que se declare la nulidad de las resoluciones del 9 de septiembre de 2020 y del 22 de septiembre e 2020, actos administrativos en virtud de los cuales se le reconoció la pensión de vejez, desconociendo la normatividad aplicable en el caso”, explicó el Juzgado 27.
De acuerdo con lo establecido por la Corte Constitucional, una institución puede demandar nulidad y restablecimiento del derecho cuando haya sido “lesionada” por un acto administrativo. En este caso, Colpensiones se mostró en desacuerdo con la decisión del Tribunal Superior de Bogotá que, vía tutela, le dio la razón a Helena Herrán, a quien se le ordenó disfrutar de su pensión de vejez con 61 años y no con 62, como es la regla para los hombres.
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El Tribunal Superior de Bogotá, hace más de seis meses, protegió los derechos fundamentales de Herrán a la seguridad social, a la dignidad humana y a la igualdad. El despacho encontró que no podían tratarla como un hombre, porque en 2007 registró su cambio de nombre y, en 2016, modificó el componente de sexo en su registro civil – de “masculino” a “femenino”.
“El respeto a la dignidad humana impone reconocer el derecho a tener una identidad de género (…) debe ser entendido como ‘la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la experimenta profundamente, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento’ (…) La dignidad humana no es un principio que esté en función de una determinada clasificación binaria de las personas”, explicó el Tribunal Superior de Bogotá.
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Sin embargo, Colpensiones no comparte la postura del Tribunal y con la demanda busca que Helena Herrán acceda a su pensión de vejez en los próximos cuatro años, aunque desde hace años tiene sus papeles en regla y cuenta con más de 2.000 semanas cotizadas -aún sigue trabajando como contadora-. Asimismo, la Corte Constitucional escogió el expediente de la mujer trans, para su revisión, en febrero de este año, lo que permitiría darle solución definitiva a su caso y trazar la hoja de ruta para otros procesos similares.