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                                                                                                                              Condenan a la Nación por ejecución extrajudicial de joven de 15 años a manos del Ejército

                                                                                                                              En 2002 a Jhon Faber Aguirre se lo llevaron de una discoteca uniformados del Ejército. Al cabo de unas horas, apareció baleado y rodeado por soldados. El alto tribunal encontró que se trató de un caso de ejecución extrajudicial.

                                                                                                                              Redacción Judicial

                                                                                                                              Jhon Faber Aguirre tenía 15 años cuando amaneció baleado, el 18 de agosto de 2002. / Archivo El Espectador

                                                                                                                              Jhon Faber Aguirre Tuberquia tenía 15 años cuando fue visto por última vez por su familia. Según pudo comprobar el Consejo de Estado, soldados del Ejército Nacional se llevaron al joven de la discoteca Oro Sólido, en el barrio La Honda (comuna nororiental de Medellín) y, al cabo de unas horas, lo asesinaron a disparos con un revólver calibre 38. Por estos hechos, el alto tribunal acaba de condenar a la Nación, al encontrar a la Fuerza Pública responsable de la ejecución extrajudicial de Aguirre Tuberquia.

                                                                                                                              (Lea también: Condenan al Estado por caso emblemático de falsos positivos)

                                                                                                                              A pesar de ser menor de edad, Aguirre Tuberquia trabajaba como “cotero” en un colegio cercano a su casa, también al nororiente de la capital antioqueña. El 18 de agosto de 2002 se encontraba con Hernán Darío Vidales Hernández, en una discoteca del sector cuando sobre las 5:00 de la mañana llegó el Ejército Nacional a hacer una “requisa”. Según contaron testigos, los uniformados, todos con botas, logos de las Fuerzas Militares y armas largas, se llevaron a Aguirre y Vidales y los montaron en su vehículo.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              (Lea también: “Falsos positivos no hacen parte del conflicto armado": madres de Soacha)

                                                                                                                              Tras las denuncias de los vecinos, la Fiscalía y Medicina Legal hicieron lo propio: el ente investigador comenzó a recopilar testimonios para esclarecer lo ocurrido, mientras los peritos legistas adelantaban la autopsia para encontrar algún indicio. Así, la muerte de Aguirre fue declarada “violenta” y el fiscal del caso advirtió a la justicia penal militar de que habría algún nivel de participación de los uniformados. Pero nadie escuchó.

                                                                                                                              La familia de Aguirre demandó al Estado. En respuesta al recurso, el Ministerio de Defensa aseguró que no era posible inferir la responsabilidad de los uniformados, pues dijeron que, muy seguramente, si lo habían matado, fue en desarrollo de sus actividades, por lo que los protegía su uso de la fuerza. Además, demostraron que los uniformados de esa división militar no reportaron bajas en combate ese día. Y agregaron que nadie vio que los soldados dispararan y, además, las armas del Ejército no corresponden con la que acabó con la vida del joven.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Así, a pesar de que los testimonios apuntaban a una posible responsabilidad de los uniformados del Ejército en la muerte del joven, el Tribunal de primera instancia negó las pretensiones de la demanda. Según el fallo, “de las declaraciones provenientes aparentemente de testigos presenciales se lograba extractar el hecho de la requisa y su ulterior retención, pero no que su muerte fuera causada por agentes del Estado”.

                                                                                                                              (Lea también: Ante la JEP han declarado 55 militares por “falsos positivos")

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Para el Consejo de Estado, existían los elementos suficientes para condenar al Estado. “Es claro que el Ejército Nacional incurrió en una falla del servicio al causar la muerte de una persona capturada que se encontraba bajo su guarda y custodia, lo que configura una ejecución extrajudicial, conducta que, además de proscrita por el derecho penal, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el Derecho Penal Internacional”, se lee en el fallo.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Jhon Faber Aguirre tenía 15 años cuando amaneció baleado, el 18 de agosto de 2002. / Archivo El Espectador

                                                                                                                              Jhon Faber Aguirre Tuberquia tenía 15 años cuando fue visto por última vez por su familia. Según pudo comprobar el Consejo de Estado, soldados del Ejército Nacional se llevaron al joven de la discoteca Oro Sólido, en el barrio La Honda (comuna nororiental de Medellín) y, al cabo de unas horas, lo asesinaron a disparos con un revólver calibre 38. Por estos hechos, el alto tribunal acaba de condenar a la Nación, al encontrar a la Fuerza Pública responsable de la ejecución extrajudicial de Aguirre Tuberquia.

                                                                                                                              (Lea también: Condenan al Estado por caso emblemático de falsos positivos)

                                                                                                                              A pesar de ser menor de edad, Aguirre Tuberquia trabajaba como “cotero” en un colegio cercano a su casa, también al nororiente de la capital antioqueña. El 18 de agosto de 2002 se encontraba con Hernán Darío Vidales Hernández, en una discoteca del sector cuando sobre las 5:00 de la mañana llegó el Ejército Nacional a hacer una “requisa”. Según contaron testigos, los uniformados, todos con botas, logos de las Fuerzas Militares y armas largas, se llevaron a Aguirre y Vidales y los montaron en su vehículo.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              (Lea también: “Falsos positivos no hacen parte del conflicto armado": madres de Soacha)

                                                                                                                              Tras las denuncias de los vecinos, la Fiscalía y Medicina Legal hicieron lo propio: el ente investigador comenzó a recopilar testimonios para esclarecer lo ocurrido, mientras los peritos legistas adelantaban la autopsia para encontrar algún indicio. Así, la muerte de Aguirre fue declarada “violenta” y el fiscal del caso advirtió a la justicia penal militar de que habría algún nivel de participación de los uniformados. Pero nadie escuchó.

                                                                                                                              La familia de Aguirre demandó al Estado. En respuesta al recurso, el Ministerio de Defensa aseguró que no era posible inferir la responsabilidad de los uniformados, pues dijeron que, muy seguramente, si lo habían matado, fue en desarrollo de sus actividades, por lo que los protegía su uso de la fuerza. Además, demostraron que los uniformados de esa división militar no reportaron bajas en combate ese día. Y agregaron que nadie vio que los soldados dispararan y, además, las armas del Ejército no corresponden con la que acabó con la vida del joven.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              (Lea también: Ante la JEP han declarado 55 militares por “falsos positivos")

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Para el Consejo de Estado, existían los elementos suficientes para condenar al Estado. “Es claro que el Ejército Nacional incurrió en una falla del servicio al causar la muerte de una persona capturada que se encontraba bajo su guarda y custodia, lo que configura una ejecución extrajudicial, conducta que, además de proscrita por el derecho penal, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el Derecho Penal Internacional”, se lee en el fallo.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Por Redacción Judicial

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