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Con tutela, juez de Cali consigue que no le apliquen el impuesto solidario por COVID-19

El funcionario Víctor Conde Tamayo explicó en su recurso la apretada situación financiera de su familia: de los poco más de $10 millones que gana, la mitad se lo queda el Estado en impuestos y seguridad social. Con el resto sostiene a su compañera (quien está enferma), a sus dos hijos y a sus dos hijastros.

27 de mayo de 2020 - 07:50 p. m.
El juez Víctor Conde Tamayo explicó en su tutela que, con la aplicación del impuesto solidario, él y las cinco personas que de él dependen quedaban con un presupuesto familiar en déficit. / AFP
El juez Víctor Conde Tamayo explicó en su tutela que, con la aplicación del impuesto solidario, él y las cinco personas que de él dependen quedaban con un presupuesto familiar en déficit. / AFP
Foto: Cortesía

Solo era cuestión de tiempo para que el impuesto solidario por el COVID-19, que creó el decreto legislativo 568 de 2020, se convirtiera en una pelea judicial. Con esta norma se aprobó que, a los funcionarios públicos que ganen salarios de más de $10 millones o a quienes reciban pensiones superiores a ese valor, se les descontará una parte “con destinación específica para inversión social en la clase media vulnerable y en los trabajadores informales”. Una decisión que el Gobierno pudo tomar por la declaratoria del estado de emergencia, en busca de recursos para lidiar con la pandemia del COVID-19.

El impuesto quedó vigente a partir del 1° de mayo hasta el 31 de julio de 2020 y, como era de esperarse, más de uno pondría el grito en el cielo. Como Víctor Conde Tamayo, un juez civil municipal de Cali que gana $10.311.868 y que le pidió a la justicia que no le aplicara ese descuento, pues, alegó, afectaba su derecho al mínimo vital individual y familiar. Al radicar una tutela a principios de mayo contra el Consejo Superior de la Judicatura, el Ministerio de Hacienda, Presidencia y la Procuraduría, Tamayo explicó en detalle cuál es su situación familiar y por qué esa decisión gubernamental lo afecta enormemente.

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Para empezar, el juez Conde Tamayo expuso que, de los poco más de $10 millones que gana, a él le deducen $4.952.680: es decir, la mitad de su salario se va en seguridad social y otras obligaciones que a él, y a todos los servidores públicos, les descuentan por ley. Y aunque no lo dice, a Conde Tamayo y a los demás funcionarios les aplican el impuesto solidario sobre el total de su salario, pues así lo determinó la Dian: “Las prestaciones sociales y los beneficios salariales que se perciban [con excepción de las recibidas semestral o anualmente] forman parte de la base gravable del impuesto”.

Luego de los descuentos legales, al juez Conde Tamayo le quedan $5’359.188. De ese dinero, contó él, dependen cuatro menores de 18 años y dos adultos. Allí están los dos hijos de su primer matrimonio, para cuya manutención destina $2’030.000 (casi el 40% de sus ingresos netos). Con el resto mantiene a los dos niños de su compañera actual -su padre biológico no aporta- y a esta, quien no está trabajando pues hace unos meses la diagnosticaron con fibromialgia, una dolorosa enfermedad reumática que apareció después de una tragedia familiar: en diciembre del año pasado murió el bebé de ambos. Tenía un año.

El juez relató en su tutela que, de su salario, le quedan cada mes unos $350.000 para ponerle gasolina a su carro y poder ir de Yumbo a Cali a trabajar, y para cubrir imprevistos si se presentan -que suele ser lo común para cualquier persona-. Por eso, argumentó, el impuesto solidario por el COVID-19 descuadra su ajustado presupuesto familiar y afecta su mínimo vital y el de su núcleo. Entregó copias de sus planillas de pago salarial para demostrar la veracidad de sus palabras y agregó que, con el primer descuento que le hicieron, se quedó sin plata para pagar su seguro de vida y un crédito que tiene con el BBVA.

