Noticias

Últimas Noticias

    Política

    Judicial

      Economía

      Mundo

      Bogotá

        Entretenimiento

        Deportes

        Colombia

        El Magazín Cultural

        Salud

          Ambiente

          Investigación

            Educación

              Ciencia

                Género y Diversidad

                Tecnología

                Actualidad

                  Reportajes

                    Historias visuales

                      Colecciones

                        Podcast

                          Opinión

                          Opinión

                            Editorial

                              Columnistas

                                Caricaturistas

                                  Lectores

                                  Blogs

                                    Suscriptores

                                    Recomendado

                                      Contenido exclusivo

                                        Tus artículos guardados

                                          Somos El Espectador

                                            Estilo de vida

                                            La Red Zoocial

                                            Gastronomía y Recetas

                                              La Huerta

                                                Moda e Industria

                                                  Tarot de Mavé

                                                    Autos

                                                      Juegos

                                                        Pasatiempos

                                                          Horóscopo

                                                            Música

                                                              Turismo

                                                                Marcas EE

                                                                Colombia + 20

                                                                BIBO

                                                                  Responsabilidad Social

                                                                  Justicia Inclusiva

                                                                    Desaparecidos

                                                                      EE Play

                                                                      EE play

                                                                        En Vivo

                                                                          La Pulla

                                                                            Documentales

                                                                              Opinión

                                                                                Las igualadas

                                                                                  Redacción al Desnudo

                                                                                    Colombia +20

                                                                                      Destacados

                                                                                        BIBO

                                                                                          La Red Zoocial

                                                                                            ZonaZ

                                                                                              Centro de Ayuda

                                                                                                Newsletters
                                                                                                Servicios

                                                                                                Servicios

                                                                                                  Empleos

                                                                                                    Descuentos

                                                                                                      Idiomas

                                                                                                      Cursos y programas

                                                                                                        Más

                                                                                                        Cromos

                                                                                                          Vea

                                                                                                            Blogs

                                                                                                              Especiales

                                                                                                                Descarga la App

                                                                                                                  Edición Impresa

                                                                                                                    Suscripción

                                                                                                                      Eventos

                                                                                                                        Pauta con nosotros

                                                                                                                          Avisos judiciales

                                                                                                                            Preguntas Frecuentes

                                                                                                                              Contenido Patrocinado
                                                                                                                              28 de agosto de 2020 - 09:57 a. m.

                                                                                                                              Condenan a la Nación por el caso del “niño bomba” usado por las antiguas Farc en 2010

                                                                                                                              Heriberto Grueso Estupiñán, de 11 años, fue engañado para que llevara un paquete a la estación de Policía de El Charco, Nariño, el 25 de marzo de 2010. Aunque la decisión del Consejo de Estado es favorable a las víctimas, su apoderado elevará el caso ante la CIDH por estimar que el fallo no va de la mano con los parámetros internacionales de reparación.

                                                                                                                              Una vez el joven, que se dedicaba a hacer mandados, pasó en frente de esas instalaciones de la estación, los guerrilleros del Frente 29 detonaron el paquete. /Archivo

                                                                                                                              Uno de los episodios dolorosos que dejó para el país 50 años de guerra y de confrontación armada con los grupos insurgentes, tiene que ver con la utilización en ella de civiles que nada tenían que ver y de menores de edad. Uno de estos casos involucró a un menor de apenas 11 años llamado Heriberto Grueso Estupiñán, que fue engañado por integrantes de las antiguas Farc para que llevara un paquete a la estación de Policía de El Charco, Nariño, el 25 de marzo de 2010. Apenas pasó por el lugar, el artefacto explotó provocando su muerte y heridas a varios agentes. Por el hecho que se conoció a nivel mundial como “el niño bomba”, el Consejo de Estado condenó a la Nación.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              El hecho ocurrió a las 4:30 de la tarde. La fuerte explosión provocó destrozos en la estación de policía y la muerte inmediata del joven estudiante que a veces hacía mandados y labores de campo en el municipio y generó repudio internacional de inmediato. La bomba fue acomodada en una maleta y fue detonada vía celular por los guerrilleros del frente 29 de las Farc, según evidenciaron las pesquisas preliminares de la Fiscalía. Y los propios agentes de policía declararon que tenían indicios de que un posible atentando iba a tener lugar contra su estación, según reportes de inteligencia.

