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La Sala Primera de Decisión del Tribunal Administrativo Oral del Chocó confirmó la sanción impuesta al patrullero Yaser Fadith Palacios Greins, destituido e inhabilitado el 7 de diciembre de 2020, luego de haber agredido a otra uniformada que trabajaba con él.
El caso se remite a una relación sentimental que sostuvieron Palacios Greins y la uniformada Maira Alejandra Cuesta Domínguez, jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario de la Policía en el Chocó, hasta el mes de mayo de 2019.
Según la información del caso, el 19 de mayo de ese año, Palacios Greins entró durante el tiempo de descanso a la habitación de Cuesta Domínguez, en el casino de oficiales de Comando de la Policía de Chocó. En esa oportunidad habría iniciado una discusión que terminó en agresiones físicas por parte de ambos uniformados.
Tras el hecho, en la institución iniciaron una investigación preliminar en contra de Palacios Greins, pero no contra Cuesta Domínguez, “lo que denotó el grado de parcialidad del operador disciplinario”, por el cargo que ocupada la uniformada, como se lee en el fallo.
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Aunque las pruebas testimoniales adelantadas no habrían dado pistas sobre la discusión y la agresión, según el tribunal, Palacios Greins fue citado a audiencia y el 12 de junio de 2019 fue sancionado en primera instancia con la destitución e inhabilidad de diez años para ejercer como funcionario público.
El expatrullero presentó un recurso de apelación que terminó en la declaración de nulidad de la sanción, proferida el 12 de septiembre del mismo año “cuando lo que ha debido proponer es la revocatoria de dicha sanción y posterior absolución disciplinaria”, dice el fallo en el recuento de los hechos.
Una vez más, el jefe de Control Interno Disciplinario citó a Palacios Greins a una audiencia en la que, sumada a la falta gravísima de lesiones personales por la que ya lo habían sancionado, agregó una segunda: violación de habitación ajena.
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Luego de una nueva audiencia y alegatos, desde la dirección general de la Policía se emitió una resolución fechada del 7 de diciembre de 2020 y comunicada el 14 de ese mismo mes, con la que se confirmó su destitución e inhabilidad por diez años.
Según los argumentos del fallo, la actuación de Palacios Greins “no obedeció a una que estuviese estrictamente ligada a su órbita personalísima” y la ley califica como falta gravísima toda acción que afecte la dignidad, imagen, credibilidad y respeto de la institución policial.
Esto, sumado a que las lesiones que sufrió la uniformada Cuesta Domínguez le habrían causado una incapacidad de cinco días, por la gravedad de las fracturas en su rostro. “El accionante actuó a título de dolo, con el conocimiento de que su conducta estaba violando el deber funcional”, dice el fallo.
Con la más reciente decisión, el tribunal negó la pretensión de Palacios Greins y de su defensa de que se anularan la sanción en su contra y fuera reintegrado a la institución.
También negó la reparación solicitada en contra de la Nación, el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional, por los perjuicios alegados por Palacios Greins como consecuencia de su separación del ejercicio en la institución.
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