Noticias

Últimas Noticias

    Política

    Judicial

      Economía

      Mundo

      Bogotá

        Entretenimiento

        Deportes

        Colombia

        El Magazín Cultural

        Salud

          Ambiente

          Investigación

            Educación

              Ciencia

                Género y Diversidad

                Tecnología

                Actualidad

                  Reportajes

                    Historias visuales

                      Colecciones

                        Podcast

                          Opinión

                          Opinión

                            Editorial

                              Columnistas

                                Caricaturistas

                                  Lectores

                                  Blogs

                                    Suscriptores

                                    Recomendado

                                      Contenido exclusivo

                                        Tus artículos guardados

                                          Somos El Espectador

                                            Estilo de vida

                                            La Red Zoocial

                                            Gastronomía y Recetas

                                              La Huerta

                                                Moda e Industria

                                                  Tarot de Mavé

                                                    Autos

                                                      Juegos

                                                        Pasatiempos

                                                          Horóscopo

                                                            Música

                                                              Turismo

                                                                Marcas EE

                                                                Colombia + 20

                                                                BIBO

                                                                  Responsabilidad Social

                                                                  Justicia Inclusiva

                                                                    Desaparecidos

                                                                      EE Play

                                                                      EE play

                                                                        En Vivo

                                                                          La Pulla

                                                                            Documentales

                                                                              Opinión

                                                                                Las igualadas

                                                                                  Redacción al Desnudo

                                                                                    Colombia +20

                                                                                      Destacados

                                                                                        BIBO

                                                                                          La Red Zoocial

                                                                                            ZonaZ

                                                                                              Centro de Ayuda

                                                                                                Newsletters
                                                                                                Servicios

                                                                                                Servicios

                                                                                                  Empleos

                                                                                                    Descuentos

                                                                                                      Idiomas

                                                                                                      Cursos y programas

                                                                                                        Más

                                                                                                        Cromos

                                                                                                          Vea

                                                                                                            Blogs

                                                                                                              Especiales

                                                                                                                Descarga la App

                                                                                                                  Edición Impresa

                                                                                                                    Suscripción

                                                                                                                      Eventos

                                                                                                                        Pauta con nosotros

                                                                                                                          Avisos judiciales

                                                                                                                            Preguntas Frecuentes

                                                                                                                              Contenido Patrocinado
                                                                                                                              05 de julio de 2016 - 10:53 a. m.

                                                                                                                              Consejo de Estado dejó en firme condena contra la Nación por masacre de Bojayá

                                                                                                                              El alto tribunal le hizo un llamado de atención frente a los recursos presentados ante al Sistema Interamericano de Derecho Humanos.

                                                                                                                              Redacción Judicial

                                                                                                                              Archivo

                                                                                                                              La Sección Quinta del Consejo de Estado recordó que solamente las víctimas y las ONG tienen la potestad para solicitarle a los organismos internacionales, como el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, que intervengan en procesos nacionales por la violación de los derechos humanos y la infracción al Derecho Internacional Humanitario (DIH).

                                                                                                                              Este pronunciamiento se hizo al confirmar un fallo de tutela emitido por la Sección Cuarta del máximo tribunal de lo contencioso administrativo que amparó el derecho al debido proceso del MInisterio de Defensa y la Policía Nacional por los hechos que rodearon el ataque de las Farc al municipio de Bojayá registrado el 2 de mayo de 2002.

                                                                                                                              La corporación precisó que el Estado no está legitimado para tramitar una petición individual porque esta posibilidad está reservada para las personas, los grupos de personas y las entidades no gubernamentales debidamente reconocidas. Agregó que el Sistema Interamericano no tiene competencia para adelantar procesos contra los grupos armados legales y que no puede ir directamente ante la Corte porque es necesario acudir primero ante la Comisión Interamericana, como organismo competente para llevar el caso ante el tribunal internacional.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              En el extenso fallo la Sala confirmó la decisión que dispuso que el tribunal administrativo no debe imponer de manera repetida el mismo tipo de medidas de reparación no pecuniarias en todas las sentencias dictadas contra el Estado, ya que las reparaciones adoptadas en los primeros fallos, en virtud del fenómeno jurídico de la cosa juzgada, son extensivas a todas las víctimas del mismo hecho.

                                                                                                                              La sentencia no afectó las demás decisiones adoptadas por el Tribunal Administrativo del Chocó en favor de las víctimas de la masacre en los procesos de reparación directa, dado que la acción de tutela interpuesta por el Ministerio de Defensa cuestionaba únicamente las medidas repetitivas no pecuniarias de idéntico carácter.

                                                                                                                              El fallo explicó que la Corte Interamericana tiene reconocido que los órganos del sistema regional de protección no tienen competencia para analizar el incumplimiento de tratados diferentes a la Convención Americana sobre Derechos Humanos y demás instrumentos regionales, lo que hace que no pueda pronunciarse sobre la infracción de los Convenios de Ginebra y sus Protocolos Adicionales, como lo había ordenado el Tribunal Administrativo del Chocó.

                                                                                                                              Recalcó que uno de los fundamentos normativos sobre el cual el Tribunal del Chocó sustentó las medidas no pecuniarias, como es el Convenio IV de Ginebra, no es aplicable al conflicto armado interno porque el mismo está regulado únicamente por el artículo tercero común a los citados convenios y por el Protocolo II Adicional.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Respecto de la medida que ordenaba expedir copias de los fallos con destino a la Corte Penal Internacional, la decisión advirtió que, además de ser subsidiaria, la competencia de dicho organismo internacional solo puede ser ejercida sobre crímenes cometidos después de la entrada en vigor del Estatuto de Roma, por lo que la masacre de Bojayá está por fuera del marco temporal de competencia de este.

