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Comandante del Ejército deberá pedir perdón por muerte provocada por "imprudencia" de soldado

El Consejo de Estado condenó a la Nación por los confusos hechos registrados el 31 de octubre de 2005.

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Redacción Judicial
07 de octubre de 2015 - 08:36 p. m.
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La Sección Tercero del Consejo de Estado condenó a la Nación, representada en el Ejército Nacional, por la muerte de un campesino en confusos hechos en el municipio de Samaná (Caldas) el 31 de octubre de 2005.

Tras resolver una demanda de reparación presentada por los familiares de la víctima el alto tribunal determinó que se había presentado una “imprudencia” por parte de un soldado que le causó la muerte al campesino.

Según las pruebas recolectadas al soldado se le disparó el arma de manera accidental en el marco de un operativo militar. Por si fuera poco los uniformados quisieron presentar al labriego como guerrillero abatido en combate.

Los hechos se presentaron cuando tropas del Comando Fuerza de Tarea Orión adelantaron una serie de operativos con el fin de neutralizar a campamentos guerrilleros en la zona. Al ingresar por la fuerza a una vivienda obligaron a un hombre que estaba con su familia a tirarse al piso mientras adelantaba las requisas en el domicilio.

En ese momento, a uno de los soldados se le disparó su arma de dotación causándole la muerte inmediata del campesino. El uniformado, determinó el Consejo de Estado, omitió los protocolos previstos por parte de las Fuerzas Militares en estos casos.

La Sala le ordena al comandante del Ejército pedir excusas aclarando que “la muerte del señor no se causó en medio de un combate armado, sino que fue consecuencia de la acción imprudente de un miembro del Batallón Contraguerrilla N° 8 ‘Quimbaya’, adscrito al Comando Fuerza de Tarea de Orión”.

Igualmente se ordena la publicación de una carta “con las disculpas a los familiares del caso y los motivos de la muerte en las instalaciones del comando del Ejército y en el Ministerio de Defensa con el objetivo de recuperar la memoria y la dignidad de este hombre”.


 

Por Redacción Judicial

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