Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
El Consejo de Estado aceptó estudiar el recurso de nulidad interpuesto en contra del laudo arbitral que le ordenó a una concesión de parqueaderos de Bogotá pagar más de 305 millones de pesos al Instituto de Desarrollo Urbano (IDU).
El alto tribunal resolverá la acción judicial al tener en cuenta el hecho de que el régimen jurídico aplicable a los tribunales de arbitramento y modificó su jurisprudencia en el sentido que la anulación del laudo hace parte del proceso arbitral y no es otra instancia.
La Sección Tercera determinó que el recurso de anulación no es una acción autónoma o independiente del proceso arbitral, puesto que su interposición solo puede darse dentro del mismo proceso en el que se produjo el laudo, aunque sea otro juez el que lo conozca, en este caso el Consejo de Estado.
En este caso en especifico se señaló que era menester la interposición del recurso se hiciera dentro del término previsto, lo cual se cumplió.
Este laudo fue proferido por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, luego que las concesiones Parqueaderos calles 85, 90 y 97 S.A. convocaran al tribunal para obtener el pago del ingreso mínimo garantizado por parte del IDU.