                                                                                                                              (Le puede interesar: Indignación por caso de un niño que murió engañado por las Farc)

                                                                                                                              “Sí, desde hace días teníamos la información que la guerrilla tenía planeado atentar contra las instalaciones policiales, por eso estábamos alertas, lo que nunca me imaginé fue que la activaran de esa manera utilizando un correo humano”, dice uno de los testimonios que reposan en el expediente. Un desmovilizado también apuntó que la idea inicial era que el joven llevara el paquete y lo ubicara en la esquina de la estación, por lo que le habrían dado $1.000 pesos, pero que antes que eso pasara, lo activaron. Los familiares de Heriberto Grueso Estupiñán acudieron a la firma Javier Villegas Posada abogados y demandaron al Estado al año siguiente.

                                                                                                                              En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Nariño accedió parcialmente a sus pretensiones y declaró la responsabilidad de la Nación por daño especial, recalcando que el joven Heriberto Grueso Estupiñán fue una víctima más “de la acción demencial de un grupo armado al margen de la ley, que se aprovechó de la inocencia de un niño para concretar sus intenciones terroristas”. Ahora, en segunda instancia, el Consejo de Estado ratificó la responsabilidad del Ministerio de Defensa y a la Policía Nacional en estos hechos, en decisión conocida por El Espectador.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              (Le puede interesar: Farc usaron “niños bombas” en Tumaco)

                                                                                                                              El alto tribunal probó que, previo al atentado, los agentes de la Policía de El Charco conocían de las amenazas en su contra por parte de grupos al margen de la ley y que el orden público en la zona se encontraba alterado, motivo por el cual estaban “alertas” para prevenir ataques. Y señaló que sin embargo “eso no fue suficiente para evitar que miembros del frente 29 de las FARC utilizaran a un menor para transportar una bomba y que la detonaran al frente de la estación de policía”. Se probó que la Policía no tomó medidas de prevención concretas para protegerse pues estas solo aparecieron después del atentado.

                                                                                                                              Eso sí, el Consejo de Estado reconoció que incluso hoy día no se puede considerar como “convencional” el método usado por la guerrilla para el atentado por lo que, “probablemente las medidas empleadas no hubieran sido suficientes para prevenirlo”. “En efecto, quedó probado que miembros del frente 29 de las Farc, aprovechándose de la inocencia de un menor que en su tiempo libre realizaba “mandados” con el fin de obtener un dinero adicional para su hogar, detonaron un artefacto explosivo (…) desconociendo una de las reglas esenciales del derecho internacional humanitario, cual es el principio de distinción, que impone a las partes en conflicto el deber de diferenciar entre combatientes y no combatientes, puesto que estos últimos nunca pueden ser un objetivo de la acción bélica.

                                                                                                                              (Le puede interesar: Los crudos relatos sobre reclutamiento de menores en las Farc)

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              La Sección Tercera, con ponencia de la magistrada Marta Nubia Velásquez Rico, recordó que la población civil no combatiente se encuentra amparada por el principio de distinción consagrado en el “Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional (Protocolo II)”, que fue incorporado al ordenamiento interno mediante la Ley 171 de 1994. Y señaló que, si bien el atentado era previsible, la forma como ocurrió, “hacía imposible para la entidad asumir un protocolo especial de protección para los agentes y la población civil”.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              “Al estar probado que la bomba estaba dirigida en contra de los agentes de la estación de la Policía Nacional de El Charco, Nariño, punto que no fue objeto de discusión, además, que la explosión produjo al mismo tiempo un daño de naturaleza grave o anormal que le impuso un sacrificio mayor a un individuo o grupo de individuos determinado, en este caso al menor Heriberto Grueso Estupiñán y su grupo familiar, se rompe el principio de igualdad ante las cargas públicas”, dice la decisión. Aun así, el alto tribunal señaló que en este caso sí aplica la teoría del daño especial que permite endilgarle la responsabilidad administrativa del hecho a la Nación.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              " (…) habida cuenta de que el daño, pese a que se causó por un tercero, lo cierto es que ocurrió dentro de la ya larga confrontación que el Estado ha venido sosteniendo con grupos al margen de la ley, óptica bajo la cual no resulta constitucionalmente aceptable que el Estado deje abandonadas a las víctimas y que explica que la imputación de responsabilidad no obedezca a la existencia de conducta alguna que configure falla en el servicio, sino que se concreta como una forma de materializar los postulados que precisamente justifican esa lucha contra la subversión, representan, hacen visible y palpable la legitimidad del Estado”.

