La Sección Tercera del Consejo de Estado condenó a la Nación, representada por el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional, por la muerte de una mujer a manos de las Farc en el marco de la toma de Barbacoas, Nariño, registrada el 21 de octubre de 2004.
En la acción perpetrada por el frente 49 de las Farc en contra de la estación de Policía de dicho municipio, la mujer se interpuso en el cruce de disparos con el fin de defender a los uniformados.
Sin embargo, una guerrillera le propinó un disparo con arma de fuego que le produjo la muerte de forma instantánea. “Encontrándose la mencionada ciudadana en medio del fuego cruzado sin tener un lugar en donde refugiarse por lo que fue atacada por el grupo guerrillero”.
Los subversivos superaban notablemente en número y artillería a los uniformados. A las 8 de la mañana se les agotó la “munición” lo que fue aprovechado por los guerrilleros que rodearon el cuartel y les ordenaron “a los agentes sobrevivientes entregar las armas, salir del lugar y tenderse en el piso”.
En ese preciso momento apareció la mujer quien “increpó a los guerrilleros defendiendo a los policías, lanzó una botella a una guerrillera y esta le disparó en la cara causándole la muerte en forma instantánea”.
En la decisión se rechazaron los argumentos de las entidades demandadas que aseguraban que la mujer tenía problemas psicológicos y de consumo de drogas.
En la toma guerrillera fue destruido el cuartel central, cuatro agentes resultaron muertes, mientras que un suboficial y tres uniformados presentaron heridas de consideración. Así como “la toma de la cárcel judicial con la fuga de 11 internos y la muerte de uno de ellos”.