El presidente Gustavo Petro tiene 48 horas para borrar un trino que escribió en contra de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia y de su presidente, Bruce MacMaster. La orden la dio el Consejo de Estado, que encontró que el jefe de Estado usó, sin sustento, expresiones que podrían afectar la reputación del gremio.
La decisión se dio por una tutela presentada por la ANDI, la cual consideró que el presiente Petro vulneró "sus derechos fundamentales de la honra y buen nombre por publicar un mensaje en la red social X". La acción ya había tenido una primera decisión del propio Consejo de Estado, específicamente de la subsección A de la Sección Tercer, la cual había declarado improcedente la tutela. Pero, en una segunda revisión, la subsección B revocó esa decisión y le dio la razón a los empresarios.
La razón, se lee en la sentencia, es que lo trinado por el primer madatario “constituye una imputación de hecho sin sustento fáctico ni probatorio y con capacidad lesiva para la reputación de la parte actora”. El trino en cuestión fue publicado por Petro el pasado 19 de marzo de 2025, en el que mencionó a “la Andi de Bruce MacMaster”, a la que atribuyó “destruir el gobierno por literal odio étnico” y “defender el esclavismo”.
En la tutela, la asociación expuso que “las expresiones atribuyen a la ANDI conductas y motivaciones que exceden la crítica política y afectan su integridad institucional porque, con una intención dolosa, la asocian de manera directa con prácticas históricamente infamantes y proyectan al gremio como una fuerza regresiva, reaccionaria y moralmente reprobable”. Además, que las palabras del presidente Petro estuvieron cargadas de “imputaciones fácticas encubiertas en juicios de valor abstractos carentes de soporte probatorio, de ahí que no superen el estándar mínimo de veracidad o plausibilidad, incluso si se invocara la categoría de discurso político”.
Para el alto tribunal, lo manifestado por el jefe de Estado vulnera los derechos de la ANDI “cuando se difunden hechos o informaciones -que no opiniones- falsas, deshonrosas o calumniosas, o se realizan imputaciones sin sustento, que afectan de forma injustificada la credibilidad, el prestigio o la integridad moral de una determinada persona”.
El trino, según la decisión del Consejo de Estado, transmite al público “la idea de que la ANDI actúa con animadversión racial, que defiende prácticas repudiadas por el orden jurídico y la historia de la humanidad y que deslegitima las reivindicaciones laborales, lo cual afecta su reputación ante la sociedad, especialmente por provenir de la máxima autoridad del Estado”. El alto tribunal agregó que “aunque es cierto que el presidente de la República tiene un margen amplio para participar en el debate público y que sus opiniones pueden estar amparadas por la libertad de expresión, dicho derecho no ampara la difusión de acusaciones infundadas y desobligantes”.
Por eso, la Sección Tercera del Consejo de Estado ordenó a Petro que “en el término de 48 horas contadas a partir de la notificación de la presente providencia, elimine la publicación del 19 de marzo de 2025 en la red social X y se retracte por el mismo medio de la manifestación relacionada con la ANDI”. Para que se cumpla esa orden, resaltó, “el pronunciamiento emitido deberá publicarse y permanecer mínimo por el término de 10 días en la cuenta personal de la red social “X” del primer mandatario”.
Esta es la decisión completa del Consejo de Estado por el trino de Petro:
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