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Consejo de Estado absolvió a la Nación por el secuestro de Consuelo González

La excongresista fue secuestrada en 2001 por la columna móvil Teófilo Forero de las extintas Farc. El alto tribunal, luego de estudiar una demanda de reparación, concluyó que la Nación no fue responsable del daño ocasionado por estos hechos ¿Por qué? Le contamos.

19 de enero de 2024 - 03:24 p. m.
Consejo de Estado absolvió a la Nación por el secuestro de Consuelo González
Consejo de Estado absolvió a la Nación por el secuestro de Consuelo González

El Consejo de Estado revocó una demanda de reparación que había ganado la excongresista Consuelo González en contra del Ministerio de Defensa y la Policía Nacional, por los daños que le ocasionó el secuestro del que fue víctima en 2001 por la columna móvil Teófilo Forero de las extintas Farc. El alto tribunal concluyó que no existió ninguna omisión en su protección porque ella conocía los riesgos a los que se enfrentaba.

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Luego de su secuestro, la exparlamentaria presentó una demanda de reparación directa contra la Nación, es decir, el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional, por las omisiones que se presentaron en su protección. Según la demanda, el 10 de julio del 2001, González le solicitó a la Policía Nacional que se le asignara un esquema de protección, previo estudio de seguridad. Sin que el requerimiento fuera contestado y tras el secuestro del congresista Orlando Beltrán y las amenazas a otros políticos del Huila, la demandante fue secuestrada por la columna Teófilo Forero de las Farc. El hecho se produjo el 10 de septiembre del 2001, mientras se trasladaba desde Pitalito a Neiva, Huila. Estuvo secuestrada hasta el 10 de enero del 2008.

La demanda fue aceptada por el Tribunal Administrativo del Huila, que concedió las pretensiones en primera instancia, por considerar que las autoridades fueron omisivas en su deber de proteger a la excongresista. La decisión fue apelada, por lo que llegó a manos del Consejo de Estado que la revocó. Estableció que no se probó que las autoridades omitieron su deber de protección, porque fueron omisiones de Consuelo González las que influyeron en la materialización del riesgo.

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La sala encontró que la Policía Nacional había señalado que, mientras determinaba la condición de riesgo a la cual se enfrentaba la excongresista, era necesario que le informara sobre cada uno de sus desplazamientos, a fin de determinar las medidas preventivas que fuera menester. Como no se probó que la excongresista hubiera alertado a las autoridades sobre el riesgo iba a asumir con el desplazamiento que efectuó el día de su secuestro, se entiende que esta incumplió con el deber que le asistía para que la Policía pudiera asumir su protección.

“En estos casos no puede considerarse que el hecho de que se trate de una persona expuesta a riesgos propios del cargo que desempeña, le permita desatender las medidas que se le ordenan, o que pueda considerar que mientras resuelven su petición el riesgo está en cabeza del Estado, como si fuera un garante universal de los daños que pueden generarse, incluso, por la conducta imprudente de las víctimas”, subraya el fallo con ponencia del magistrado Martín Bermúdez Muñoz. El consejero Freddy Ibarra Martínez salvó el voto

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