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El nuevo decreto del Ministerio de Justicia, liderado por Eduardo Montealegre, con el que le quita al Consejo de Estado la posibilidad de revisar tutelas contra el presidente de la República, ha causado revuelo en las altas esferas políticas y judiciales del país. Por un lado, la cartera asegura que es una medida para garantizar el equilibrio y acceso a la justicia, mientras que por otro, juristas y políticos aseguran que es una medida cuestionable por la tensión que se vive entre el presidente Gustavo Petro y las altas cortes. El Espectador habló con expertos juristas, quienes explicaron la medida y, además, las implicaciones que tiene en lo político y para la separación de poderes.
En contexto: Montealegre quita a Consejo de Estado capacidad de estudiar tutelas contra Petro
El decreto 0799 de 2025, con el que se le quitó esa función al Consejo de Estado, modifica el decreto 1069 de 2015, que es el “Único Reglamentario del sector Justicia y del Derecho”. De acuerdo con lo consignado en la decisión firmada por Montealegre, “las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier autoridad, organismo o entidad pública del orden nacional, así como las actuaciones del presidente de la República, incluyendo las relacionadas con seguridad nacional, y las actuaciones administrativas, políticas, programas y/o estrategias del Gobierno Nacional relacionadas con la erradicación de cultivos ilícitos, serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los Jueces del Circuito o con igual categoría”.
Para Alfonso Gómez Méndez, exministro de Justicia y exfiscal general, aunque no ve nada inconstitucional en el decreto del gobierno Petro, sí lo considera inconveniente y con un cierto aire a “revancha” del Ejecutivo contra el Consejo de Estado. Para empezar, explicó que no es la primera vez que un presidente modifica el reparto de quién debe conocer estas tutelas. El jurista recordó un caso reciente, cuando el entonces presidente Iván Duque resolvió quitarle el estudio de tutelas a jueces ordinarios, luego de que uno del circuito de Ibagué tomó una decisión adversa a los intereses del Ejecutivo con respecto al uso del glifosato. En ese momento, Duque resolvió que era al Consejo de Estado la instancia que debía estudiar tutelas en contra del gobierno.
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“Por eso, no voy a decir que lo que hizo ahora el jefe de Estado es inconstitucional, pero sí tiene otra lectura. Para nadie es un secreto que, últimamente, el Consejo de Estado ha tomado algunas decisiones, por ejemplo, la suspensión provisional del llamado ‘decretazo’, que no le han gustado al gobierno. Entonces, la reciente decisión de cambiar el reparto de las tutelas tiene cierto ‘tufillo’ de que el Ejecutivo quiere tratar de sustraerse de un juez que no le ha gustado”, expresó.
Por su parte, el decano de Derecho de la Universidad Libre, Kenneth Burbano Villamarín, sostiene que el nuevo decreto de Montealegre “tiene varios efectos dependiendo de dónde se mire”. En lo jurídico, señala el experto, “el Consejo de Estado ya no será exclusivamente el juez que conozca de las tutelas contra el presidente de la República, lo serán los Jueces del Circuito de todo el país, la segunda instancia serán los tribunales y, por tanto, ya no llegarán al Consejo de Estado”. En lo político, dice él, “así como lo hizo el presidente Duque, ahora el presidente Petro también escoge su juez de tutela”.
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Sin embargo, los expertos consultados por este diario discrepan sobre lo que pueda resultar mejor para impartir justicia en las tutelas contra el presidente y sus medidas. Por ejemplo, para Burbano, el decreto 33 de 2021, con el que Iván Duque pasó la competencia de las tutelas en su contra al alto tribunal, es inconstitucional, porque “el presidente Duque y el ministro de justicia Wilson Ruiz decidieron que el presidente de la República escogiera su propio juez de tutela violando el principio de división de poderes, el acceso efectivo a la justicia, se alteró o varió la competencia de los jueces y el conocimiento a prevención que tienen otros jueces para conocer de estas tutelas”. Dice él que también “se desconoció la reserva de ley para regular estas materias sobre mecanismos de protección de derechos fundamentales, entre otros aspectos”.
Por eso, para el decano, el reciente decreto del gobierno Petro “permite superar en cierta medida la inconstitucionalidad y los yerros del decreto 333, garantizando un acceso a la justicia bajo criterios de desconcentración y autonomía, así como de confianza y respeto por las decisiones de todos los jueces de la República”. Pero, para el exministro Gómez Méndez, la decisión de Petro tendría otro problema, pues considera que “pudo haberse pegado un tiro en el pie porque hay muchas más garantías en una corporación como el Consejo de Estado. Allí se pueden resolver los asuntos con un mayor conocimiento y análisis, que lo que puede hacer un juez unipersonal y del circuito”.
Aun así, para ambos resulta por lo menos cuestionable que el presidente de turno cambie y escoja su juez a punta de decreto, como ha pasado en los dos últimos gobiernos. Por ahora, el gobierno sigue defendiendo a capa y espada la medida, pues consideran que lo que hicieron fue dar más garantías de acceso a la justicia y no beneficiar al presidente Petro en la recta final de su gobierno.
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