                                                                                                                              (Le puede interesar: Reclutamiento de menores a manos de las Farc: bajo la lupa de la JEP)

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              En ese sentido, el Consejo de Estado ordenó una indemnización para los familiares de las víctimas, aunque descontó de ella el monto reconocido por la Unidad de Víctimas en 2011. A pesar de que esta decisión es favorable a las víctimas, la firma Javier Villegas Posada Abogados anunció a El Espectador que llevará el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) al estimar que el fallo no se adecuó a los estándares internacionales para graves violaciones a los derechos humanos y no hubo reparación integral. Esa solicitud enfatizará en que todavía el caso está en la impunidad con respecto a la identificación de los autores intelectuales y materiales del caso.

                                                                                                                              Una vez el joven, que se dedicaba a hacer mandados, pasó en frente de esas instalaciones de la estación, los guerrilleros del Frente 29 detonaron el paquete. /Archivo

                                                                                                                              Uno de los episodios dolorosos que dejó para el país 50 años de guerra y de confrontación armada con los grupos insurgentes, tiene que ver con la utilización en ella de civiles que nada tenían que ver y de menores de edad. Uno de estos casos involucró a un menor de apenas 11 años llamado Heriberto Grueso Estupiñán, que fue engañado por integrantes de las antiguas Farc para que llevara un paquete a la estación de Policía de El Charco, Nariño, el 25 de marzo de 2010. Apenas pasó por el lugar, el artefacto explotó provocando su muerte y heridas a varios agentes. Por el hecho que se conoció a nivel mundial como “el niño bomba”, el Consejo de Estado condenó a la Nación.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              El hecho ocurrió a las 4:30 de la tarde. La fuerte explosión provocó destrozos en la estación de policía y la muerte inmediata del joven estudiante que a veces hacía mandados y labores de campo en el municipio y generó repudio internacional de inmediato. La bomba fue acomodada en una maleta y fue detonada vía celular por los guerrilleros del frente 29 de las Farc, según evidenciaron las pesquisas preliminares de la Fiscalía. Y los propios agentes de policía declararon que tenían indicios de que un posible atentando iba a tener lugar contra su estación, según reportes de inteligencia.

                                                                                                                              (Le puede interesar: Indignación por caso de un niño que murió engañado por las Farc)

                                                                                                                              “Sí, desde hace días teníamos la información que la guerrilla tenía planeado atentar contra las instalaciones policiales, por eso estábamos alertas, lo que nunca me imaginé fue que la activaran de esa manera utilizando un correo humano”, dice uno de los testimonios que reposan en el expediente. Un desmovilizado también apuntó que la idea inicial era que el joven llevara el paquete y lo ubicara en la esquina de la estación, por lo que le habrían dado $1.000 pesos, pero que antes que eso pasara, lo activaron. Los familiares de Heriberto Grueso Estupiñán acudieron a la firma Javier Villegas Posada abogados y demandaron al Estado al año siguiente.

