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Consejo de Estado condena al Estado por violencia sexual contra niña indígena Wiwa

Diecisiete años después del crimen, el Consejo de Estado concluyó que el abuso sexual cometido por un soldado contra una niña indígena Wiwa no fue un hecho aislado y respondió a fallas en la cadena de mando del Ejército.

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08 de mayo de 2026 - 02:40 a. m.
En 2009, un soldado ingresó a la finca de una familia indígena del pueblo Wiwa. Allí, violó a la menor que, en ese momento, se encontraba en proceso de formación para convertirse en Saga, una figura sagrada para el pueblo indígena. (Imagen de referencia).
En 2009, un soldado ingresó a la finca de una familia indígena del pueblo Wiwa. Allí, violó a la menor que, en ese momento, se encontraba en proceso de formación para convertirse en Saga, una figura sagrada para el pueblo indígena. (Imagen de referencia).
Foto: Archivo Particular
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El Consejo de Estado declaró responsable al Estado por la violencia sexual cometida por un soldado del Ejército Nacional contra una niña indígena del pueblo Wiwa, de 13 años. La decisión de segunda instancia, concluyó que el crimen no fue un hecho aislado y advirtió fallas en la cadena de mando militar por no prevenir el riesgo pese a las alertas sobre el comportamiento del militar involucrado.

En 2009, un soldado ingresó a la finca de una familia indígena del pueblo Wiwa. Allí, violó a la menor que, en ese momento, se encontraba en proceso de formación para convertirse en Saga, una figura sagrada para el pueblo Wiwa por su rol espiritual, social y político como transmisora de la sabiduría ancestral. Tras el abuso, no pudo seguir con el proceso por creencias de su pueblo.

El Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (Cajar), que acompañó el proceso durante 17 años, señaló que el crimen no solo afectó la vida personal de la niña, sino también la transmisión cultural del pueblo indígena. En el fallo de segunda instancia, el alto tribunal sostuvo que el Estado debía responder porque el uniformado utilizó el poder y la investidura militar para cometer el crimen.

Aunque en 2018 un tribunal administrativo había condenado al Ejército y ordenado medidas de reparación integral, en diciembre de 2024 el mismo Consejo de Estado revocó esa decisión al considerar que la demanda había sido presentada fuera del plazo legal. Sin embargo, tras una tutela presentada por el Cajar, la Sección Quinta dejó sin efectos ese fallo y ordenó emitir una nueva decisión con enfoque diferencial étnico y de género.

En la nueva sentencia, el Consejo de Estado inaplicó la caducidad de la demanda y reconoció la responsabilidad del Ejército. Además, ordenó medidas de reparación como acompañamiento psicológico a la víctima, un acto público de reconocimiento ante el pueblo Wiwa y programas permanentes de capacitación para integrantes de las Fuerzas Militares sobre derechos de las mujeres, niñas y comunidades indígenas.

El alto tribunal subrayó que los casos de violencia sexual cometidos por integrantes de la fuerza pública tienen una gravedad especial porque quienes están llamados a proteger a la población terminan convirtiéndose en agresores de los civiles. También advirtió que las barreras judiciales y el paso del tiempo no pueden convertirse en obstáculos para las víctimas de graves violaciones de derechos humanos, especialmente cuando se trata de menores de edad y comunidades indígenas históricamente vulnerables.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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