                                                                                                                              Precisó que el principio de activación de la competencia de la CPI no opera con base en la remisión de copias hecha por los jueces del derecho interno y exige demostrar la falta de capacidad del Estado para adelantar la investigación respectiva o la decisión de abstenerse de iniciar la acción penal por tales hechos, lo cual no ocurrió en el caso de Bojayá.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              “Aparte de las anteriores consideraciones, la Sala no puede desconocer que al ratificar el Estatuto de Roma, el Estado hizo una declaración interpretativa a través de la cual no aceptó la competencia de la CPI para el conocimiento de la categoría de crímenes de guerra por el término de siete (7) años, el cual venció a en noviembre de 2009”, señaló el fallo.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              La Sección Quinta consideró que tampoco es procedente que instituciones internacionales como la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos emita pronunciamiento sobre la crisis humanitaria que azotó al Medio Atrato y afectó a la población civil por la masacre de Bojayá, dado que en el año 2002 dicho organismo elaboró un documento de trabajo sobre la situación por solicitud del Gobierno Nacional y adoptó su posición sobre el hecho en el Informe de la Oficina correspondiente al mismo año.
                                                                                                                               

                                                                                                                              Archivo

                                                                                                                              La Sección Quinta del Consejo de Estado recordó que solamente las víctimas y las ONG tienen la potestad para solicitarle a los organismos internacionales, como el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, que intervengan en procesos nacionales por la violación de los derechos humanos y la infracción al Derecho Internacional Humanitario (DIH).

                                                                                                                              Este pronunciamiento se hizo al confirmar un fallo de tutela emitido por la Sección Cuarta del máximo tribunal de lo contencioso administrativo que amparó el derecho al debido proceso del MInisterio de Defensa y la Policía Nacional por los hechos que rodearon el ataque de las Farc al municipio de Bojayá registrado el 2 de mayo de 2002.

                                                                                                                              La corporación precisó que el Estado no está legitimado para tramitar una petición individual porque esta posibilidad está reservada para las personas, los grupos de personas y las entidades no gubernamentales debidamente reconocidas. Agregó que el Sistema Interamericano no tiene competencia para adelantar procesos contra los grupos armados legales y que no puede ir directamente ante la Corte porque es necesario acudir primero ante la Comisión Interamericana, como organismo competente para llevar el caso ante el tribunal internacional.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              En el extenso fallo la Sala confirmó la decisión que dispuso que el tribunal administrativo no debe imponer de manera repetida el mismo tipo de medidas de reparación no pecuniarias en todas las sentencias dictadas contra el Estado, ya que las reparaciones adoptadas en los primeros fallos, en virtud del fenómeno jurídico de la cosa juzgada, son extensivas a todas las víctimas del mismo hecho.

                                                                                                                              La sentencia no afectó las demás decisiones adoptadas por el Tribunal Administrativo del Chocó en favor de las víctimas de la masacre en los procesos de reparación directa, dado que la acción de tutela interpuesta por el Ministerio de Defensa cuestionaba únicamente las medidas repetitivas no pecuniarias de idéntico carácter.

                                                                                                                              El fallo explicó que la Corte Interamericana tiene reconocido que los órganos del sistema regional de protección no tienen competencia para analizar el incumplimiento de tratados diferentes a la Convención Americana sobre Derechos Humanos y demás instrumentos regionales, lo que hace que no pueda pronunciarse sobre la infracción de los Convenios de Ginebra y sus Protocolos Adicionales, como lo había ordenado el Tribunal Administrativo del Chocó.

                                                                                                                              Recalcó que uno de los fundamentos normativos sobre el cual el Tribunal del Chocó sustentó las medidas no pecuniarias, como es el Convenio IV de Ginebra, no es aplicable al conflicto armado interno porque el mismo está regulado únicamente por el artículo tercero común a los citados convenios y por el Protocolo II Adicional.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Respecto de la medida que ordenaba expedir copias de los fallos con destino a la Corte Penal Internacional, la decisión advirtió que, además de ser subsidiaria, la competencia de dicho organismo internacional solo puede ser ejercida sobre crímenes cometidos después de la entrada en vigor del Estatuto de Roma, por lo que la masacre de Bojayá está por fuera del marco temporal de competencia de este.

                                                                                                                              Precisó que el principio de activación de la competencia de la CPI no opera con base en la remisión de copias hecha por los jueces del derecho interno y exige demostrar la falta de capacidad del Estado para adelantar la investigación respectiva o la decisión de abstenerse de iniciar la acción penal por tales hechos, lo cual no ocurrió en el caso de Bojayá.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              “Aparte de las anteriores consideraciones, la Sala no puede desconocer que al ratificar el Estatuto de Roma, el Estado hizo una declaración interpretativa a través de la cual no aceptó la competencia de la CPI para el conocimiento de la categoría de crímenes de guerra por el término de siete (7) años, el cual venció a en noviembre de 2009”, señaló el fallo.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              La Sección Quinta consideró que tampoco es procedente que instituciones internacionales como la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos emita pronunciamiento sobre la crisis humanitaria que azotó al Medio Atrato y afectó a la población civil por la masacre de Bojayá, dado que en el año 2002 dicho organismo elaboró un documento de trabajo sobre la situación por solicitud del Gobierno Nacional y adoptó su posición sobre el hecho en el Informe de la Oficina correspondiente al mismo año.
                                                                                                                               

                                                                                                                              Por Redacción Judicial

                                                                                                                              Ver todas las noticias
                                                                                                                              Read more!
                                                                                                                              Read more!
                                                                                                                              Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
                                                                                                                              Aceptar