El Juzgado Segundo Administrativo de Oralidad de Cali vinculó a los demandados al proceso. El Ministerio de Hacienda, por su parte, invitó al juez Víctor Conde Tamayo a “hacerse parte del control de constitucionalidad de los decretos legislativos” que está a cargo de la Corte Constitucional. Este decreto en particular, el 569 de 2020, ya ha recibido múltiples intervenciones y escritos ciudadanos en el alto tribunal, la cual todavía no ha señalado si esta norma se ajusta a la Constitución o no. Y, entre quienes han manifestado su postura a la Corte, hay representantes de la Rama Judicial, como contó este diario. (Los reparos de los servidores judiciales al impuesto solidario por el COVID-19)

El Tribunal Superior de Barranquilla, por ejemplo, le dijo a la Corte Constitucional que los derechos fundamentales de los servidores judiciales han sido afectados por el decreto del impuesto solidario por el COVID-19. “En el momento menos indicado los derechos laborales de los servidores de la justicia están siendo restringidos bajo la justificación de una emergencia social y económica que no ha sido ajena a nuestros hogares y que, por supuesto, tiene incidencia en el mínimo vital nuestro y de quienes dependen directa o indirectamente de los ingresos que ordinariamente recibíamos”, dijo esa corporación.

“‘El impuesto solidario por el COVID-19’ desmejora los derechos sociales de los trabajadores estatales”, alegaron desde el Tribunal Superior de Cúcuta, “es contrario al principio de equidad que rige el sistema tributario” y, por eso, pidieron a la Corte que declarara el decreto inconstitucional. Su desacuerdo con esa norma lo manifestaron también el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, el Sindicado Nacional de Trabajadores de la Procuraduría, el Sindicato de Trabajadores del sector Justicia, servidores y empleados de la Rama Judicial, Fiscalía General de la Nación y Consejo Superior de la Judicatura.

La Presidencia le explicó a la Corte Constitucional que se tomó la decisión de gravar los salarios superiores a los $10 millones de los funcionarios públicos porque estos tienen mayor estabilidad que quienes están en el sector privado y, también, acudiendo al principio de solidaridad. En la tutela del juez Conde Tamayo, la Presidencia pidió que se declarara improcedente “por tratarse de un acto general, impersonal y abstracto”. En ese caso en particular, sin embargo, el juez al que le quedó asignada la tarea de estudiar la tutela de su colega Conde Tamayo terminó dándole la razón.

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“No tengo ningún interés directo o indirecto en el proceso que promueve el señor Víctor Guillermo Conde Tamayo. Ni lo conozco a él ni a algún miembro de su grupo familiar y menos tengo relación alguna con ellos”, aclaró el juez Segundo Administrativo de Oralidad de Cali, quien concluyó que el impuesto solidario por el COVID-19 sí afectaba el derecho al mínimo vital del juez Conde Tamayo y de su familia. Señaló que el funcionario ya estaba “al límite con su capacidad de maniobra financiera” y que, con la decisión del Gobierno a través del decreto 568 de 2020, Conde Tamayo quedaba con un déficit mensual de $924.000.

“Toda persona tiene derecho a un nivel adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar y en especial, la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios”, dijo el Juzgado, citando la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Resaltó que ese salario le permite a Conde Tamayo, a su compañera, a sus hijos y a sus hijastros llevar “una vida modesta pero digna”. Y, por eso, ordenó a la Judicatura “inaplicar(le) el decreto legislativo 568 de 2020 que creó el impuesto solidario COVID-19 durante las vigencias de los meses de mayo, junio y julio de 2020”.

Este se convierte en un precedente importante, pero de aplicación individual al fin y al cabo, como funcionan las tutelas. Está en manos de la Corte Constitucional la decisión de si se mantiene o no el impuesto solidario por el COVID-19, del cual quedaron excluidos los trabajadores de salud del país. El debate se encuentra en el despacho del magistrado Carlos Bernal, quien también tendrá que analizar otros claves que se han emitido en esta coyuntura, como el decreto 444 de 2020, con el cual se creó el Fondo de Mitigación de Emergencias, al que se girarán los dineros que se recojan del cuestionado impuesto solidario.

Encuentre aquí todo el fallo:

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