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                                                                                                                              Consejo de Estado negó millonaria indemnización a desmovilizado de las AUC

                                                                                                                              El accionante sostenía que había sido absuelto del proceso por nexos con los paramilitares. Sin embargo, pocos años después su nombre apareció en la lista del Bloque Héroes de Granada que se desmovilizó.

                                                                                                                              Redacción Judicial

                                                                                                                              Archivo

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                                                                                                                              El juzgado especializado de Antioquia sostuvo que la Fiscalía General no recolectó elementos materiales probatorios para sustentar la acusación en contra de Héctor Evelio Vásquez Correa por el delito de concierto para delinquir para la conformación de grupos de justicia privada.  Debido a esta situación pedía una indemnización económica para él y su grupo familiar que se habían resultado afectados.

                                                                                                                              En fallo de segunda instancia el Tribunal Administrativo de Antioquia condenó a la Nación a pagarle una indemnización de 130 millones de pesos. La Fiscalía General presentó un recurso el cual llegó al Consejo de Estado. En el debate jurídico se desestimaron las pretensiones del accionante.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Con ponencia del magistrado Danilo Rojas Betancourth se manifestó que los hechos que rodearon la detención del demandante se presentaron por su exclusiva culpa, hecho por el cual no había responsabilidad de la Fiscalía General ni de la Rama Judicial por el año que estuvo privado de su libertad.

                                                                                                                              En este sentido se advierte en el fallo de 32 páginas que pese a que en el proceso penal no se probó la relación del accionante con los paramilitares, la Agencia Colombiana para la Reintegración lo identificó como desmovilizado del Bloque ‘Héroes de Granada’, lo que lo convierte en contraventor de mandatos constitucionales, que prueban la actuación dolosa en la que incurrió, que eximen a la Nación de su deber de reparar el daño causado por la privación injusta de su libertad.

                                                                                                                              Archivo

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                                                                                                                              El juzgado especializado de Antioquia sostuvo que la Fiscalía General no recolectó elementos materiales probatorios para sustentar la acusación en contra de Héctor Evelio Vásquez Correa por el delito de concierto para delinquir para la conformación de grupos de justicia privada.  Debido a esta situación pedía una indemnización económica para él y su grupo familiar que se habían resultado afectados.

                                                                                                                              En fallo de segunda instancia el Tribunal Administrativo de Antioquia condenó a la Nación a pagarle una indemnización de 130 millones de pesos. La Fiscalía General presentó un recurso el cual llegó al Consejo de Estado. En el debate jurídico se desestimaron las pretensiones del accionante.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Con ponencia del magistrado Danilo Rojas Betancourth se manifestó que los hechos que rodearon la detención del demandante se presentaron por su exclusiva culpa, hecho por el cual no había responsabilidad de la Fiscalía General ni de la Rama Judicial por el año que estuvo privado de su libertad.

                                                                                                                              En este sentido se advierte en el fallo de 32 páginas que pese a que en el proceso penal no se probó la relación del accionante con los paramilitares, la Agencia Colombiana para la Reintegración lo identificó como desmovilizado del Bloque ‘Héroes de Granada’, lo que lo convierte en contraventor de mandatos constitucionales, que prueban la actuación dolosa en la que incurrió, que eximen a la Nación de su deber de reparar el daño causado por la privación injusta de su libertad.

                                                                                                                              Por Redacción Judicial

                                                                                                                              Ver todas las noticias
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