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Condenan a 33 años de prisión a patrullero de Policía que asesinó a futbolista de 17 años

El Tribunal Superior de Cartagena (Bolívar), en segunda instancia, confirmó que el uniformado golpeó al menor y le disparó. Intentó falsificar el reporte policial para hacerlo pasar como integrante de una banda.

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02 de mayo de 2026 - 10:26 p. m.
El uniformado fue condenado a 33 años de prisión por el asesinato de una menor de 17 años.
El uniformado fue condenado a 33 años de prisión por el asesinato de una menor de 17 años.
Foto: Fiscalía
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El Tribunal Superior de Cartagena (Bolívar) condenó, en segunda instancia, al patrullero de la Policía Octavio Darío Porras Vides por la muerte de un joven futbolista. También, por las maniobras posteriores al crimen para intentar justificar sus actos. El Tribunal dejó en firme la condena de 33 años y cuatro meses de prisión en contra del uniformado por los delitos de homicidio agravado y falsedad ideológica en documento público.

Durante la investigación liderada por un fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos, se conoció que el 24 de agosto de 2020 el policía llegó a un lavadero de carros ubicado en el barrio San Francisco, en Cartagena, y golpeó al adolescente porque no brindó información exacta sobre los horarios de atención del lugar.

De acuerdo con las pesquisas, el joven de 17 años huyó del lugar para evitar que lo siguieran golpeando, pero fue perseguido y alcanzado por Porras Vides, quien le disparó en el abdomen con el arma de dotación. Aunque el menor de edad fue trasladado a un centro asistencial, murió por la gravedad de la herida.

El uniformado, según determinó el Tribunal, “participó en la alteración de los reportes oficiales para indicar que el deportista hacía parte de una pandilla y había atacado a varios policías con un arma artesanal, la cual fue obtenida y entregada en cadena de custodia”.

Al verificar esa información, dice la Fiscalía, los análisis de balística evidenciaron que esa versión era falsa, porque el joven futbolista no portó ni usó un arma de fuego. Además, la supuesta arma usada por el menor era un artefacto hechizo que no era apto para disparar.

En el fallo emitido por el Tribunal fueron absueltos los patrulleros Iván Darío Olivo de Ávila y Juan Esteban Gómez Ricard, quienes habían sido sentenciados en primera instancia por los delitos de favorecimiento agravado y falsedad ideológica en documento público. La defensa del patrullero condenado interpuso el recurso de casación para que la Corte Suprema de Justicia revise el proceso nuevamente.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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