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Más de una década después de que estallara el escándalo de Dragacol —uno de los más sonados casos de corrupción en el país—, luego de una sucesión de injustificables dilaciones procesales, denuncias y señalamientos de responsabilidad a altos ex funcionarios del Ministerio de Transporte, tutelas de por medio y fallos contradictorios del Consejo de Estado y la Corte Constitucional, el Tribunal Superior de Bogotá, en una providencia de 344 páginas, ordenó la inmediata captura del ex representante legal y dueño de la firma Dragacol, Reginaldo Bray Bohórquez, al hallarlo responsable del delito de peculado por apropiación.
Al sentenciarlo a pagar 80 meses de prisión, la sala integrada por los magistrados Sara Cepeda de Nope, Gerson Chaverra Castro y Javier Armando Fletscher Plazas le ordenó además el pago de una de las más cuantiosas multas en la historia de las sentencias judiciales en Colombia: más de $14.600 millones de los que Bray se apropió de manera irregular. El escándalo se conoció en marzo de 1999 durante un debate en el Congreso, que fue citado por el senador Javier Cáceres Leal, actualmente detenido por parapolítica.
Según el legislador, a través de una irregular conciliación celebrada el 6 de noviembre de 1998, el Ministerio de Transporte le pagó a la Sociedad de Dragados y Construcciones de Colombia (Dragacol) $26.000 millones. Pero todo comenzó entre los años 1994 y 1996 cuando el Estado, a través del mencionado Ministerio y las Gobernaciones de Bolívar y el Valle del Cauca, firmó varios contratos para dragados en el canal de acceso al puerto de Barranquilla, al río Magdalena y en el canal de acceso al puerto de Buenaventura. Por medio de los dragados se buscaba retirar sedimentos y desechos presentes en el agua para, por ejemplo, aumentar la profundidad de un canal navegable y evitar que encallaran buques o barcos. Una de las máquinas utilizadas en esos trabajos fue la draga Josefina.
En marzo de 1998 (y hasta octubre de ese año) se ordenó el embargo de la draga en virtud de un proceso instaurado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), que buscaba que fueran pagados el IVA y los intereses causados como resultado de los contratos. Sin embargo, la máquina nunca dejó de trabajar. Mientras se suponía que debía estar inmovilizada fue utilizada para efectuar dragados en el canal de acceso al puerto de Cartagena y en la protección de los Fuertes de San José y San Fernando.
Pero Bray se valió de artimañas y, según el Tribunal Superior de Bogotá, de la colaboración de funcionarios del Gobierno de entonces, para hacer creer que el embargo de la draga (que en la práctica no existió) le había ocasionado millonarios perjuicios económicos que le habían imposibilitado cumplir varios contratos que aportó como prueba, aunque luego se determinó que eran ‘de papel’. Por eso Bray pidió que fueran liquidados y le fueran cancelados intereses por mora, al punto que el Estado terminó pagando más por un día de inactividad (más de $31 millones), que por un día de trabajo (un poco más de $12 millones). Para el Tribunal ahí quedó en evidencia la “codicia de Bray Bohórquez de buscar cualquier alternativa para hacerse pagar unos dineros que no le debían”.
Para ese propósito criminal, de acuerdo con la sentencia, contó con la ayuda del ex jefe de la oficina jurídica del Ministerio, Juan Carlos Chávez Mazorra, quien también fue condenado (ver recuadro). Pese a su experiencia, que incluso lo llevó a ser asesor en la preparación, trámite y discusión de leyes en el Congreso, Chávez cometió errores en los que ni siquiera hubiera incurrido un estudiante de derecho, enfatizó el Tribunal: “Aceptó saldos de actas pendientes de pago inexistentes, acordó días de espera o ‘stand by’ (inactividad de la draga) no demostrados, acordó precios de disponibilidad por fuera de las cláusulas de los contratos, reconoció perjuicios inexistentes, etc., situaciones que no hubieran ocurrido si no tuviese compromiso con el contratista para aceptarlas de cualquier forma”.
La supuesta deuda no causada, que en diciembre de 1997 llegaba a casi $919 millones, en concepto de Bray nueve meses después ascendía a más de $10 mil millones y en septiembre de 1998 ya iba en más de $75.878 millones, “lo que sin lugar a dudas demuestra la intención de querer defraudar el patrimonio del Estado”. Luego que Bray interpusiera demandas ante Tribunales Contenciosos poniendo presión para el pago del dinero y después de varios meses que el Estado se negará a acceder a sus estrafalarias pretensiones, el 6 de noviembre de 1998 se firmó la controvertida conciliación.
Por el Ministerio de Transporte, Juan Carlos Chávez Mazorra (en virtud de un poder conferido por el entonces jefe de esa cartera, Mauricio Cárdenas Santamaría) y por Dragacol Reginaldo Bray. El acuerdo contempló el pagó de los $26 mil millones, de los cuales se alcanzaron a pagar $17.600 millones. Aunque en decisiones de 2003 y 2004 el Consejo de Estado determinó que Cárdenas Santamaría debía pagar $17.000 millones como responsable solidario de Dragacol “por el valor no recuperado de lo pagado en exceso”, la Corte Constitucional echó esa decisión atrás. Al responder un fallo de tutela argumentó que al ex ministro se le violó el debido proceso al habérsele aplicado una ley que no estaba en vigencia el día en que se celebró el cuestionado convenio.
Como si el destino del caso fuera la impunidad, en diciembre de 2008 el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Bogotá absolvió a Reginaldo Bray señalando que el monto que Dragacol podría haber ganado con la conciliación no alcazaba para cubrir lo que debió haber recibido esa empresa por el incumplimiento del Ministerio de Transporte. Como si fuera poco, el fallo señaló que el patrimonio público no había sido afectado con el arreglo y que por tal razón no hubo delito. Pero esa fue la decisión que el Tribunal Superior de Bogotá revocó en fallo reciente, advirtiendo que fue notable el deterioro patrimonial que sufrió el Estado “al cancelar unas obligaciones inexistentes”. El viejo adagio dice que “la justicia cojea, pero llega”, y en este caso parece que finalmente llegó.