                                                                                                                              En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Nariño accedió parcialmente a sus pretensiones y declaró la responsabilidad de la Nación por daño especial, recalcando que el joven Heriberto Grueso Estupiñán fue una víctima más “de la acción demencial de un grupo armado al margen de la ley, que se aprovechó de la inocencia de un niño para concretar sus intenciones terroristas”. Ahora, en segunda instancia, el Consejo de Estado ratificó la responsabilidad del Ministerio de Defensa y a la Policía Nacional en estos hechos, en decisión conocida por El Espectador.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              (Le puede interesar: Farc usaron “niños bombas” en Tumaco)

                                                                                                                              El alto tribunal probó que, previo al atentado, los agentes de la Policía de El Charco conocían de las amenazas en su contra por parte de grupos al margen de la ley y que el orden público en la zona se encontraba alterado, motivo por el cual estaban “alertas” para prevenir ataques. Y señaló que sin embargo “eso no fue suficiente para evitar que miembros del frente 29 de las FARC utilizaran a un menor para transportar una bomba y que la detonaran al frente de la estación de policía”. Se probó que la Policía no tomó medidas de prevención concretas para protegerse pues estas solo aparecieron después del atentado.

                                                                                                                              Eso sí, el Consejo de Estado reconoció que incluso hoy día no se puede considerar como “convencional” el método usado por la guerrilla para el atentado por lo que, “probablemente las medidas empleadas no hubieran sido suficientes para prevenirlo”. “En efecto, quedó probado que miembros del frente 29 de las Farc, aprovechándose de la inocencia de un menor que en su tiempo libre realizaba “mandados” con el fin de obtener un dinero adicional para su hogar, detonaron un artefacto explosivo (…) desconociendo una de las reglas esenciales del derecho internacional humanitario, cual es el principio de distinción, que impone a las partes en conflicto el deber de diferenciar entre combatientes y no combatientes, puesto que estos últimos nunca pueden ser un objetivo de la acción bélica.

                                                                                                                              (Le puede interesar: Los crudos relatos sobre reclutamiento de menores en las Farc)

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              La Sección Tercera, con ponencia de la magistrada Marta Nubia Velásquez Rico, recordó que la población civil no combatiente se encuentra amparada por el principio de distinción consagrado en el “Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional (Protocolo II)”, que fue incorporado al ordenamiento interno mediante la Ley 171 de 1994. Y señaló que, si bien el atentado era previsible, la forma como ocurrió, “hacía imposible para la entidad asumir un protocolo especial de protección para los agentes y la población civil”.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              “Al estar probado que la bomba estaba dirigida en contra de los agentes de la estación de la Policía Nacional de El Charco, Nariño, punto que no fue objeto de discusión, además, que la explosión produjo al mismo tiempo un daño de naturaleza grave o anormal que le impuso un sacrificio mayor a un individuo o grupo de individuos determinado, en este caso al menor Heriberto Grueso Estupiñán y su grupo familiar, se rompe el principio de igualdad ante las cargas públicas”, dice la decisión. Aun así, el alto tribunal señaló que en este caso sí aplica la teoría del daño especial que permite endilgarle la responsabilidad administrativa del hecho a la Nación.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              " (…) habida cuenta de que el daño, pese a que se causó por un tercero, lo cierto es que ocurrió dentro de la ya larga confrontación que el Estado ha venido sosteniendo con grupos al margen de la ley, óptica bajo la cual no resulta constitucionalmente aceptable que el Estado deje abandonadas a las víctimas y que explica que la imputación de responsabilidad no obedezca a la existencia de conducta alguna que configure falla en el servicio, sino que se concreta como una forma de materializar los postulados que precisamente justifican esa lucha contra la subversión, representan, hacen visible y palpable la legitimidad del Estado”.

                                                                                                                              (Le puede interesar: Reclutamiento de menores a manos de las Farc: bajo la lupa de la JEP)

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              En ese sentido, el Consejo de Estado ordenó una indemnización para los familiares de las víctimas, aunque descontó de ella el monto reconocido por la Unidad de Víctimas en 2011. A pesar de que esta decisión es favorable a las víctimas, la firma Javier Villegas Posada Abogados anunció a El Espectador que llevará el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) al estimar que el fallo no se adecuó a los estándares internacionales para graves violaciones a los derechos humanos y no hubo reparación integral. Esa solicitud enfatizará en que todavía el caso está en la impunidad con respecto a la identificación de los autores intelectuales y materiales del caso.

                                                                                                                              Ver todas las noticias
                                                                                                                              Read more!
                                                                                                                              Read more!
                                                                                                                              Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
                                                                                                                              Aceptar