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Comunidades en el Cesar ganaron pleito sobre cierre de minas de carbón

La Corte Constitucional resolvió una tutela que presentaron 14 comunidades que pedían participación sobre el cierre de las minas. Según el alto tribunal, no se estaba dando la participación acordada con las comunidades.

10 de febrero de 2025 - 08:18 p. m.
La decisión de Prodeco de cesar la producción de carbón llena de preocupacuón al sector minero colombiano.
La decisión de Prodeco de cesar la producción de carbón llena de preocupacuón al sector minero colombiano.
Foto: Archivo
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En 2021, el Grupo empresarial Prodeco S.A. decidió detener la explotación de las minas de carbón Calenturitas y la Jagua en el Cesar. El cese de actividades se hizo 10 años antes de que terminara la concesión que se había pactado con el Estado colombiano. En ese momento, se acordó que las comunidades de la zona tendrían participación en las decisiones sobre el cierre ambiental de las minas, pero eso no se estaba cumpliendo.

Dichas comunidades llevaron el caso hasta la justicia y en dos instancias se les dijo que el acuerdo que se había hecho era más que suficiente para que se garantizara su participación. Sin embargo, llevaron el caso hasta la Corte Constitucional, porque consideraron que se estaban vulnerando su derecho al debido proceso.

El alto tribunal revisó el caso y evidenció que aunque hubo decisiones judiciales que ordenaron crear un mecanismo de participación efectiva por parte de estas comunidades en el cierre minero, “solo se realizó una reunión con la empresa Glencore, los tres municipios afectados y el gobierno, para socializar una propuesta de plan de cierre ambiental”, como expusieron las comunidades.

Estas personas le dijeron también a la Corte que esa sola reunión fue “insuficiente para discutir y definir las medidas de fondo en un cierre ambiental que debe durar más de 6 años”. Por eso, le pidieron al alto tribunal que se ordene la creación de una mesa en la que participen entidades como el Ministerio de Minas y Energía, la Agencia Nacional de Licencias Ambientales, la Agencia Nacional de Minería y la empresa (Prodeco), además de las comunidades.

La decisión de la Corte, aunque no fue ordenar la creación de la mesa, fue darle la razón a las comunidades. El alto tribunal encontró que en el pasado, los jueces que atendieron el caso realizaron “una valoración defectuosa o contraevidente de las pruebas existentes, porque no tuvo en cuenta que en las reuniones celebradas entre el 29 de noviembre y el 1 de diciembre, la ANLA explicitó el compromiso de que ese no sería el único espacio que se desarrollaría para cumplir el fallo de tutela, lo cual quedó consignado en las actas respectivas”.

Con ese acuerdo que mencionó la Corte, “las comunidades tenían la expectativa legítima de que, con posterioridad a ese primer espacio, se convocarían nuevas mesas de diálogo y participación”. Pero, eso nunca ocurrió.

Finalmente, la Corte decidió que dejaría sin efectos las decisiones judiciales que se han tomado hasta el momento y ordenó al Juzgado Séptimo Administrativo de Valledupar que retome el caso, estudie de nuevo las pruebas sobre el cumplimiento de los acuerdos y decida nuevamente dentro del caso.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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